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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2012 (14/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de julio de 2012 470579 observaciones formuladas, las mismas que, según el Informe Nº 021-2012-MEVP-DNFPE/JNE, de la DNFPE, han sido levantadas, concluyendo dicho informe que el padrón electoral se encuentra expedito para su aprobación por parte del Pleno. CONSIDERANDOS Aspectos Generales 1. Mediante la Resolución Nº 561-2012-JNE, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 1 de junio de 2012, este órgano colegiado convocó a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del 2012 en cuatro provincias y doscientos sesenta y seis distritos del país, consulta popular que se realizará el domingo 30 de setiembre de 2012. 2. El padrón electoral es la relación de ciudadanos hábiles que pueden ejercer su derecho de voto; este documento se elabora sobre la base del registro único de identifi cación de las personas, se mantiene y actualiza por el Reniec. Es competencia del Jurado Nacional de Elecciones, entre otros, la elaboración de los padrones electorales a utilizarse en elecciones y consultas populares, a tenor de lo dispuesto en los artículos 176 y 178 de la Constitución Política del Perú, para asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica de los ciudadanos. Asimismo, el artículo 201 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que el Reniec remite el padrón electoral actualizado al Jurado Nacional de Elecciones, con noventa días de anticipación a la fecha de los comicios, para su aprobación dentro de los diez días siguientes de su recepción. Incumplimiento del plazo en la entrega del padrón electoral 3. El plazo de entrega del padrón actualizado por parte del Reniec venció el 2 de julio de 2012; sin embargo, este fue remitido recién, el 3 de julio de 2012, con el Ofi cio Nº 0001070-2012/SGEN/RENIEC. Como ha señalado este Supremo Tribunal Electoral, en reiterada jurisprudencia, los plazos electorales, tanto los procesales jurisdiccionales como los administrativos operativos, tienen características propias, dado que su vencimiento, produce efectos jurídicos de carácter preclusivo y, en consecuencia, resultan determinantes para la prosecución de los fi nes de cada uno de los actores y del proceso electoral mismo. En tal sentido, los plazos electorales resultan improrrogables, dado que su aplazamiento no se traduce en la correlativa dilatación de los restantes, sino en su alteración, como en el presente caso, ya que el plazo otorgado por ley al Jurado Nacional de Elecciones, para la aprobación del padrón electoral, ha disminuido. En atención a ello, es preciso requerir al Reniec para que cumpla con los plazos establecidos en la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones. Resultados de la labor de fi scalización del padrón electoral 4. La DNFPE mediante el Informe Nº 021-2012-MEVP- DNFPE/JNE comunica que las observaciones remitidas al Reniec, tanto la lista inicial de ciudadanos de los distritos electorales involucrados en el proceso electoral como al padrón electoral, han sido levantadas; por consiguiente, corresponde a este órgano colegiado proceder a su aprobación en cumplimiento de lo establecido en el artículo 201 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el uso del padrón electoral elaborado por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil para el proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del 2012, que se llevará a cabo el 30 de setiembre de 2012. Artículo Segundo.- REQUERIR al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil a que cumpla con los plazos establecidos en la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones. Artículo Tercero.- REMITIR a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales los medios técnicos entregados por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, que contiene el padrón electoral aprobado. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO VELARDE URDANIVIA BRAVO BASALDÚA Secretario General 814649-1 MINISTERIO PUBLICO Autorizan viaje de Fiscal Adjunta Suprema Titular a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1774-2012-MP-FN Lima, 12 de julio del 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 488-2012-JUS/DM de fecha 10 de julio del 2012, el señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos, solicita la designación de un representante del Ministerio Público, para que conjuntamente con el Agente del Estado Peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, viaje a la ciudad de Nueva York de los Estados Unidos de Norteamérica, durante los días 14 al 17 de julio del presente año, con la fi nalidad de custodiar el traslado de las placas radiográfi cas correspondientes a los restos óseos identifi cados como NN1, NN3, NN8, NN11, NN12 y NN14, pertenecientes a los integrantes de la agrupación terrorista “MRTA” que participaron en la toma de la residencia del embajador del Japón en el Perú, ocurrida entre los meses de diciembre de 1996 a abril de 1997; por cuanto las mismas serán objeto de estudio en la sede del Columbia University, en razón a la defensa del Estado Peruano ante el referido órgano supranacional; Que, estando a la trascendencia de la citada diligencia, dada su naturaleza y complejidad, corresponde designar y autorizar el desplazamiento, a nivel internacional, del representante del Ministerio Público para el cumplimiento de la función encomendada; en ese sentido, deben adoptarse las medidas pertinentes a efectos de garantizar el óptimo resultado de las acciones a seguir; por lo que debe expedirse el resolutivo correspondiente; autorizándose además la compra del pasaje aéreo, seguro de viaje, asignación del monto correspondiente por concepto de viáticos, gastos de instalación y traslado; Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Gerencias Centrales de Finanzas y Logística; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Ley Nº 27619, que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; y, a las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el desplazamiento de la Señora doctora Ellyde Secilia Hinojosa Cuba, Fiscal Adjunta