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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de febrero de 2012 460592 VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que se le autorice a operar con Cajeros Corresponsales denominados “Agente Multired”; y, CONSIDERANDO: Que, el Banco de la Nación es una empresa de derecho público con autonomía económica, fi nanciera y administrativa, sus actividades y estructura orgánica son normadas por su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 07-94-EF, y supletoriamente por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General. El objeto del Banco es administrar por delegación las subcuentas del Tesoro Público y proporcionar al Gobierno Central los servicios bancarios para la administración de los Fondos Públicos; Que, dada la naturaleza especial del Banco de la Nación, reconocida por su Estatuto y la Ley General, la aplicación de los dispositivos legales que se emitan en el marco de las operaciones y servicios que éste realiza, requieren delimitarse en el marco de la normativa especial que le es aplicable, y según ello, proceder a su implementación y cumplimiento; Que, en el Acuerdo de Directorio del Banco de la Nación Nº 1886 de fecha 11 de enero de 2012, se aprueba por unanimidad la implementación de la instalación de cajeros corresponsales denominados “Agente Multired”, con la fi nalidad de promover la inclusión fi nanciera, descentralización de los servicios de pago de impuestos, tasas y operaciones fi nancieras, lo que le permitirá mejorar los servicios públicos y atención al ciudadano, lo cual se enmarca en el objeto de la referida entidad fi nanciera; Que, mediante Resolución SBS Nº 775-2008, esta Superintendencia aprobó el Reglamento de “Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales”, en adelante el Reglamento; Que, de acuerdo a lo regulado en el referido Reglamento, en lo que concierne al procedimiento de Autorización para operar con Cajeros Corresponsales, las empresas del sistema fi nanciero podrán suscribir contratos de cajeros corresponsales con tales operadores de servicios, denominados “Agente Multired”, siempre que se cumpla con las condiciones, requisitos y documentos para el establecimiento de Cajeros Corresponsales que se indican en los anexos C y D del Reglamento; Que, de acuerdo al procedimiento de Autorización para operar con Cajeros Corresponsales previsto en el Reglamento, las empresas que cumplan con las condiciones señalados en los Anexos C y D del Reglamento deberán solicitar previamente y por única vez autorización a esta Superintendencia para lo cual presentarán copia del acuerdo del órgano social competente y la información contenida en los literales f y g del Anexo D del Reglamento, referida a los informes de la Unidad de Riesgos o equivalente, y Unidad de Auditoría Interna o equivalente en los términos precisados en el referido anexo; Que, el Banco de la Nación ha cumplido con presentar la documentación requerida en la Resolución SBS Nº 775- 2008 y sus modifi catorias quedando obligado a mantener a disposición de esta Superintendencia la información adicional señalada en los Anexos C y D de la misma; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Ofi cinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado por Resolución SBS Nº 775-2008, y en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional, el Departamento Legal, y el Departamento de Supervisión Bancaria “B”; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación a operar con Cajeros Corresponsales denominados “Agente Multired” en el marco de lo regulado en la Resolución SBS Nº 775-2008. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 750025-1 Autorizan a Scotiabank Perú S.A.A. el cierre de agencia ubicada en el distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS N° 877-2012 Lima, 31 de enero de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Scotiabank Perú S.A.A., para que esta Superintendencia autorice el cierre de una agencia bancaria, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el cierre de la agencia en mención; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, por la Resolución SBS N° 775-2008 y en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Scotiabank Perú S.A.A. el cierre de la Agencia Garcilaso de la Vega, ubicada en el Jirón Washington N° 1506, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 750251-1 Autorizan viaje de funcionarios para participar en eventos a realizarse en Francia RESOLUCIÓN SBS N° 1139-2012 Lima, 3 de febrero de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.) VISTA: La invitación formulada por el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (GAFISUD) para participar en la reunión plenaria del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y en las reuniones de trabajo de los siguientes grupos: Grupo de Revisión de Cooperación Internacional (ICRG), Grupo de Trabajo para Evaluación e Implementación (WGEI), Grupo de Trabajo sobre Tipologías (WGTYP) y Grupo de Trabajo sobre Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo (WGTM) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), los mismos que se realizarán del 13 al 17 de febrero de 2012 en la ciudad de París, República Francesa; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es la Coordinadora Nacional de la República del Perú ante el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (GAFISUD), brazo regional del GAFI, organismo que ha resaltado la importancia de utilizar plenamente las instancias disponibles en el GAFI y la necesidad de los países miembros de GAFISUD de participar activamente en las reuniones de sus grupos de trabajo;