Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2012 (10/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2012

Ministerial en el MORDAZA de internet del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge_normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud

Aeronautica Civil del Peru; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las dependencia competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania HELIAMERICA S.A.C., la Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo - Prospeccion y Apoyo a la Actividad Minera, Petrolera y Carga Externa, en el sentido de incluir material aeronautico a los ya autorizados a traves de la Resolucion Directoral N° 145-2009-MTC/12 del 03 de junio del 2009 y Resolucion Directoral N° 027-2011-MTC/12 del 26 de enero del 2011, de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONAUTICO: (ademas de lo ya autorizado) - AS 355 Series Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral N° 145-2009-MTC/12 del 03 de junio del 2009 y Resolucion Directoral N° 027-2011-MTC/12 del 26 de enero del 2011 continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a Heliamerica S.A.C. la modificacion de permiso de operacion de aviacion comercial: trabajo aereo - prospeccion y apoyo a la actividad minera, petrolera y carga externa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 479-2011-MTC/12
MORDAZA, 29 de diciembre de 2011 Vista la solicitud de la compania HELIAMERICA S.A.C., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo - Prospeccion y Apoyo a la Actividad Minera, Petrolera y Carga Externa; CONSIDERANDO: Que, Mediante Resolucion Directoral Nº 145-2009MTC/12 del 03 de junio del 2009 se otorgo a la compania HELIAMERICA S.A.C. la Renovacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo Prospeccion y Apoyo a la Actividad Minera, Petrolera y Carga Externa, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 15 de setiembre del 2009, modificada a traves de la Resolucion Directoral N° 027-2011-MTC/12 del 26 de enero del 2011 en el sentido de incrementar material aeronautico; Que, mediante Expediente N° 2011-050468 del 21 de octubre del 2011 y Expediente N° 2011-050468-A del 18 de noviembre del 2001 la Compania HELIAMERICA S.A.C., solicita Modificacion de su Permiso de Operacion, en el sentido de incrementar material aeronautico a los ya autorizados; Que, segun los terminos del Memorando Nº 399-2011MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Tecnico de Certificaciones, Memorando Nº 411-2011-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias, Memorando N° 1616-2011-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Direccion General de Aeronautica Civil e Informe Nº 380-2011-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolucion segun el Articulo 6.2 de la Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de

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Autorizan a Bureau Veritas del Peru S.A. como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo - GLP
RESOLUCION DIRECTORAL N° 4940-2011-MTC/15
MORDAZA, 26 de diciembre de 2011 VISTOS: Mediante el Parte Diario N° 141985 de fecha 30.11.2011, la empresa "BUREAU VERITAS DEL PERU S.A.", solicita autorizacion para operar como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo (GLP), y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre senala que, la accion estatal en materia de transporte y MORDAZA terrestre se orienta a la satisfaccion de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como a la proteccion del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada mediante la Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC/15 y sus modificatorias, regula el Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a GLP y de los Talleres de Conversion a GLP, en adelante La Directiva, establece las condiciones para operar como Entidades Certificadoras de Conversiones a GLP, determinando los requisitos documentales para solicitar una autorizacion en este rubro, ante la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el numeral 5 de La Directiva MORDAZA mencionada senala que la Entidad Certificadora de Conversiones a GLP, es la persona juridica autorizada a nivel nacional por la Direccion General de Transporte Terrestre ­ DGTT, para inspeccionar fisicamente el vehiculo convertido a GLP(vehiculo dedicado, bi-combustible o dual), certificar e instalar los dispositivos de Control de Carga de GLP, inspeccionar anualmente a los vehiculos con sistema de combustion a GLP, asi como realizar la certificacion inicial y anual de los talleres de conversion a GLP autorizados por la DGTT; Que, estando a lo opinado en el informe 093-2011MTC/15.03.Cert.heag, de fecha 20 de diciembre de 2011, elaborado por el abogado informante de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial se advierte que la documentacion presentada mediante el Parte Diario N°

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