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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de febrero de 2012 461289 coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, en el marco del Acuerdo Comercial entre Perú – Unión Europea, se deben llevar a cabo procedimientos para la puesta en vigencia de dicho Acuerdo, siendo algunos de ellos su presentación ante la Comisión y Consejo de la Unión Europea, así como el proceso de sensibilización de los Parlamentarios Europeos para lograr la aprobación de dicho Acuerdo; Que, el Parlamento Europeo ha convocado a la primera audiencia preliminar formal dedicada al Acuerdo, la misma que se realizará en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, el 29 de febrero de 2012, evento al que asistirá el Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo; previamente, el día 28 de febrero, se llevará a cabo una reunión de coordinación con funcionarios de la Embajada del Perú en Bélgica y con representantes de la Comisión de la Unión Europea; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y Jefe Negociador del Acuerdo, a la ciudad de Bruselas, para que en representación del MINCETUR participe en las reuniones antes mencionadas y preste apoyo técnico al Titular de la Entidad; Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del titular de la entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 27 de febrero al 02 de marzo de 2012, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en la audiencia preliminar formal ante el Parlamento Europeo y reuniones previas de coordinación, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 2 806,30 Viáticos (US$ 260,00 x 4 días) : US$ 1 040,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el señor Brandes Salazar presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 755652-1 CULTURA Aprueban el Plan de Acción del Ministerio de Cultura para la implementación del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, para el año 2012 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 049-2012-MC Lima, 16 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público; Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, el diseñar y supervisar políticas nacionales, las cuales son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, por Decreto Supremo N° 027-2007-PCM se defi nieron y establecieron las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional, entre las que se encuentra la Política de Anticorrupción; Que, con fecha 23 de diciembre de 2008, la Presidencia del Consejo de Ministros presentó el “Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción”, el cual contiene siete (07) objetivos generales y desarrolla diecinueve (19) estrategias, de las cuales, por Acuerdo N° 005-2010-CAN de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, creada por Decreto Supremo N° 016-2010-PCM, se priorizaron cinco (05) estrategias referidas a los ámbitos de rendición de cuentas, acceso a la información, transparencia pública, sistema de recursos humanos, sistema de contrataciones y adquisiciones del Estado, modernización institucional, fortalecimiento de los órganos de control y supervisión, desarrollo de una cultura anticorrupción y difusión de la ética pública; Que, con la fi nalidad de continuar con los esfuerzos que el gobierno ha planteado en el “Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción”, se estima por conveniente aprobar el Plan de Acción del Ministerio de Cultura para la implementación del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, para el año 2012; el cual contiene actividades, acciones, metas, plazos y responsables de las acciones a desarrollar en materia de anticorrupción en el presente año; Estando a lo visado por el Secretario General y la Directora General (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Acción del Ministerio de Cultura para la implementación del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, para el año 2012, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto se encargue de realizar el seguimiento y evaluación correspondiente al Plan de Acción aprobado en el artículo precedente. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución y anexo a todas las unidades orgánicas del Ministerio de Cultura. Artículo 4°.- Disponer que, a través de la Ofi cina de Comunicación e Imagen Institucional, la presente