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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (08/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de febrero de 2012 460587 Crean Juzgado de Paz en el Anexo Tarucamarca, Distrito Judicial de Arequipa RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 012-2012-CE-PJ Lima, 24 de enero de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 319-2010-CED-CSJAR, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, y el Informe Nº 011-2012-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Coordinador de Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de Arequipa remite propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Anexo Tarucamarca, Distrito de Tisco, Provincia de Caylloma, Departamento y Distrito Judicial de Arequipa, a solicitud de las autoridades de la referida circunscripción. Segundo. Que la petición formulada se fundamenta en tener población aproximada de 384 habitantes, conjuntamente con los poblados de Machaccoyo, Ittita, Socnoccota, Paccohuarmi, Viscachan, Achumane, Plaza Pata, Iro Iro, Ccota Ccota, Huahuisiencca, Iscay Cancha, Ccara Ccara, Tantaña, Ccasca, Huanccollamayoc, Jachoma Nueva Esperanza, Urso y Wilayaje; así como en la necesidad de tener autoridad judicial, pues la dependencia judicial más próxima es el Juzgado de Paz de Cota Cota, que se encuentra a 25 kilómetros de distancia, el traslado es a pie o asémila, con una demora de cuatro horas aproximadamente, un costo de viaje y estancia de S/. 60.00; con el consiguiente perjuicio económico y de tiempo, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia. Tercero. Que el Informe Nº 011-2012-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Anexo Tarucamarca, Distrito de Tisco, Provincia de Caylloma, Departamento y Distrito Judicial de Arequipa; consignándose los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional. Cuarto. Que por el número de habitantes de los caseríos y asentamientos humanos a los que benefi ciaría el juzgado de paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar y laboral; así como asuntos notariales; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 062- 2012 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Vásquez Silva, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, de conformidad con lo previsto en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Anexo Tarucamarca, el cual tendrá competencia además en los Poblados Machaccoyo, Ittita, Socnoccota, Paccohuarmi, Viscachan, Achumane, Plaza Pata, Iro Iro, Ccota Ccota, Huahuisiencca, Iscay Cancha, Ccara Ccara, Tantaña, Ccasca, Huanccollamayoc, Jachoma Nueva Esperanza, Urso y Wilayaje; Distrito de Tisco, Provincia de Caylloma, Departamento y Distrito Judicial de Arequipa. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del referido órgano jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 750865-4 Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales del Callao, Cusco, Lima, Lima Norte y Lima Sur RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 022-2012-CE-PJ Lima, 31 de enero de 2012 VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 273 y 274-GG-PJ, remitidos por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Gerente General del Poder Judicial remite propuesta de prórroga de funcionamiento de los Juzgados de Paz Letrados Transitorios de Echarate, Cusco; Comisarías de Huaycán y Haya de la Torre, Lima; Comisaría de La Pascana, Lima Norte; Comisaría de Villa María del Triunfo, Lima Sur; y Comisaría de Alipio Ponce, Callao. Segundo. Que mediante Resoluciones Administrativas Nº 384-2010-CE-PJ y Nº 409-2010-CE-PJ, de fechas 16 de noviembre y 13 de diciembre de 2010, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial creó entre otros, los órganos jurisdiccionales transitorios mencionados precedentemente, por el plazo de seis meses. Asimismo, mediante Resolución Administrativa Nº 172-2011-CE-PJ, del 6 de julio de 2011, se prorrogó su funcionamiento hasta el 31 de enero de 2012. Tercero. Que, al respecto, del análisis de los informes estadísticos adjuntos se observa que si bien los referidos órganos jurisdiccionales tienen un nivel de ingreso y resolución que se encuentra dentro del límite estándar de producción de un Juzgado de Paz Letrado (1000 expedientes anuales); la carga procesal que aún mantienen pendiente excede del estándar establecido. Cuarto. Que, en tal sentido, la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial mediante los Informes Nºs. 029 y 032-2012-SEP-GP-GG-PJ, concluye que es factible prorrogar el funcionamiento de los mencionados Juzgados de Paz Letrados Transitorios. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 090- 2012 de la quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Vásquez Silva, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, de conformidad con lo previsto en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales, hasta el 30 de abril de 2012: • Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Alipio Ponce, Distrito, Provincia y Distrito Judicial del Callao. • Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en el Distrito de Echarate, Provincia de La Convención, Departamento y Distrito Judicial del Cusco. • Juzgados de Paz Letrados Transitorios con sede en las Comisarías de Huaycán y Haya de la Torre, Distrito de Ate, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Lima. • Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de la Pascana, Distrito de Comas, Provincia y Departamento de Lima, Distrito Judicial de Lima Norte. • Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de Villa María del Triunfo, distrito del mismo nombre, Provincia y Departamento de Lima, Distrito Judicial de Lima Sur.