Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2012 (14/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2012

el Departamento de Gestion de Procesos; y excluir de la competencia del Departamento de Sector Productivo e Infraestructura el control de los procesos de concesion asignado al Departamento de Presupuesto Publico; En uso de las facultades conferidas en el literal a) del articulo 32° de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion de la estructura organica de la Contraloria General de la Republica, consistente en la fusion del Departamento de Contrataciones con el Departamento de Presupuesto Publico bajo la denominacion de Departamento de Presupuesto Publico e Inversiones, y del Departamento de Verificacion Patrimonial con el Departamento de Prevencion de la Corrupcion, correspondiendole al Departamento de Presupuesto Publico e Inversiones y al Departamento de Prevencion de la Corrupcion, respectivamente, la calidad de unidades organicas incorporantes. Articulo Segundo.- Modificar la denominacion del Departamento de Obras y Evaluacion de Adicionales por Departamento de Obras, y la denominacion del Departamento de Ambiente y Cultura por Departamento de Medio Ambiente y Cultura. Articulo Tercero.- Modificar el articulo 5; el articulo 25°; los numerales 2, 5, 8, 9 y 10 del articulo 26°; el articulo 44°; el numeral 9 del articulo 45°; los articulos 71°, 89°, 81°, 91° y 94°; el articulo 95° y su numeral 2; los numerales 3, 4 y 5 del articulo 97°; el articulo 98°; el articulo 99° y sus numerales 2, 3 y 8; los numerales 2 y 3 del articulo 103°; el articulo 104°; el articulo 105° y sus numerales 2 y 3 del Reglamento de Organizacion y Funciones, conforme al texto que en anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Incorporar el numeral 16 en el articulo 37°; los numerales 17, 18, 19, 20 y 21 en el articulo 45°; los numerales 44 y 45 en el articulo 52°, los numerales 14, 15, 16, 17 y 18 en el articulo 64°; el numeral 20 en el articulo 67°; el numeral 17 en el articulo 72°; los numerales 16 y 17 en el articulo 95°; el numeral 15 en el articulo 99°; y el numeral 19 en el articulo 128° en el Reglamento de Organizacion y Funciones, conforme al texto que en anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Eliminar los numerales 11 y 12 del articulo 26°, el numeral 4 del articulo 72°, los articulos 92° y 93°; el numeral 2 del articulo 97°; los articulos 100° y 101°; y el numeral 6 del articulo 128°. Articulo Sexto.- Aprobar la version actualizada y ordenada del Reglamento de Organizacion y Funciones, el mismo que en anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo Setimo.- Disponer que la Gerencia Central de Administracion y Finanzas modifique el Cuadro para Asignacion de Personal y efectue las demas acciones necesarias para implementar lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Octavo.- Encargar al Departamento de Tecnologias de la Informacion la publicacion de la presente Resolucion en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el MORDAZA de la Contraloria General de la Republica (www.contraloria.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ZARZAR Contralor General de la Republica 814560-1

VISTO el Oficio Nº 001098-2012/SGEN/RENIEC, recibido en la fecha, remitido por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con el cual remite el padron actualizado del MORDAZA electoral de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del 2012, de acuerdo a las observaciones efectuadas por el MORDAZA Nacional de Elecciones respecto del padron electoral remitido por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil el 3 de MORDAZA de 2012, mediante Oficio Nº 0001070-2012/SGEN/RENIEC. ANTECEDENTES Con fecha 7 de junio de 2012, para efectos de realizar la fiscalizacion del padron electoral a utilizar en el presente MORDAZA, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (en adelante, Reniec) remitio con el Oficio Nº 000872-2012/SGEN/RENIEC, la lista inicial de ciudadanos de los distritos electorales involucrados en el MORDAZA electoral, sobre la cual este organo colegiado, a traves de la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales (en adelante, DNFPE), llevo a cabo un trabajo de MORDAZA del 15 al 26 de junio de 2012; y como resultado del mismo se elaboraron 806 actas de constataciones domiciliarias suscritas por la autoridad competente, en las que se consignaron que el ciudadano fiscalizado no reside en el domicilio verificado o la direccion domiciliaria no existe, conforme se desprende del Informe Nº 0172012-MEVP-DNFPE/JNE. Las citadas actas fueron remitidas al Reniec, el 28 de junio de 2012, con el Oficio Nº 301-2012-DCGI/JNE, para que proceda conforme a sus atribuciones. El 3 de MORDAZA de 2012, con el Oficio Nº 0001070-2012/ SGEN/RENIEC, con un dia de exceso en el plazo legal, el Reniec remite el padron electoral, el cual, conforme se desprende del Informe Nº 018-2012-MEVP-DNFPE/JNE de la DNFPE, al ser contrastado con la lista inicial de ciudadanos, se detecto: i) Incremento de electores, particularmente por cambios de domicilio, en los distritos de Mollebaya, provincia y departamento de Arequipa; Quechualla, provincia de La Union, departamento de Arequipa; San MORDAZA de Corpanqui, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash; Omas, provincia de Yauyos, departamento de Lima; San MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; Llipata, provincia de Palpa, departamento de Ica; MORDAZA Union, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa; Pocohuanca, provincia de Aymaraes, departamento de Apurimac; Huachupampa, provincia de Huarochiri, departamento Lima; MORDAZA MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de Lima; Maca, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa; y Chichas, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa. ii) De las ochocientas seis actas de constatacion domiciliarias enviadas al Reniec, trescientos veinticuatro ciudadanos referidos en las citadas actas aun figuraban como electores habiles, sin que la citada entidad MORDAZA comunicado el resultado de la evaluacion y procesamiento de las actas remitidas. iii) Dieciseis fallecidos que se encuentran como electores habiles. iv) Dos mil cuatrocientos veintitres casos referidos a grupos de votacion con un solo elector. Estas observaciones fueron puestas en conocimiento del Reniec el 4 de MORDAZA de 2012, con el Oficio N° 3052012-DCGI/JNE, para que proceda conforme a sus atribuciones. Adicionalmente, en atencion a la observacion detallada en el punto i) del parrafo anterior, se llevo a cabo una MORDAZA labor de fiscalizacion electoral, a cargo de la DNFPE en los distritos MORDAZA detallados. Con el Informe Nº 020-2012-MEVP-DNFPE/JNE, de fecha 11 de MORDAZA de 2012, la DNFPE informo que como resultado de la investigacion efectuada se elaboraron trescientas sesenta y ocho actas de constataciones domiciliarias, suscritas por la autoridad competente, en las que el ciudadano fiscalizado no reside en el domicilio verificado o la direccion domiciliaria no existe, las cuales fueron remitidas al Reniec con el Oficio N° 314-2012DCGI/JNE, de fecha 11 de MORDAZA de 2012, para que proceda conforme a sus atribuciones. Con el Oficio 001098-2012/SGEN/RENIEC, el Reniec comunica las acciones que ha realizado a raiz de las

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Aprueban uso del padron electoral elaborado por el RENIEC para el MORDAZA de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales del 2012
RESOLUCION Nº 0644 -2012-JNE MORDAZA, doce de MORDAZA de dos mil doce

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