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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de febrero de 2012 460691 de marca VICUÑA PERÚ – ARTESANÍA a favor de las empresas artesanales encargadas de la transformación y comercialización de productos obtenidos de fi bra de vicuña esquilada viva, a un plazo determinado, mediante Convenio Específi co, aprobado por Resolución Ministerial del Sector Agricultura; Que, por Decreto Supremo Nº 012-2007-AG, precisado por Decreto Supremo Nº 014-2007-AG, se dispuso la fusión por absorción del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos (CONACS), en el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), en lo relativo al manejo, conservación y aprovechamiento sostenible de las especies vicuña y guanaco; Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, se aprobó la fusión del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) en el Ministerio de Agricultura, siendo este último el ente absorbente; Que, el artículo 57º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, encarga a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre la gestión y administración de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, el procedimiento Nº 37º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Resolución Ministerial Nº 0212-2011-AG, regula los requisitos para el otorgamiento de la licencia de uso de la marca VICUÑA PERU-ARTESANIA, por el período de dos (02) años; Que, mediante Informe Nº 2398-2011-AG-DGFFFS- DGEFFS de fecha 20 de julio del 2011 e Informe Nº 3324- 2011-AG-DGFFS-DGEFFS de fecha 6 de octubre de 2011, la Dirección de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, señala que la Asociación de Comunidades Campesinas Criadoras de Vicuñas de la Región Cusco – ACRIVIRC, ha cumplido con los requisitos previstos en el TUPA, para la suscripción del Convenio Específi co de Licencia de Uso de la Marca VICUÑA PERÚ – ARTESANÍA, por el periodo citado en el considerando precedente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 053-2000-AG y el Decreto Supremo Nº 006-2005-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Convenio Especifi co por el cual se otorga la Licencia de Uso de la Marca VICUÑA PERÚ – ARTESANÍA, a celebrarse entre el Ministerio de Agricultura, en representación del Estado y la Asociación de Comunidades Campesinas Criadoras de Vicuñas de la Región Cusco – ACRIVIRC, el mismo que tendrá vigencia de dos (02) años, contados a partir del día siguiente de su suscripción. Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 750961-1 Autorizan viaje de funcionaria a EE.UU. para participar en reuniones previas a la XI Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0038-2012-AG Lima, 8 de febrero de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 172-2012-AG-DGCA/DA de fecha 27 de enero de 2012, y el Facsímil Nº 002-2012-MINCETUR/ VMCE, de fecha 4 de enero de 2012, del Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Facsímil del Visto, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, comunica que con miras a la suscripción de un Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP por sus siglas en inglés), entre los actuales miembros del Acuerdo P4, conformado por Nueva Zelandia, Singapur, Chile y Brunei Darussalam, y Australia, Estados Unidos, Malasia, Perú y Vietnam, se llevarán a cabo reuniones específi cas previas a la XI Ronda de Negociaciones, para las mesas de Reglas de Origen, Ambiente, Laboral, Propiedad Intelectual y Contratación Pública; Que, asimismo informa, que la mesa de Reglas de Origen, sesionará del 13 al 17 de febrero de 2012, en la ciudad de San Diego, Estados Unidos de América, y solicita la participación de los representantes del Ministerio de Agricultura en la citada reunión; Que, con Ofi cio Nº 014-2012-AG-DVM, de fecha 18 de enero de 2012, el Viceministro de Agricultura, comunica el nombre de la representante del Ministerio de Agricultura ante la citada mesa; Que, el inciso a) numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y son autorizados mediante resolución del titular de la entidad; Que, el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que la Resolución de autorización será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC; Que, la fi rma de este Acuerdo de Asociación Transpacífi co constituye uno de los objetivos y metas del gobierno, prosiguiendo así con el desarrollo de la Agenda de Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, dada la especificidad y tecnicismo de los temas a tratar en la reunión de negociación, se hace necesario autorizar la participación de la representante del Ministerio de Agricultura para sustentar sólidamente la posición de nuestro país en los compromisos a adoptarse; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, el Decreto Legislativo Nº 997– Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de San Diego, Estados Unidos de América, del 12 al 18 de febrero de 2012, de la señora Inés Fanny Santi Huaranca, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán efectuados con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: INES FANNY SANTI HUARANCA Pasajes y tarifa Corpac (clase económica) US$ 2,261.78 Viáticos US$ 1,320.00 Total US$ 3,581.78 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria deberá presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los