Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2012 (14/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2012

· Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades. · Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre. · Ley Nº 27189, Ley de Transporte Publico Especial de pasajeros en Vehiculos Menores. · Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General. · Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC - Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados y no Motorizados y su modificatoria D.S. Nº 009-2000-MTC. · D.S. Nº 024-2002-MTC ­ Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguro Obligatorio por Accidente de MORDAZA y normas modificatorias y complementarias. · D.S. Nº 058-2003-MTC - Reglamento Nacional de Vehiculos. · D.S. 033-2001-MTC - Reglamento Nacional Transito. · D.S. 009-2004-MTC ­ Reglamento Nacional de Administracion de Transporte. Articulo Tercero.- COMPETENCIAS: La Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA es competente para organizar reglamentar, capacitar, regular y fiscalizar el transporte de pasajeros y carga en vehiculos menores en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, a traves de la Gerencia de Rentas. El cumplimiento de la presente Ordenanza, es obligatorio para todas las Personas Juridicas y conductores que presten el servicio de transportes de pasajeros y de carga en vehiculos menores en el distrito. Articulo Cuarto.- DEFINICIONES: Para efectos de la aplicacion del presente reglamento, entiendase por: 1. Autoridad Policial: Miembro de la Direccion Nacional de Seguridad Vial y Carreteras, que tiene a su cargo el control de MORDAZA y transporte publico y/o el representante de la Policia Nacional de la Jurisdiccion. 2. Certificado de Operacion: Documento que expide la autoridad competente y que habilita al vehiculo para prestar el servicio de transporte publico especial de pasajeros, por un plazo de seis (06) meses. 3. Credencial del Conductor: Documento expedido por la municipalidad que autoriza a una persona natural para prestar el servicio especial y que pertenezca a una persona juridica debidamente autorizada con vigencia por un ano (1) ano. 4. Comision Tecnica Mixta: Organo MORDAZA de la Municipalidad Distrital cuyas funciones se encuentran dispuestas en el D.S. Nº 009-2000-MTC, que estara integrada por un representante de la Municipalidad Distrital, los representantes acreditados por la Policia Nacional del Peru, y los Representantes Legales de las Organizaciones de Transportistas de Vehiculos menores debidamente constituidas en los Registros Publicos. 5. Conductor: Persona natural autorizada que pertenece a una persona juridica y esta autorizada por la Municipalidad para prestar el servicio especial, con licencia de conducir y credencial del conductor. 6. Constatacion de Caracteristicas: Es la verificacion de las caracteristicas que realiza la Municipalidad de las condiciones tecnicas y caracteristicas del vehiculo menor que forma parte del padron de la persona juridica en concordancia con la tarjeta de propiedad, interior y exterior del chasis y que cumpla con las normas establecidas vigentes. Se realiza dos (02) veces al ano. 7. Flota Operativa: Numeros de unidades autorizadas con la que cuenta la persona juridica para el servicio de transporte publico en vehiculos menores. 8. Inspector Municipal de Transporte: Persona designada por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA para supervisar el servicio especial e imponer las sanciones por las infracciones previstas en la presente Ordenanza, Reglamentos y demas disposiciones. 9. Licencia de Conducir: Documento otorgado por la autoridad competente a la persona natural que autoriza a conducir vehiculos menores. 10. Municipalidad.- Se refiere a la Municipalidad Distrital de MORDAZA Eulalia. 11. Organizacion de Transportistas en Vehiculos

Menores: Asociacion de personas juridicas y / o empresas debidamente constituidas e inscritas en los registros publicos, que no agrupan al no menos del 33% del total de personas juridicas que prestan servicios, los que se acreditan ante la Municipalidad para conformar la comision tecnica mixta. 12. Pasajero o Usuario: Persona que solicita el servicio de transporte en vehiculo menor y el pasajero de acuerdo a la libre oferta y demanda. 13. Paradero: MORDAZA de la via publica tecnicamente calificada y autorizada por la Municipalidad, para el embarque y desembarque de pasajeros. 14. Persona Juridica.- Es la Empresa, Asociacion u otra forma de organizacion que esta constituida, de conformidad con las disposiciones legales vigentes e inscrita en los Registros Publicos, cuyo objeto, entre otros, es dedicarse al servicio especial de pasajeros en vehiculo menor. 15. Poliza de Seguro.- Es el certificado y calcomania otorgado por una empresa de seguros que cubre los riesgos y coberturas segun lo establecido en el "Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Transito" 16. Resolucion de Circulacion: Documento emitido por la autoridad competente que otorga concesion a una persona juridica para prestar servicio de transporte de pasajeros en vehiculos menores dentro de su circunscripcion, con vigencia de tres (3) anos renovables. 17. Registros de Vehiculos y Conductores: Padron Matriz donde aparecera la relacion de propietarios, conductores y vehiculos autorizados y de actualizacion permanente. 18. Resolucion de Sancion.- Formato impreso por la Municipalidad donde se consignara los datos sobre la infraccion cometida del conductor y el vehiculo, segun el cuadro de sanciones e infracciones de vehiculos menores. 19. Servicio Especial.- Es el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores prestado por personas juridicas autorizadas a solicitud del usuario o pasajero dentro de la jurisdiccion, salvo que exista un acuerdo de gestion comun. 20. Sticker Vehicular.- Distintivo que llevara colocado en el parabrisas, el vehiculo menor autorizado mediante Certificado de Operacion otorgado por la Municipalidad. 21. Vehiculo Menor: Vehiculo de tres ruedas, motorizado y especialmente acondicionado para el transporte de personas y/o carga, que cuente con una cabina y carroceria de proteccion al usuario y al conductor. 22. MORDAZA de Estacionamiento: Lugar amplio, libre de congestionamiento a afluencia de publico, destinado para el estacionamiento de vehiculos menores desde el cual no se recoge pasajeros. TITULO II DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Articulo Quinto.- Requisitos para prestar el Servicio Especial: Las personas juridicas para prestar el servicio de transportes en vehiculo menor, requieren tramitar y contar con los siguientes documentos otorgados por la Municipalidad: a) Resolucion de Circulacion. b) Certificado de Operacion para los vehiculos que hayan aprobado la constatacion de caracteristicas (semestral). c) Credencial de Conductor. La persona juridica autorizada, ademas de los documentos mencionados en el este articulo, debera contratar y mantener vigente la "Poliza de Seguro" que cubre los riesgos de muertes y lesiones de los ocupantes y terceros no ocupantes de un vehiculo menor, como consecuencia de un accidente de transito. El servicio de transporte de vehiculo menor solo se prestara a traves de las personas juridicas, debidamente constituidas y registradas por la Oficina de Registros Publicos y autorizadas por la Municipalidad. Deben mantener vigente el mandato de los miembros del Consejo Directivo.

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