Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2012 (10/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

460705

SALUD
Aprueban "Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiologica de Influenza, de Otros Virus Respiratorios (OVR) e Infecciones Respiratorias Agudas Graves (IRAG) en el Peru"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 108-2012/MINSA
MORDAZA, 7 de febrero del 2012 Visto el Expediente N° 11-042884-001, que contiene los Memorandos Nos. 887 y 2041-2011-DGE-DVE-DSVP/ MINSA de la Direccion General de Epidemiologia, el Informe UCN-160-2011-SG/MINSA de la Secretaria General y el Informe N° 471-2011-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el numeral II del Titulo Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, dispone que la proteccion de la salud es de interes publico. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el articulo 2° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su MORDAZA hasta su muerte natural; Que, el articulo 57° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, senala que la Direccion General de Epidemiologia es el organo responsable de conducir el Sistema de Vigilancia Epidemiologica en Salud Publica y del analisis de situacion de salud del Peru, y tiene entre otras funciones generales: Disenar, normar y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiologica en Salud Publica, en el ambito nacional; Que, mediante documentos de visto, la Direccion General de Epidemiologia, propone para su aprobacion el proyecto de "Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiologica de Influenza, de Otros Virus Respiratorios (OVR) e Infecciones Respiratorias Agudas Graves (IRAG) en Peru", cuya finalidad es contribuir a la formulacion e implementacion de medidas sanitarias orientadas a la reduccion del impacto de las infecciones respiratorias agudas graves, influenza y de otros virus respiratorios con potencial epidemico o pandemico en el Peru; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Epidemiologia; Con las visaciones del Director General de la Direccion General de Epidemiologia, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, del Jefe del Instituto Nacional de Salud y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del articulo 8 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Sanitaria N° 045MINSA/DGE-V.01: "Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiologica de Influenza, de Otros Virus Respiratorios (OVR) e Infecciones Respiratorias Agudas Graves (IRAG) en el Peru", la misma que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2°.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial N° 230-2005/MINSA que aprobo la Directiva N° 057MINSA/OGE-V.01: "Vigilancia Centinela de la Influenza y Otros Virus Respiratorios", y la Resolucion Ministerial N° 455-2009/MINSA que aprobo la Directiva Sanitaria N° 026MINSA/DGE-V.01: "Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiologica Intensificada de Influenza e Infecciones Respiratorias Agudas (IRA) en el Peru". Articulo 3°.- Encargar a la Direccion General de Epidemiologia la difusion y supervision de lo dispuesto en la citada Directiva Sanitaria.

Articulo 4°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion: http://www.minsa.gob.pe/portal/transparencia /dge normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud

751349-1

Declaran la "Alerta Verde" en los Establecimientos de Salud a nivel nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 109-2012/MINSA
MORDAZA, 9 de febrero del 2012 Visto el Expediente Nº 12-013085-001, que contiene el Informe Tecnico Nº 003-2012-JQV-OEED-OGDN/MINSA, de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 517-2004/ MINSA se aprobo la Directiva Nº 036-2004-OGDN/MINSAV.01 "Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres", cuyo objeto es establecer los lineamientos y procedimientos para la aplicacion de la Declaratoria de Alertas ante emergencias y desastres a nivel nacional; Que, la Directiva citada establece que la Alerta MORDAZA es la situacion de expectativa ante la posible ocurrencia de un evento adverso o destructivo, lo cual determina que las dependencias de salud efectuen las acciones preparativas; Que, mediante Informe Tecnico N° 003-2012-JQVOEED-OGDN/MINSA, la Oficina General de Defensa Nacional senala que, al haberse presentado en las recientes semanas fenomenos meteorologicos y teluricos que afectan la MORDAZA y salud de las personas, asi como la ocurrencia de danos y estragos en determinadas areas focalizadas de 22 departamentos, existe la posibilidad de ocurrencia de similares fenomenos naturales en los proximos dias, aunado a que los dias 13 y 14 de febrero del presente ano han sido declarados feriados no laborales, conforme a lo previsto en el Decreto Supremo N° 099-2011-PCM, lo cual comprometeria la capacidad de respuesta sectorial frente a los danos a la salud y a la MORDAZA de las personas; Estando a lo propuesto por el Director General de la Oficina General de Defensa Nacional; Con el visado del Director General de la Oficina General de Defensa Nacional, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la "Alerta Verde" en los Establecimientos de Salud a nivel nacional, a partir de las 20:00 horas del dia viernes 10 de febrero hasta las 08:00 horas del dia miercoles 15 de febrero de 2012. Articulo 2º.- Disponer que las Direcciones Regionales de Salud, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva N° 036-2004/OGDN/MINSA-V.01, "Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres", aprobada con Resolucion Ministerial N° 517-2004/MINSA, puedan incrementar la alerta al nivel que corresponda, siempre que el area comprometida corresponda a su jurisdiccion. Articulo 3°.- Disponer que la Oficina General de Defensa Nacional, a traves de las Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces, se encarguen de difundir, supervisar y evaluar la aplicacion de la presente Resolucion. Articulo 4°.- Las acciones que se deriven de la aplicacion de la presente Resolucion se sujetaran a las normas legales vigentes. Articulo 5°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion

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