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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2012 (07/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de julio de 2012 470222 disposiciones para promover la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de Programación Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolló en armonía con los Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales; Que, en uso de las facultades conferidas en el numeral 1 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con el voto de unánime del Pleno del Concejo se aprueba lo siguiente; ORDENANZA QUE NORMA Y REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2013 Artículo Primero.- DAR INICIO, al Presupuesto Participativo del año fi scal 2013, el mismo que seguirá las pautas establecidas en el INSTRUCTIVO Nº 001-2010- EF/76.01, para el Proceso Participativo aprobado por Resolución Directorial Nº 007-2010-EF/76.01 y los que dispongan la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, EL Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2013 en el Distrito de Santa Eulalia, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- APROBAR, el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2013, que forma parte del Reglamento en el anexo Nº 01, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Gerente de Planeamiento y Presupuesto y el Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo para el año 2013, la ejecución de las acciones que correspondan para el cumplimiento de la presente Ordenanza incluyendo su difusión en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia. El Gerente de Planifi cación y Presupuesto será el responsable de incorporar la información necesaria para el aplicativo interactivo del Proceso Participativo en la forma señalada en el Capítulo II del INSTRUCTIVO Nº 001-2010-EF/76.01, Así como de cualquier otra información que sobre el Proceso demanden las disposiciones legales del Estado. Artículo Quinto.- ENCARGUESE, a la Secretaria General, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Participación Ciudadana, Equipo Técnico y todas las dependencias de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia la difusión y el cumplimiento y la publicación de la presente Ordenanza en el Diario El Peruano a la Secretaria General. Artículo Sexto.- DEJESE, sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. POR LO TANTO; Regístrese, comuníquese, publique y cúmplase. DAVID SÁNCHEZ GARCÍA Alcalde 810149-1 Aprueban Ordenanza que regula beneficios tributarios a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 010-2012-MDSE Santa Eulalia, 3 de mayo 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE SANTA EULALIA Visto; El informe Nº 058-2012-SGRTR-GR-MDSE, de fecha 03 de mayo de 2012, de la Sub Gerencia de Registro Tributario y Recaudación, respecto de benefi cios tributarios para los contribuyentes del distrito de Santa Eulalia. CONSIDERANDOS; Que, la Constitución Política del Perú reconoce en su artículo 194º la autonomía política, económica y administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales o exonerar de éstos dentro de la jurisdicción con los límites que señala la ley. Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales, mediante ordenanza, pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, y el artículo 41º establece en su segundo párrafo que los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administra. Que, estando a lo expuesto y a lo dispuesto en los incisos 8) y 9) del artículo 9º y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS BENEFICIO TRIBUTARIO PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE SANTA EULALIA Artículo Primero.- OBJETIVO: Establecer benefi cios tributarios en favor de los vecinos del Distrito de Santa Eulalia. Artículo Segundo.- ALCANCE DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS: Los Contribuyentes que se acojan a la presente ordenanza gozarán de los siguientes benefi cios: 1.- En caso de Arbitrios Municipales Arbitrios Pago al Contado De los año 2008 al 2011 (*) Pago Fraccionado De los años 2008 al 2011 (*) Deuda Generada Hasta 30 de marzo del 2012. - Condonación del 90% de los intereses, moras de los años 2011, 2010, 2009, y 2008. - Condonación del 100% del monto insoluto, intereses, moras hasta el año 2007. - Fraccionamiento hasta en 10 cuotas con sus intereses correspondientes. - Condonación del 80% del interés, moras del año 2011, 2010 y 2008. - Condonación del 90% del monto insoluto, intereses, moras hasta el año 2007. *Para el caso de los contribuyentes que cumplieran con el pago hasta el día 31 de mayo el descuento señalado será del 100% en todas sus formas de pago, asimismo se efectuara la promoción tributaria del Pronto Pago, descontado el importe del 10% del total de la deuda determinada para el año 2012. 2.- En caso de Impuesto Predial Impuesto Predial Pago al Contado De los año 2008 al 2011 Pago Fraccionado de los años 2008 al 2011 Deuda Generada hasta el 29 de febrero del 2012 - Condonación del 90% de los intereses, moras de los años 2011, 2010, 2009, 2008. - Fraccionamiento hasta en 10 cuotas con sus intereses correspondientes. - Condonación del 80% de los intereses, moras de los años 2011, 2010, 2009, y 2008. *Para el caso de los contribuyentes que cumplieran con el pago hasta el día 31 de mayo el descuento señalado será del 100% en todas sus formas de pago, asimismo se efectuara la promoción tributaria de la Prescripción Automática a cero Costo, con lo cual se libera de cualquier importe o tasa de pago el proceso de prescripción en cualquier estado procesal en que se encuentre. Artículo Tercero.- VIGENCIA.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y vence el 15 de junio de 2012, vencido el plazo se procederá a ejecutar la cobranza del total de la deuda. Artículo Cuarto.- FACULTAR, al Señor Alcalde para que mediante Resolución de Alcaldía, prorrogue dichos benefi cios. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Registro Tributario y Recaudación y otras áreas relacionadas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID SÁNCHEZ GARCÍA Alcalde 810150-1