Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2012 (10/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2012

Articulo 2.- Implementacion del Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupcion 2012 2.1 La implementacion del Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupcion 2012 es de responsabilidad de los organos y unidades organicas del Ministerio de Economia y Finanzas, asi como de las entidades publicas que a continuacion se detallan, cada una de las cuales respondera, de acuerdo a la asignacion de actividades establecidas en el mismo, en funcion a su naturaleza y dentro del ambito de sus respectivas competencias: a. Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV). b. Oficina de Normalizacion Previsional (ONP). c. Organismo Superior de las Contrataciones del Estado (OSCE). d. Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION). e. Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria (SUNAT). f. Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE). g. Banco de la Nacion. 2.2 En un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles de aprobado el Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupcion 2012, las entidades publicas mencionadas en el numeral precedente, aprobaran su Plan Institucional de Lucha contra la Corrupcion 2012. 2.3 Encargar a la Oficina General de Planificacion, Inversiones y Presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas, el seguimiento de la implementacion del Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupcion 2012 y de la aprobacion de los Planes Institucionales, respectivamente, para lo cual las entidades publicas mencionadas en el numeral 2.1, deberan coordinar con la referida Oficina General, las acciones que adopten sobre el particular. Articulo 3.- Publicacion La presente Resolucion Ministerial y el Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupcion 2012, se publicaran en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) y en los Portales Institucionales de las entidades publicas referidas en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias:
PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maiz Azucar Arroz Leche entera en polvo 3 753

Del 16/1/2012 al 31/1/2012

295

668

565

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REGJO Viceministra de Economia

750942-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 026-2012-EF
Mediante Oficio Nº 116-2012-SCM-PR la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 026-2012-EF, publicado en la edicion del 31 de enero de 2012. - En el ultimo parrafo del considerando: DICE: "(...) Ley General del Sistema de Presupuesto (...)" DEBE DECIR: "(...) Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto (...)" DICE: "(...) Ley de Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2012, Ley Nº 29802 (...)" DEBE DECIR: "(...) Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, Ley Nº 29812 (...)" - En el Numeral 1.1 del Articulo 1º (pagina 460134) DICE: "(...) DE LA (...) ACTIVIDAD 5.000511: (...)" DEBE DECIR: "(...) DE LA (...) ACTIVIDAD 5.000511: Atencion Integral a la Infancia Temprana en Wawa Wasi de Gestion Comunal (...)"

751756-1

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF aplicable a importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 005-2012-EF/15.01
MORDAZA, 7 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo N° 244-2011-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2012; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 16 al 31 de enero de 2012;

Atencion Integral a la Infancia Temprana en Wawa Wasi

751953-1

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