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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de febrero de 2012 460596 del 2012, con el voto por mayoría del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- ELEGIR al Consejero Regional Med. ORISON ARMANDO LEVEAU BARTRA como Consejero Delegado para el periodo 2012, quien convocará y presidirá las sesiones del Consejo Regional de Ucayali, en mérito a lo dispuesto por Ley Nº 29053; Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de Circulación Local y en el portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe); POR TANTO: Mando se publique y cumple. NILO D. MAGUIÑA VÁSQUEZ Consejero Delegado Consejo Regional Gobierno Regional de Ucayali 750029-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban actualización y modificación del Porcentaje UIT de los Derechos de Tramitación contenidos en el TUPA- 2011 de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2012-MDC Cieneguilla, 17 de enero de 2012 VISTO: El informe Nº 004-2012–GPP/MDC de fecha 03 de enero de 2012 de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto remitiendo la Propuesta de Actualización y Modifi cación del Porcentaje UIT de los Derechos de Tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2011 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla por adecuación al Decreto Supremo N° 233-2011-EF que aprueba la UIT para el año 2012; y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 36.1 del artículo 36° de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, mediante Ordenanza N° 137-2011-MDC del 21 de julio de 2011, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo N° 1042-MML de fecha 22 de septiembre 2011, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2011 en cumplimiento de la Ley N° 27444; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 139-2011-MDC de fecha 20 de agosto de 2011 se aprobó la Nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; Que, asimismo mediante Resolución de Alcaldía N° 212-2011-A-MDC se dispuso que la denominación de los órganos de la estructura orgánica de la entidad se adecúen a las disposiciones de la Ordenanza Nº 139-2011/MDC de fecha 20 de agosto de 2011; Que, el artículo 38.5 de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General- norma que “Una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique creación de nuevos procedimientos, incremento de los derechos de tramitación o requisitos, se deben realizar por Decreto de Alcaldía; Que, el artículo 1° del Decreto Supremo Nº 233-2011- EF, aprueba la UIT para el año 2012, siendo el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias tres mil seiscientos cincuenta y 00/100 nuevos soles (S/. 3,650.00); Que, el artículo 4° del Decreto Supremo N° 062-2009- PCM, establece que la modifi cación del valor de la UIT no implica la modifi cación automática de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA; por lo tanto, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la vigencia de la nueva UIT, las entidades públicas a través de sus funcionarios correspondientes deberán de efectuar la reconversión de los nuevos términos porcentuales aplicables como resultado de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente entre el nuevo valor de la UIT, asimismo deberán ingresar y publicar dicha información en el Portal Web Institucional; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6 del artículo 20° y artículos 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la Actualización y Modifi cación del Porcentaje UIT de los Derechos de Tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA-2011 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla aprobado mediante Ordenanza N° 137-2011- MDC y ratifi cada por Acuerdo de Concejo N° 1042-MML; acorde a lo previsto en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 062-2009-PCM y el artículo 1° del Decreto Supremo Nº 233-2011-EF que aprueba la UIT para el año 2012 conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ACTUALIZAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2011 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, con las modifi caciones mencionadas en el artículo precedente. Artículo Tercero.- ADECUAR la denominación de las unidades orgánicas responsables de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla a la nueva Estructura Orgánica aprobada mediante Ordenanza N° 139-2011-MDC. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y el Anexo que forma parte integrante del mismo en la página Web de la Institución: www.municieneguilla.gob.pe, en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, y el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob. pe. Artículo Sexto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 750121-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Exoneran de pago de arbitrios correspondientes al año 2012 a personas con discapacidad ORDENANZA N° 491-MDMM Magdalena, 30 de enero de 2012