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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de febrero de 2012 461130 PERSONAL CONTRATADO 359.58 Secretaria de Gerencia Rentas 1 Sueldo 1,198.60 30% 359.58 359.58 OTROS COSTOS INDIRECTOS 4,480.00 Refrigerios 800 Unidad 8.00 40% 2,560.00 2,560.00 Movilidad 800 Unidad 6.00 40% 1,920.00 1,920.00 COSTOS FIJOS 468.06 Agua 1 Servicio 274.10 40% 109.64 109.64 Energía eléctrica 1 Servicio 896.06 40% 358.42 358.42 C O S T O T O T A L 143,493.85 1/ Considerar los costos derivados de las actividades de emisión, impresión, distribución de la cuponera, entre otras relacionadas directamente con la prestación del servicio. 2/ Usar los siguientes porcentajes de depreciación: Infraestructura Pública / Edifi cios 3% Maquinaria, equipo y otras unidades para la producción 10% Equipos de transporte 25% Equipos de cómputo 25% Muebles y enseres 10% 3/ Estos costos no podrán exceder el 10% del total del costo del servicio. El Universo de contribuyentes que registra en la Base de Datos es de 34,313 contribuyentes y 48,600 predios. *** Se considera que el personal obrero sólo trabajará medio día. NOTA: El proceso de Emisión Mecanizada 2012, se llevará a cabo en el período de un (1) mes. Nº PREDIOS DERECHO DE EMISIÓN TOTAL (a) (b) (c)=(a)/(b) 48,600 2.40 116,640.00 DIFERENCIA ENTRE EL COSTO Y EL INGRESO ANUAL 2012 COSTO ANUAL 143,493.85 INGRESO ANUAL 116,640.00 DIFERENCIA SERA ASUMIDA POR LA MUNICIPALIDAD 26,853.85 754806-2 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL