Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2012 (10/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

460695

Que, el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad de viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de Enero de 2004; De conformidad con la Ley Nº 29605 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo 001-2011DE/ del 29 de Marzo de 2011; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 ­ Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM del 5 de Junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG del 26 de Enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de Noviembre de 2009 - que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito y a lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en Mision de Estudios del Mayor EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 43309833 y CIP Nº 118364800, en el periodo del 10 de febrero al 10 de Diciembre de 2012, a fin que participe como alumno en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de MORDAZA de las Fuerzas Militares de Colombia, en la MORDAZA de Bogota Colombia. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes: MORDAZA - Bogota - MORDAZA (Clase economica) US$ 1,250.00 x 1 persona (incluye TUUA)

Articulo 7º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa

751952-3

Autorizan viajes de oficiales del Ejercito a Bolivia y Colombia, en mision de estudios
RESOLUCION SUPREMA N° 052-2012-DE/
MORDAZA, 9 de febrero de 2012 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 078 /U-4.d.2. del 14 diciembre de 2011, del Comando de Educacion y Doctrina del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, el Ejercito del Peru ha considerado dentro de sus prioridades para el ano 2012, la designacion de un (01) Oficial Superior para que participe como alumno en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de MORDAZA de Bolivia, fundamentado en la necesidad de desarrollar competencias en los Oficiales Superiores en el MORDAZA nivel educativo militar, con las transformaciones que en el ambito educativo exigen los avances cientificos y tecnologicos, asi como en el entorno nacional e internacional; Que, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del Tte Crl EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe como alumno en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de MORDAZA de Bolivia, inicialmente programado en el periodo comprendido del 30 de enero al 21 de diciembre de 2012, y reprogramado del 10 de febrero al 21 de diciembre de 2012, por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia del Ejercito del Peru; Que, el precipitado viaje en Mision de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 3.- Instruccion Militar Superior (Perfeccionamiento), Item N° 11 del Anexo 01 del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2012, aprobado mediante Resolucion Suprema N° 014-2012 DE/ del 13 de enero de 2012; Que, de conformidad con el Articulo 26° de la Ley N° 28359- Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, el Oficial nombrado en comision de servicios o mision de estudios por un periodo mayor de seis (06) meses por cuenta del Estado en el exterior, esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva institucion armada el tiempo compensatorio previsto, de acuerdo a la duracion de la comision de servicios o mision de estudios; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778­ 2008 DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE de fecha 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, y

US$

1,250.00

Gastos de traslado - Ida y vuelta (Equipaje, bagaje e instalacion) US$ 2,900.00 x 2 compensaciones US$ 5,800.00 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 2900.00/29 x 20 dias x 1 persona (10 Feb -29 Feb 2012) US$ 2,000.00 US$ 2900.00 x 9 meses x 1 persona (Mar a Nov 2012) US$ 26,100.00 US$ 2900.00/31 x 10 dias x 1 persona (01 Dic - 10 Dic 2012) US$ 936.00 -------------TOTAL US$ 36,086.00

Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de Enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- El Oficial designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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