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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2012 (17/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de julio de 2012 470683 e) Se llamará a los ganadores y se efectuará la entrega del premio en el mismo acto. f) El Notario Público dará fe del número de código de contribuyente que salga sorteado, de la entrega del premio, a fi n de que se cumpla con el protocolo que norma el Sorteo. V.- DE LOS GANADORES Y ENTREGA DE PREMIOS Los que resulten ganadores, en caso de ser personas naturales, deben de acreditar su identidad mediante Documento Nacional de Identidad. Para las Personas Jurídicas, Poder debidamente inscrito en los Registros Públicos y copia del RUC. La entrega es personal, previa verificación del código del contribuyente, pudiendo ser esta realizada durante el Sorteo, de encontrarse presente el ganador, contando con la conformidad del Notario y del representante del Ministerio del Interior. Aquellos contribuyentes que no estuvieran presentes al momento del Sorteo serán notificados a fin de presentarse personalmente ante la Gerencia de Administración Tributaria de lunes a viernes en horario de oficina, la cual gestionará el retiro del almacén del premio a entregar, mediante la firma del acta correspondiente con la suscripción y asentamiento de huella digital del índice derecho del favorecido y suscripción de guía de entrega de premio con la presentación de los documentos que lo acrediten. VI.- CASOS ESPECIALES EN LA ENTREGA DEL PREMIO En caso que el contribuyente, cuyo código corresponda al número ganador, hubiere fallecido, podrán solicitar la entrega del premio, quienes acrediten ser herederos mediante sucesión intestada o declaratoria de herederos Adicionalmente en estos casos, previo a la entrega del premio, los herederos con anterioridad al Sorteo deberán haber regularizado la condición de propiedad y situación tributaria, mediante el procedimiento correspondiente ante la Subgerencia de Administración Tributaria y Recaudación. En caso de que el ganador de encontrase impedido de asistir personalmente a recoger el premio obtenido, podrá efectuarlo a través de un tercero debidamente premunido de la autorización correspondiente, mediante Poder Notarial, la persona autorizada se apersonará portando el Poder descrito y original de su Documento Nacional de Identidad. Cualquier circunstancia no contemplada en estas Bases, será resuelta por la Gerencia Municipal, sin que su decisión sea objeto de queja o impugnación. VII.- PLAZO PARA RECOGER EL PREMIO Los ganadores del Sorteo podrán recoger los premios hasta el 15 de Setiembre del 2012. Dicho plazo es improrrogable. VIII.- PUBLICACIÓN DE GANADOR DEL SORTEO La publicación de los contribuyentes ganadores de los premios sorteados, se hará el día hábil siguiente del evento, a través de los siguientes medios: - Publicación en las sedes de la Municipalidad de Carabayllo. - Publicación en la Página Web de la Municipalidad de Carabayllo. - Publicación en un diario de circulación nacional. IX.- NO PARTICIPAN DEL SORTEO No podrán participar del sorteo, el Alcalde, los Regidores y ningún trabajador de la Municipalidad en cualquiera de sus modalidades. 814804-2 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan plazo de beneficios extraordinarios de regularización tributaria y no tributaria otorgados mediante la Ordenanza Nº 328-MDSMP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2012/MDSMP San Martín de Porres, 12 de julio del 2012 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 041-2012-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria de la entidad; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 328-MDSMP (28. JUNIO.2012), publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 03.JULIO.2012, se otorga benefi cios extraordinarios de regularización tributaria y no tributaria a los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe de Visto se considera necesario la ampliación de dicho benefi cio tributario, vista la afl uencia de administrados que vienen apersonándose a regularizar la situación de sus adeudos tributarios y no tributarios; así como por la necesidad planteada por muchos vecinos del distrito de ampliar el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 328-MDSMP, con la fi nalidad de poder acogerse a los benefi cios que se vienen brindando; Que, la Tercera Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza mencionada faculta al Señor Alcalde a dictar las medidas reglamentarias que sean necesarias para su mejor aplicación, así como para la prórroga de su vigencia; por lo que corresponde emitirse la respectiva disposición municipal; De conformidad con los artículos 20º, inciso 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como la Tercera Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 328-MDSMP; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento dispuesto en el artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 328-MDSMP (28.JUNIO.2012) hasta el 31.JULIO.2012. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, así como Gerencia de Administración y Finanzas, a través de sus respectivas Subgerencias, y su publicación a la Secretaria General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 814883-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Aprueban Ordenanza que regula la obtención de la Tarjeta Master Can en el distrito de Ventanilla ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2012/MDV Ventanilla, 28 de mayo de 2012