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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de julio de 2012 470212 Que, mediante Memorando N° 172-MML-GDU-SPHU- DCO de fecha 30 de mayo de 2012 (fs. 230), la División de Control de Obras de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, remite al Área Legal los actuados a fi n de que se evalúe si corresponde emitir nueva resolución en los términos solicitados, teniendo en cuenta que la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco ya ha corregido el error material incurrido en la Resolución Subgerencial N° 430-2012-SGLAU-GDU-MSS y su Rectifi catoria Resolución Subgerencial N° 544-2012-SGLAU-GDU-MSS; Que, mediante Informe Nº 215-2012-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 05 de junio de 2012 (fs. 231 al 232), el Área Legal de ésta Subgerencia manifi esta, que de conformidad a lo establecido en el artículo 201º, numerales 201.1 y 201.2, de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, que posibilitan la rectifi cación de error material, aún después de expedido el acto administrativo, como ocurre en el presente caso concluye, que ésta Subgerencia deberá emitir la Resolución rectifi cando el error material incurrido en la Resolución Nº 88-2012- MML-GDU-SPHU de fecha 11 de mayo de 2012, en el extremo de la denominación breve o sigla del propietario consignada en la citada resolución COOVISAN LTDA., cuando lo correcto es COOPERATIVA DE VIVIENDA DEL SERVICIO DE SANIDAD DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ LTDA, manteniendo los demás que lo contiene; Con el visto bueno de la División de Control de Obras, el Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1°.- RECTIFICAR el error material incurrido en la Resolución Nº 88-2012-MML-GDU-SPHU de fecha 11 de mayo de 2012, en el extremo del nombre del administrado, el cual dice: COOPERATIVA DE VIVIENDA DEL SERVICIO DE SANIDAD DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU LTDA.- COOVISAN LTDA, cuando lo correcto es COOPERATIVA DE VIVIENDA DEL SERVICIO DE SANIDAD DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU LTDA, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- NOTIFICAR la presente Resolución a la empresa COOPERATIVA DE VIVIENDA DEL SERVICIO DE SANIDAD DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU LTDA. y a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo 3°.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MATILDE HINOSTROZA MORALES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 810499-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Aprueban nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad ORDENANZA Nº 219-2012-MDPH Punta Hermosa, 26 de junio del 2012 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA: VISTO: en Sesión Ordinaria de fecha el Informe Nº 042-2012-JP-MDPH de la Ofi cina de Planeación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, se establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, de igual modo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, precisa que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según el artículo 26 de la Ley Nº 27972, la administración municipal adopta una estruc tura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervi sión, control recurrente y posterior. Asimismo, las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestión y en la citada ley; Que, el artículo 9, numeral 3 de la norma acotada, indica que corresponde al Concejo Munici pal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Que, en ese orden, atendiendo que el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, es el documento técnico normativo de gestión institucional, cuya elaboración debe de realizarse sobre la base de criterios de simplicidad y fl exibilidad en un contexto de uso racional de los recursos públicos, se emitió el Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, según el artículo 34 del Decreto Supremo referido, se precisa que el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, para el caso de las municipalidades deberá aprobarse mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 0030-2003-MDPH del 20 de Noviembre del 2003 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. Que, mediante Informe N° 042-2012-JP-MDPH de fecha 2 de mayo del 2012 la eleva la sustentación técnica que declaró la necesidad de reestructura ción administrativa y orgánica de esta entidad, con el objetivo de prestar los servicios públicos municipales con efi ciencia y en la debida oportunidad para los vecinos del distrito, resulta indispensable reformular el organigrama estructural de la entidad y el Reglamento de Organi zación y Funciones, con el fi n de cumplir con efi ciencia las labores propias de la gestión edil; Que, mediante Informe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica concluye que en el proyecto propuesto por la Ofi cina de Planeación y Presupuesto se han con- siderado los criterios y parámetros legales que permitirán el cumplimiento de los fi nes de la corporación con mayor efi ciencia y un mejor nivel de atención hacia los ciudadanos, con una integración de las funciones afi nes, la eliminación de posibles confl ictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus unidades orgánicas, conforme con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; habiendo formulado algunas recomendaciones; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad, y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGA NIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Artículo Primero.- APROBAR la nueva Estructura Orgánica, y el Reglamento de Organización y Funciones -