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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de febrero de 2012 460696 su reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 001- 2011-DE/ del 29 de marzo 2011; la Ley N° 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 – Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de Ejército y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Tte Crl EP Luis Alfredo DIAZ PAREDES, identifi cado con DNI Nº 43301425 y CIP Nº 117479700, para que participe como alumno en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de Guerra de Bolivia, en la ciudad de Cochabamba - Estado Plurinacional de Bolivia en el periodo comprendido del 10 de febrero al 21 de diciembre de 2012. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aéreo: Lima – Cochabamba – Lima US $ 1,000.00 X 01 persona (Incluye TUUA) US $ 1,000 Compensación Extraordinaria por servicios en el Extranjero US $ 2,900.00/29 x 20 días x 01 persona (10 Feb – 29 Feb 2012 ) US $ 2,000 US $ 2,900.00 x09 meses x 01 persona (Mar a Nov 2012) US $ 26,100 US $ 2,900.00/31 x 21 días x 01 persona (01Dic - 21 Dic 2012 ) US $ 1,965 Gastos de traslado-Ida y Vuelta (Equipaje, bagaje e instalación) US $ 2,900.00 x 02 compensaciones US $ 5,800 TOTAL A PAGAR US $ 36,865 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5º.- El mencionado ofi cial revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, por el período que dure la misión de estudios. Artículo 6º.- El citado Ofi cial, no podrá solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido a la Institución el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la misión de estudios. Artículo 7º.- El Ofi cial designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país Artículo 8º.- La presente autorización, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 751952-4 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 053-2012-DE/ Lima, 9 de febrero de 2012 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 079 /U-4.d.2, del 06 diciembre de 2011, del Comando de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, el Ejército del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2012, la designación de un (01) Ofi cial Superior para que participe como instructor invitado en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de Guerra de las Fuerzas Militares de Colombia, en la ciudad de Bogotá - República de Colombia, fundamentado en la necesidad de contar con ofi ciales que se especialicen y adquieran nuevas experiencias estratégicas, doctrinarias y tácticas, factibles de ser insertadas en nuestra doctrina y aplicadas en nuestros centros de instrucción y entrenamiento; Que, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Coronel EP Juan Antonio PEIRANO ARANIBAR, para que participe como Instructor Invitado del Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de Guerra de las Fuerzas Militares de Colombia, inicialmente programado del 10 de enero al 20 de noviembre de 2012 y reprogramado del 10 de febrero al 20 de noviembre del 2012, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, el precitado viaje en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 3.- Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem N° 14 del Anexo 01 del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el año 2012, aprobado mediante Resolución Suprema N° 014-2012 DE/ del 13 de enero de 2012; Que, de conformidad con el Artículo 26° de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, el Ofi cial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios por un periodo mayor de seis (06) meses por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo compensatorio previsto, de acuerdo a la duración de la comisión de servicios o misión de estudios; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778- 2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 001- 2011-DE/ del 29 de marzo 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Coronel EP Juan Antonio PEIRANO ARANIBAR, identifi cado con DNI Nº 43330680 y CIP Nº 114662900,