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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (12/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de febrero de 2012 460843 Mz Lote Uso B1 1 Vivienda 2 Vivienda 3 Vivienda 4 Vivienda 5 Vivienda 6 Vivienda 7 Vivienda 8 Vivienda 9 Vivienda 10 Vivienda 11 Vivienda 12 Vivienda 13 Vivienda 14 Vivienda 15 Vivienda 16 Vivienda 17 Vivienda 18 Vivienda 19 Vivienda 20 Vivienda 21 Vivienda 22 Area verde 23 Area deportiva TOTAL 23 Lotes Mz Lote Uso C1 1 Vivienda 2 Vivienda 3 Vivienda 4 Vivienda 5 Vivienda 6 Vivienda 7 Vivienda 8 Vivienda 9 Vivienda 10 Vivienda 11 Vivienda 12 Vivienda 13 Vivienda 14 Vivienda 15 Area verde TOTAL 15 Lotes Mz Lote Uso D1 1 Vivienda 2 Vivienda 3 Vivienda 4 Vivienda 5 Vivienda 6 Vivienda 7 Vivienda 8 Vivienda TOTAL 8 Lotes 751971-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Aprueban la reconversión de los nuevos términos porcentuales de la UIT de los derechos administrativos contenidos en el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2012/MDL Chosica, 30 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM publicado el 24 de Setiembre del 2009, en su Artículo 4º referente al reajuste del término porcentual relacionado con la Unidad Impositiva Tributaria, dispone que la modifi cación del valor de la UIT no implica la modifi cación automática del monto de los derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA (...). Que, mediante Decreto Supremo Nº 233-2011-EF, publicado el 21 de Diciembre del 2011, se fi ja en Tres Mil Seiscientos Cincuenta Nuevos Soles (S/. 3,650.00) el valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2012. Que, con Ordenanza Nº 159-MDLCH, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 10SET2011, se aprobaron los Procedimientos, Servicios Administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Lurigancho -Chosica, la misma que fue ratifi cada con el Acuerdo de Concejo Nº 873 publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 28/09/2011. Que, el Artículo 38º inciso 38.5 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el Texto el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos el incremento de derechos de tramitación o de requisitos, así como aquellos concernientes a la simplifi cación de los procedimientos se deben aprobar mediante Decreto de Alcaldía. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, DECRETA: Artículo 1°.- Aprobar la reconversión de los nuevos términos porcentuales de la Unidad Impositiva Tributaria- UIT de los derechos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, aprobado por Ordenanza Nº 159-MDLCH, cuyo anexo forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2°.- Publíquese el presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano; y en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munichosica.gob.pe); asimismo, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.psce.gob.pe) el íntegro de los nuevos términos porcentuales del TUPA de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica, contenidos en el anexo que forma parte del presente Decreto. Artículo 3°.- Encárguese a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto - Responsable de actualizar la página web, el cumplimiento de las formalidades de publicidad establecidos en la Ley, en especial la publicación del anexo que contiene el TUPA de la Municipalidad con la reconversión aprobada en el Artículo 1° del presente Decreto de Alcaldía, se efectúe en los portales electrónicos mencionados. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 752055-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Autorizan realización de Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario 2012 ORDENANZA N° 481-MSB San Borja, 31 de enero de 2012. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO; en la II-2012 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de enero de 2012, el Dictamen N° 011-2012-MSB- CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen N° 003-2012-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas, el Informe N° 061-2011-MSB-GDH, los Memorandos N° 028- 2012-MSB-GDH y N° 042-2012-MSB-GDH de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe N° 011-2012-MSB-GM-GPE de la Gerencia de Planifi cación Estratégica y los Informes N° 074-2012-MSB-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre la solicitud de celebración de Matrimonio Civil Comunitario. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades