Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2012 (08/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de febrero de 2012

representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, asi como para el ejercicio de funciones o eventos de interes para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y tarifa CORPAC, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de la Resolucion SBS Nº516-2012, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, N° SBS-DIR-ADM-085-15; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista Principal de Proyectos Internacionales del Departamento de Cooperacion Internacional de la Gerencia de Asuntos Internacionales y Capacitacion de la SBS, a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA del 08 al 10 de febrero de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irroguen el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos US$ US$ 1092.99 400.00

Titulo II del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolucion Nº 054-98EF/SAFP, asi como por lo indicado en la Resolucion SBS Nº 516-2012, disponiendose su publicacion en virtud de lo senalado en el numeral 3.2 del articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. En tal sentido, el capital minimo de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones para el ano 2012 se indica a continuacion:
CAPITAL MINIMO* S/. 2 387 563

* Indice Base: Enero de 2009, Factor IPC Diciembre 2011: 1,0703

Atentamente, MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i)

750322-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Huancabamba y el Gobierno Regional MORDAZA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 762-2012/GRP-CR
MORDAZA, 2 de febrero de 2012 VISTO: -El Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Huancabamba y el Gobierno Regional MORDAZA, de fecha 01 de febrero de 2012; -El Informe N° 159-2012/GRP-460000 del 01 de febrero de 2012 de la Oficina Regional de Asesoria Juridica; -El Memorando N° 270-2012/GRP-410000 del 02 de febrero de 2012 de Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; CONSIDERANDO: Que, el articulo 192° de la Constitucion Politica del Peru de 1993 y la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion Ley N° 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, red vial, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, el articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece como atribuciones del Consejo Regional, entre otras, en el literal a) "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; asimismo, el inciso K) del articulo 21° establece que el Presidente Regional tiene la atribucion de celebrar y suscribir en representacion del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecucion o concesion de obras, proyectos de inversion, prestacion de servicios y demas acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y solo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional; Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, en su articulo 12°,

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.)

750914-1

Actualizacion del capital minimo de las AFP para el ano 2012
CIRCULAR Nº AFP-124-2012
MORDAZA, 3 de febrero de 2012 ____________________________ Actualizacion del capital minimo de las AFP para el ano 2012 ____________________________

Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones conferidas en el literal q) del articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, esta Superintendencia ha dispuesto la actualizacion anual del capital minimo de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), de conformidad con lo establecido en el articulo 14º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones y el articulo 2º del

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