Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2012 (28/02/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, martes 28 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

461585

Articulo Segundo.- RECOMENDAR a los vecinos del distrito el pintado de las fachadas de los inmuebles publicos y privados, asi como, la limpieza del frontis de sus inmuebles. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Social, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

757222-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban incentivos por el pronto pago de arbitrios municipales 2012 y el calendario de vencimientos de pago
ORDENANZA N° 149/MVMT
MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 27 febrero del 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA del Triunfo en Sesion Extraordinaria de la fecha, visto el Dictamen N° 001-2012/CARPP de la Comision de Administracion, Rentas, Planeamiento y Presupuesto, el Memorandum N° 206-2012-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el Memorandum N° 029-2012-GRAM/MVMT de la Gerencia de Rentas y Agencias Municipales, el Memorandum N° 319-2012-GPP/MVMT de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 057-2012-GAJ-GM/MDVMT de la Gerencia de Asesoria Juridica, y: CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 11 del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, de conformidad a lo precisado en el articulo 70° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el sistema tributario de las municipalidades, se rige por la ley especial y el Codigo Tributario en la parte pertinente; Que, el Concejo Municipal, cumple funciones normativas, a traves de Ordenanzas conforme a lo precisado en el articulo 5° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, siendo el caso que la propia Constitucion ha conferido a la Ordenanza el rango de Ley, de conformidad con lo precisado en el inciso 4) del articulo 200° e inciso 4) del articulo 195° de la Constitucion Politica del Estado, para ser utilizada como instrumento normativo idoneo para el ejercicio de su potestad tributaria: situacion que a su vez es concordante con lo precisado en el articulo 74° de la mencionada Constitucion Politica del Estado; Que, mediante la Ordenanza N° 092/MVMT, ratificada por el articulo primero del Acuerdo de Concejo N° 5492009, se aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios para el ejercicio fiscal 2010, regimen que reajustado fue prorrogado en su aplicacion para el ejercicio fiscal 2011 a traves de la Ordenanza N° 121/MVMT, modificada por la Ordenanza N° 126/MVMT y ratificada a traves del Acuerdo

de Concejo N° 511-2010; regimen tributario que a su vez fuera prorrogado para el presente ejercicio fiscal 2012 a traves de la Ordenanza N°146/MVMT, la misma que fuera ratificada a traves del Acuerdo de Concejo N° 1606-2011 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el articulo 6° del regimen tributario aprobado mediante la mencionada Ordenanza N° 092/MVMT y, que es aplicable al presente ejercicio conforme a lo precisado ut supra, establece entre otros aspectos, que los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo son de periodicidad mensual y seran liquidados de forma trimestral, teniendo su vencimiento los ultimos dias habiles de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre, precisando que en relacion al Arbitrio de Recoleccion de Residuos Solidos para los Contribuyentes que MORDAZA uso de la via publica y/o areas de dominio publico desarrollando actividades economicas, es de periodicidad mensual; Que, el literal b) de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del TUO del Codigo Tributario - Decreto Supremo N° 13599-EF, precisa que solo por Ley o Decreto Legislativo, en caso de delegacion se puede conceder exoneraciones y otros beneficios tributarios; precisandose ademas en el antepenultimo parrafo de la precitada MORDAZA que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 41° del TUO, citado en el parrafo precedente, en su texto modificado por el articulo 9° del Decreto Legislativo N° 981, establece que la deuda tributaria solo puede ser condonada por una MORDAZA expresa con rango de Ley, y que excepcionalmente los Gobiernos locales pueden condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren y, en el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo; Que, es politica de esta gestion edilicia incentivar el cumplimiento oportuno (puntual y/o anticipado) del pago de los tributos de sus deudores tributarios, MORDAZA estos en calidad de contribuyentes o responsables y, una manera efectiva de hacerlo es a traves del otorgamiento de beneficios tributarios, como la condonacion parcial del tributo insoluto, ello MORDAZA esta, sujeto a condicion y plazo, es decir, el goce de descuentos por el pago anual o trimestral de dichas tasas mensuales y que se encuentran determinados y precisados en la respectiva cuponera de pagos; en tal sentido, es necesario fomentar el cumplimiento oportuno del pago de los tributos de los contribuyentes de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, como una estrategia tendiente a impulsar el desarrollo de la conciencia tributaria entre los vecinos del distrito; Que, mediante el Dictamen N° 001-2012/CARPP, de fecha 21 de febrero del 2012, la Comision de Administracion, Rentas, Planeamiento y Presupuesto, ha dictaminado concluir en la aprobacion del proyecto de ordenanza que Aprueba Incentivos por el Pronto Pago de Arbitrios Municipales 2012 y el Calendario de Vencimientos para el Pago de Dichos Tributos y recomendar al Concejo Municipal la aprobacion del proyecto de ordenanza MORDAZA mencionado para el correcto funcionamiento de la entidad; Estando a los Fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por los numerales 8) y 9) del articulo 9° y el articulo 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y con MORDAZA unanime (doce) de los miembros presentes, el Concejo Municipal, aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA INCENTIVOS POR EL PRONTO PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2012 Y EL CALENDARIO DE VENCIMIENTOS PARA EL PAGO DE DICHOS TRIBUTOS
Articulo 1°.- Objetivo y Finalidad Aprobar el Regimen de Incentivo de Pronto Pago de los Arbitrios del Ejercicio 2012, a cargo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, asi como fijar las fechas de vencimiento para el pago de dichos tributos. Articulo 2°.- Regimen de Incentivos Los contribuyentes de predios destinados a MORDAZA habitacion podran optar por acogerse a la condonacion parcial (descuentos) por Pronto Pago bajo las siguientes condiciones y plazos:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.