Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2012 (14/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2012

las infracciones que impone el Inspector Municipal de Transporte. Articulo Trigesimo Octavo.- Oportunidad de Pago: El Infractor con la MORDAZA de la Resolucion de Sancion, debera acercarse a la Gerencia de Desarrollo Rentas de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, para obtener la calificacion y orden de pago correspondiente, la misma que sera cancelada unicamente en la MORDAZA de la Subgerencia de Tesoreria. Cuando el infractor no MORDAZA cancelado la Resolucion de Sancion, una vez que esta ha quedado firme, la autoridad municipal podra disponer la captura e internamiento del vehiculo en el Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Eulalia. Articulo Trigesimo Noveno.- Beneficio por Pago anticipado de la Resolucion de Sancion Las Infracciones sancionadas por primera vez tendran un beneficio de descuento del 50% del valor de la multa, si el pago se hace efectivo dentro del plazo de cinco (5) dias habiles de notificada la Resolucion de Sancion. En caso de que se proceda a interponer los recursos administrativos, se pierde el beneficio. Articulo Cuadragesimo.- Devolucion de Vehiculo Menor internado en el Deposito Oficial Municipal: Los vehiculos internados en el Deposito Oficial Municipal, deben ser reclamados por sus propietarios, quienes deberan presentar la tarjeta de propiedad (o Contrato de Compra Venta Legalizado). El propietario puede ser representado por su Apoderado o por el representante de la persona juridica a la cual pertenece. El que retire el vehiculo debe cancelar los gastos por el traslado al Deposito Oficial Municipal, incluyendo el costo de internamiento, el costo diario por guardiania y la multa que resulte de la calificacion de la Resolucion de Sancion. Al momento de retirar el vehiculo menor suscribira el Acta de Recepcion del Vehiculo, cuyo formato se aprobara por Decreto de Alcaldia. En caso de que el vehiculo menor carezca de certificado SOAT y/o AFOCAT, solo podran ser retirados del Deposito Oficial Municipal con el pago respectivo de la multa y la MORDAZA de su poliza de seguro actualizado. Articulo MORDAZA Primero.- Vehiculos Menores no Reclamados: Los vehiculos internados en el Deposito Oficial Municipal, deberan ser puestos a disposicion de la DIROVE o del Juzgado competente cuando estos lo soliciten, de conformidad a los procedimientos legales respectivos. Cuando el vehiculo internado permanezca mas de ciento ochenta (180) dias calendarios en el Deposito Oficial Municipal, sin ser reclamado por su propietario, la Municipalidad Distrital procedera a rematarlos mediante subasta publica, luego de publicar dos (02) avisos consecutivamente en el Diario Oficial El Peruano y/o en otro diario de mayor circulacion, requiriendo el retiro del vehiculo. CAPITULO VII RECURSO IMPUGNATIVO Articulo MORDAZA Segundo.- Recurso de Impugnacion: Los Recursos de Impugnacion contra las Resoluciones de Sancion Son: 1. Reconsideracion 2. Apelacion El Recurso de Reconsideracion se interpondra ante la misma autoridad que emitio la Primera Resolucion. El Recurso de Apelacion se interpondra ante la Gerencia de Rentas y sera elevado ante el MORDAZA, instancia por la cual quedara agotada la via administrativa. Los recursos de impugnacion, plazos, requisitos y tramitacion se sujeta a lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley Nº 27444, en lo que resulte aplicable.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primero.- INCORPORESE al Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, el Cuadro de Infracciones y Sanciones de Vehiculos Menores que en Anexo 1 forma parte de la presente Ordenanza. Segundo.- Los procedimientos administrativos relacionados con el servicio de transporte publico de pasajeros en vehiculos menores, que se encuentren en tramite, se adecuaran a lo dispuesto en el presente Reglamento. Tercero.- Los operativos para el control y verificacion de los vehiculos menores dentro del distrito deberan efectuarse permanentemente con la presencia de los Inspectores municipales y/o efectivos de la PNP. Cuarto.- Autoricese el local ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Nº 133 (Clinica Municipal) como Deposito Municipal para el internamiento de los vehiculos infractores de la presente ordenanza. Quinto.- INCORPORESE al Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, los procedimientos que en el Anexo 2 forma parte de la presente Ordenanza. Sexto.- Los conductores de vehiculos menores sin prejuicio de lo dispuesto en la presente Ordenanza, deberan cumplir con las normas de codigo de MORDAZA, reglamento de MORDAZA y seguridad vial ademas de todas !as disposiciones que la Municipalidad emita. Setimo.- Para la prestacion de servicios en vehiculos menores con los distritos colindantes la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, se debera suscribir el Convenio de Gestion Comun. Octavo.- La Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, dentro del plazo de 120 (ciento veinte) dias calendario de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, procedera a la senalizacion de la via arterial, especificamente en los cruces transversales que cumplan con las condiciones tecnicas. Noveno.- APRUEBESE en 0.03% de la UIT como tasa especial por concepto de guardiania por cada dia que el vehiculo menor se encuentre internado en el Deposito Oficial Municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA como consecuencia de las sanciones impuestas. Decimo.- DECLARESE en reorganizacion por un periodo de 30 dias el servicio MORDAZA de pasajeros y carga en vehiculos menores a partir de la publicacion de la presente Ordenanza en el en el Diario Oficial El Peruano, a fin de que las personas juridicas que vienen prestando el servicio a la fecha, se adecuen y procedan regularizar y/o formalizar su inscripcion. Las empresas o asociaciones para prestar el servicio especial de pasajeros y carga en vehiculos menores deben contar como minimo con diez (10) unidades y como MORDAZA con ochenta (80) unidades, de acuerdo a la densidad poblacional. Cumplido dicho plazo, no se aceptara mas inscripciones, cerrandose definitivamente el MORDAZA automotor de vehiculos menores. Solo se podran inscribir a vehiculos que reemplacen a unidades ya inscritas. DISPOSICIONES FINALES Primero.- DEROGUESE las disposiciones y normas municipales que se opongan a la presente ordenanza. Segundo.- FACULTESE al MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia y dentro del plazo que no exceda (30) dias calendario, apruebe los formatos y dicte las demas disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion de la presente Ordenanza. Tercero.- Para todo lo no previsto en la presente Ordenanza, regiran las disposiciones contenidas en el Reglamento Nacional de Transito. Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 813480-1

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