Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2012 (10/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2012

VISTOS: El Memorando Nº 0179-2012-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y el Informe Nº 004-2012-PRODUCE/OGAJdnunez de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 7º de la Ley Nº 28015, Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa, se creo el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa, como organo adscrito al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de la Produccion; Que, el articulo 9 del Reglamento de la citada MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2003TR, senala que la acreditacion de los representantes de los Ministerios que conforman el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa sera efectuada por Resolucion Ministerial del Titular del Sector correspondiente y comunicada a la Secretaria Tecnica de este organo; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 29271, Ley que establece que el Ministerio de la Produccion es el Sector competente en materia de promocion y desarrollo de cooperativas, transfiriendosele las funciones y competencias sobre micro y pequena empresa, adscribe el organo consultivo Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa al Ministerio de la Produccion, correspondiendole ejercer la Secretaria Tecnica; Que, del articulo 74º del Decreto Supremo Nº 008-2008TR, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion de la Competitividad, Formalizacion y Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa y del Acceso al Empleo Decente, y en aplicacion de la Ley Nº 29271, se advierte que el representante del Presidente de la Republica y Presidente del Consejo Nacional de Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa es el Ministro de la Produccion o quien este designe; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 255-2011PRODUCE, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, entonces Viceministro de MYPE e Industria, como Presidente del Consejo Nacional de Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 012-2011PRODUCE, de fecha 19 de diciembre de 2011, se acepto la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Viceministro de MYPE e Industria del Ministerio de la Produccion; Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto de administracion por el cual se de por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente del Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion del Ministerio de la Produccion, como Presidente del Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa ­ CODEMYPE, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de la Produccion

Resolucion Ministerial que establece "PRODUCE DIALOGA" como espacio de dialogo descentralizado para la coordinacion con los gobiernos subnacionales y los actores de las MORDAZA productivas
RESOLUCION MINISTERIAL N° 085-2012-PRODUCE
MORDAZA, 09 de febrero de 2012. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Produccion es competente en pesqueria, acuicultura, industria, comercio interno, cooperativas y micro y pequenas empresas, conforme al Decreto Legislativo Nº 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, la Ley Nº 29271 ­ Ley que establece que el Ministerio de la Produccion es el sector competente en materia de promocion y desarrollo de cooperativas, transfiriendosele las funciones y competencias sobre micro y pequena empresa, y demas leyes que regulan su ambito competencial; Que, las politicas nacionales y sectoriales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno y consideran los intereses generales del Estado y la diversidad de realidades regionales y locales, en concordancia con el caracter unitario y descentralizado del gobierno de la Republica; politicas que se aprueban por decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; de conformidad con el numeral 1 del articulo 4 de la Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, la implementacion de politicas en todos los niveles requiere para su formulacion e implementacion de la construccion de consensos sociales en los ambitos nacional, regional y local, a traves del establecimiento de medios democraticos y participativos, con miras al desarrollo economico y la competitividad en los subsectores de Pesqueria y de MYPE e Industria, en el que participen no solo los tres niveles de gobierno; sino tambien los actores involucrados en la cadena productiva; Que, en tal sentido, resulta conveniente establecer en el Ministerio de la Produccion un espacio de dialogo y coordinacion descentralizado con los gobiernos subnacionales y los actores de las MORDAZA productivas; Con el visado de los Viceministros de Pesqueria y de MYPE e Industria, de la Secretaria General y de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1.- Creacion de espacio de dialogo. Establezcase la instancia de dialogo descentralizado denominada "PRODUCE DIALOGA" como estrategia para promover espacios democraticos y participativos de articulacion, coordinacion, concertacion y participacion democratica entre el Ministerio de la Produccion, los gobiernos subnacionales y los diversos actores de las MORDAZA productivas de los subsectores de Pesqueria y de MYPE e Industria. Articulo 2.- Secretaria Tecnica. El Area de Coordinacion y Articulacion Sectorial del Despacho Ministerial actuara como Secretaria Tecnica del espacio de dialogo referido en el articulo 1 de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de la Produccion

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