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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de julio de 2012 469866 Que, con fecha 25 de noviembre de 2010 se suscribió el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con el objeto de fortalecer las relaciones de cooperación interinstitucional que permitan articular esfuerzos para el cumplimiento de los objetivos de cada una de las partes; Que, con fecha 02 de febrero de 2012, se suscribió el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con el objeto de identifi car acciones conjuntas para desarrollar proyectos de inversión pública; Que, mediante Resolución Directoral N°095-2012- DVMPEMPE/TP, de fecha 28 de mayo de 2012, se aprobó la priorización de un proyecto elegible, por la suma total de S/. 33 075.00 (Treinta y tres mil setenta y cinco con 00/100 nuevos soles) en el marco del convenio específi co suscrito; Que, mediante Memorando N° 745-2012- DVMPEMPE/TP-OPPM, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo, otorga la Certifi cación de Crédito Presupuestario PCA N° 363-2012-MTPE/4/11 por la suma de S/. 33 075.0 (Treinta y tres mil setenta y cinco con 00/100 nuevos soles); Que, mediante Informe N° 079-2012-DVMPEMPE/TP- DP-USP, la Unidad de Supervisión de Proyectos solicita la transferencia de recursos a favor del Convenio N° 05- 0001-AC-52, por la suma de S/. 33 075.00 (Treinta y tres mil setenta y cinco con 00/100 nuevos soles) para el pago de los rubros OTROS y MONC; Que, mediante el Informe N° 250-2012-DVMPEMPE/ TP-DP, la Dirección de Proyectos del Programa comunica a la Directora Ejecutiva la Certifi cación de Crédito Presupuestario otorgada y solicita la transferencia a favor del Convenio Nº 05-0001-AC-52, por la suma de S/. 33 075.00 (Treinta y tres mil setenta y cinco con 00/100 nuevos soles); Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora Ejecutiva, del Director de Proyectos, del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR; y la Resolución Ministerial N° 371- 2008-TR, modifi cada por Resolución Ministerial N° 330- 2011-TR, que aprueba la Directiva “Procedimiento para los desembolsos del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor del Convenio N° 05-0001-AC-52, por la suma de S/. 33 075.00 (Treinta y tres mil setenta y cinco con 00/100 nuevos soles) para el pago de los rubros OTROS y MONC, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 808416-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban norma técnico operativa para la prestación del servicio portuario básico de almacenamiento dentro de las zonas portuarias RESOLUCIÓN DE ACUERDO DEL DIRECTORIO Nº 030-2012-APN/DIR Callao, 27 de junio del 2012 Visto, el Informe Ejecutivo Nº 345-2012-APN/DOMA de la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), mediante el cual se recomienda la necesidad de la aprobación de una norma técnico operativa para la prestación del servicio portuario básico de almacenamiento en las zonas portuarias; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso j) del artículo 24º de la Ley del Sistema Portuario Nacional, Ley Nº 27943, corresponde a la Autoridad Portuaria Nacional establecer las normas técnicas - operativas para el desarrollo y la prestación de las actividades y servicios portuarios, acorde con los principios de transparencia y libre competencia; Que, el artículo 61º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2004-MTC, señala que son servicios portuarios, las actividades que se desarrollan en la zona portuaria, siendo necesarias la correcta explotación de los mismos, que se presten en condiciones de seguridad, efi cacia, efi ciencia, calidad, regularidad, continuidad y no-discriminación; Que, el artículo 63º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, dispone expresamente que los servicios portuarios se clasifi can en servicios generales y servicios básicos; Que, el artículo 65º del Reglamento antes mencionado señala que los servicios portuarios básicos son aquellas actividades comerciales desarrolladas en los recintos portuarios que permiten la realización de las operaciones de tráfi co portuario; considerando a su vez al servicio de almacenamiento, como un servicio portuario básico; Que, es necesario establecer la norma técnico-operativa para la prestación del servicio portuario de almacenamiento; así como los mecanismos de supervisión y control para la correcta operación en la prestación del servicio portuario antes mencionado en las zonas portuarias; Que, el proyecto de Resolución de Acuerdo de Directorio deberá ser prepublicado, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS, mediante el cual se aprobó el “Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General”; en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal Electrónico de la entidad o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia; con la fi nalidad de que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la norma técnico operativa para la prestación del servicio portuario básico de almacenamiento dentro de las zonas portuarias, la misma que se anexa a la presente Resolución. Artículo 2.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3.- Publicar en el Portal Electrónico de la Autoridad Portuaria Nacional el Anexo I y el apéndice (a) de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS TORRES PAZ Presidente del Directorio (e) Autoridad Portuaria Nacional 808839-1