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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (12/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de febrero de 2012 460840 Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Rentas y a la Sub-Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente norma, en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones, la difusión y publicación de la misma. Artículo Tercero.-. El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 752438-1 Aprueban el “Sorteo por Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2012” DECRETO DE ALCALDÍA N° 0002-2012 Jesús María, 25 de enero de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; VISTO; Memorándum N° 035-2012-MDJM-GR de fecha 24 de enero del 2012 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política vigente, modifi cado por Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, es política de la actual gestión, incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, así como el reconocimiento al pago oportuno de las mismas por parte de los vecinos del distrito; Que, resulta necesario que se establezcan mecanismos que de manera progresiva, logren el incremento del universo de contribuyentes que cumplen de manera oportuna con sus obligaciones tributarias durante el ejercicio 2012; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- OBJETO APRUÉBASE el “Sorteo por Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2012”, con la fi nalidad de reconocer el cumplimiento oportuno de los vecinos respecto de sus obligaciones tributarias municipales; el mismo que se realizará el día 13 de abril del 2012. Artículo 2º.- PARTICIPANTES Son participantes del sorteo: 2.1 Los contribuyentes propietarios que hubieran cumplido con el pago oportuno de sus obligaciones tributarias del Impuesto Predial y/o los Arbitrios Municipales del 2012. 2.2 Las personas naturales o jurídicas a las cuales se les hubiera cedido la posesión del predio y que hubieran observado una conducta de pago puntual de los Arbitrios Municipales 2012. Artículo 3º.- ENTREGA DE CUPONES El sorteo se realizará a través de cupones diseñados específi camente para ello, los mismos que serán entregados con oportunidad de la cancelación de las obligaciones tributarias del Impuesto Predial y/o los Arbitrios Municipales 2012, en el área de Informes. El personal a cargo, hará entrega de los cupones, atendiendo a lo siguiente: a) Un (01) cupón por cada mes cancelado de Arbitrios Municipales 2012. b) Un (01) cupón por trimestre cancelado del Impuesto Predial 2012. Artículo 4º.- LOS PREMIOS Los premios a entregarse serán los siguientes: - Una lavadora - Una cocina - Un televisor LCD - Una refrigeradora - Un automóvil marca TOYOTA modelo YARIS, 0 Km. Artículo 5º.- CUMPLIMIENTO.- Encárguese a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Administración, la asignación de la partida presupuestal correspondiente y la compra de los bienes, respectivamente, con excepción del automóvil indicado en el artículo precedente, cuya adquisición se gestionará a través de donación; la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, deberá realizar la difusión de los alcances de la presente norma. Artículo 6º.- VIGENCIA. El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 752438-2 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Otorgan beneficios tributarios para pago de Arbitrios Municipales del Ejercicio 2012 a favor de contribuyentes con predios ubicados en diversos asentamientos humanos, asociaciones y otros grupos de población ORDENANZA Nº 227 La Molina, 7 de febrero de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO : En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 03 - 2012 de la Comisión de Administración, Administración Tributaria, Presupuesto e Informática y de la Comisión de Asuntos Jurídicos, respecto del proyecto de Ordenanza que “otorga benefi cios tributarios a favor de personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, propietarias y/o poseedoras de un solo predio en el distrito, que a su vez se encuentre ubicado en los Asentamientos Humanos del Área de Tratamiento Normativo III y en los Asentamientos Humanos, Asociaciones y otros grupos de población ubicados en el Área de Tratamiento Normativo I, según Ordenanza Nº 1144-MML; respecto de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2012; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 28607, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 195° inciso 4) de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley. Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, modifi cado mediante Decreto Legislativo N° 953, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de