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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2012 (07/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de julio de 2012 470213 ROF de la Municipalidad de Punta Hermosa el cual consta de cinco (05) Títulos, ciento sesenta y nueve (169) Artículos y nueve (09) Disposiciones Complemen tarias, cuyo texto forma parte integrante del presente dispositivo. Artículo Segundo.- FACULTAR al Alcalde, disponer la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal- PAP, en el plazo de noventa (90) días calendario. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº. 0030- 2003-MDPH de fecha 20 de Noviembre del 2003 que aprobó el Re glamento de Organización y Funciones - ROF y cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y a la Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del dispositivo que se aprueba, en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Unidad de Imagen Institucional, su publicación en el Portal del Estado Peruano, y en el Portal Institucional de la entidad, conforme a ley. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 811238-1 Eliminan requisitos del TUPA, correspondientes a procedimientos a cargo de la Jefatura de Obras Públicas y Privadas ORDENANZA Nº 220-2012-MDPH Punta Hermosa, 26 de junio del 2012 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA: VISTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa en Sesión Ordinaria de la fecha Visto; el informe Nº 449-2012-DGPISP-DUCT de fecha 14 de junio de 2012, emitido por el Jefe de la División de Gestión de Proyectos Infraestructura Social Productiva Desarrollo Urbano y Control Territorial y el Informe Legal Nº 107-2012-MDPH/ OAJ de fecha 19 de junio de 2012 emitido por el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica por medio de los cuales corren traslado del proyecto de Ordenanza; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el primer párrafo del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, mediante Ordenanza N° 009-00-MDPH, publicada el 29 de junio de 2000, se aprobó el Texto Único de Procedimiento Administrativo- TUPA de la Municipalidad distrital de Punta Hermosa. Que, mediante Ley Nº 29566 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 28 de Julio de 2010, se modifi ca diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversión y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias. En cuyo artículo 5º se estable la eliminación de requisitos para solicitar licencia de edifi cación y de funcionamiento, en cualquiera de las modalidades de Licencia de edifi cación contempladas en el artículo 25º de la Ley 29090 –Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edifi caciones, y de funcionamiento, no siendo exigibles la presentación de los siguientes documentos: a) Copia literal de dominio, correspondiendo a la Municipalidad respectiva efectuar la verifi cación a través del portal web de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP). b) Certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios. c) Boletas de habilitación de los profesionales que intervienen en el trámite. d) Documentos que por su naturaleza municipal se encuentren en los archivos del gobierno local. Asimismo el artículo 6º de la misma Ley establece que la habilitación de los profesionales Ingenieros y arquitectos que intervienen en proyectos, obras de de habilitación urbana o edifi cación, conformidad de obra y, en general, cualquier trámite regulado en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, se acredita mediante una declaración jurada de dichos profesionales, la que deberá ser verifi cada a través del padrón en el portal web del colegio profesional respectivo, quedando eliminada y prohibida la exigencia de boletas y constancias de habilidad o habilitación profesional, así como de habilitación proyectos. Que, en vista de lo señalado en el párrafo anterior, resulta necesario se modifi quen algunos procedimientos administrativos en los cuales se solicita como requisitos aquellos que ahora no tienen esa condición conforme a la normatividad citada. Que, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente de esta municipalidad se observa que en algunos procedimientos se viene considerando como requisito copia literal de dominio, certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios, y boletas de habilitación de los profesionales que intervienen en el trámite; por lo que se hace necesario la modifi cación del TUPA de esta corporación a la normatividad vigente. Y de conformidad con la constitución Política del Perú, ley Orgánica de Municipalidades y estando a la a lo acordado por unanimidad en la presente Sesión de Consejo ha dado la siguiente: ORDENANZA ELIMINA REQUISITOS DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LOS PROCEDIMIENTOS A CARGO DE LA JEFATURA DE OBRAS PÚBLICAS Y PRIVADAS Artículo 1º.- ELIMINAR del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad del distrito de Punta Hermosa el requisito de certifi cado de parámetros normativos urbanísticos, boleta de habilitación de profesional y copia literal de dominio respecto de los procedimientos a cargo de la unidad de obras públicas y privadas; así como el procedimiento administrativo de certifi cado de parámetros normativos urbanísticos Artículo 2°.- SIMPLIFICAR dentro de los procedimientos administrativos a cargo de la unidad de obras públicas y privadas el requisito de declaración jurada que acredite a los profesionales (ingenieros y arquitectos) su habilitación profesional. Artículo 3°.- ENTRA en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 4°.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, en la Página Web de la Municipalidad de Punta Hermosa (www. munipuntahermosa.gob.pe). Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 811238-2