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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de julio de 2012 470671 VISTA: Las Resoluciones Administrativas Nºs. 047-2012-CE- PJ y 274-2012-P-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Administrativa número 047-2012-CE-PJ publicado con fecha veinte de abril último, se dispuso la conversión del 15º, 18º, 28º, 35º y 38º Juzgados Civiles en 1º Juzgado Especializado de Familia de San Juan de Lurigancho, 2º Juzgado Especializado de Familia de San Juan de Lurigancho, 2º Juzgado Mixto de El Agustino, 2º Juzgado Mixto de Ate y Juzgado Especializado de Familia de La Molina y Cieneguilla, respectivamente; disponiéndose en su artículo tercero, la reenumeración del 39º, 40º, 41º, 42º y 43º Juzgados Civiles. Que, por Resolución Administrativa número 274- 2012-P-CSJLI/PJ publicada el veinticuatro de abril de los corrientes, la Presidencia de esta Corte Superior dispuso el cierre de turno de los juzgados civiles convertidos y se expidieron las pautas necesarias para el inicio del proceso de redistribución de expedientes, periodo durante el cual se autorizó la recepción de escritos con vencimiento de plazo, ello con la fi nalidad de evitar perjuicios a los litigantes. Que, a fi n de concluir en forma ordenada dicho proceso de redistribución, en el artículo sexto de la resolución citada en el párrafo precedente, se ordenó que la reenumeración de los juzgados civiles se efectué una vez culminada la redistribución de expedientes. Que, acorde a información recepcionada por los jueces encargados de la redistribuciones de expedientes del 15º, 18º, 28º, 35º y 38º Juzgados Civiles convertidos, tal proceso ha concluido, habiéndose remitido la totalidad de los expedientes en trámite al Centro de Distribución General de los Juzgados Civiles. Que, en consecuencia, corresponde dejar sin efecto la suspensión de reenumeración, debiendo procederse conforme lo ordenado en el artículo tercero de la Resolución Administrativa Número 047-2012-CE-PJ. Que, es de precisar que la acotada Resolución Administrativa Número 047-2012-CE-PJ dispuso la reenumeración del 43º Juzgado Civil de Lima en 38º Juzgado Civil de Lima; sin embargo, tal mandato ha sido observado ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en atención a que en esta Corte Superior no existe el 43º Juzgado Especializado Civil; por tal razón y a fi n de evitar mayor confusión en la denominación de los juzgados de la especialidad civil, corresponde reservarse la aplicación de tal mandato, hasta la resolución defi nitiva por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Que, estando a lo expuesto y en mérito a la facultad conferida por Artículo 90 inciso 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la reenumeración de los Juzgados Civiles de Lima, conforme se detalla a continuación: El 39º Juzgado Civil se reenumerará como 15º Juzgado Civil El 40º Juzgado Civil se reenumerará como 18º Juzgado Civil El 41º Juzgado Civil se reenumerará como 28º Juzgado Civil El 42º Juzgado Civil se reenumerará como 35º Juzgado Civil Artículo Segundo.- DISPONER la efectividad de la presente resolución a partir del día 17 de julio del 2012. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital y la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima, realicen las gestiones pertinentes para la adecuación del sistema que corresponda; sin perjuicio, de las demás coordinaciones que deberán efectuar para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución; debiendo dar cuenta. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Consejo Nacional de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital y Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 815200-1 Designan Juez Supernumerario del Quincuagésimo Segundo Juzgado Penal de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 504 -2012-P-CSJLI/PJ Lima, 16 de julio del 2012 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ingreso N° 050315-2012, el doctor Omar Abraham Ahomed Chávez, Juez del Quincuagésimo Segundo Juzgado Penal de Lima, solicita hacer uso de su licencia por paternidad por cuatro días. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente, con el fi n de no afectar el normal desarrollo de las labores jurisdiccionales del Quincuagésimo Segundo Juzgado Penal de Lima, designar al Magistrado que reemplazará al doctor Ahomed Chávez. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Jueces Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor RODOLFO MOISES NEYRA ROJAS, como Juez Supernumerario del Quincuagésimo Segundo Juzgado Penal de Lima, por los días 16 al 19 de julio del año en curso, por la licencia por paternidad del doctor Ahomed Chávez. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 815201-1 ORGANOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Aprueban Informe Defensorial Nº 157, “El Sistema Penal Juvenil” RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 016-2012/DP Lima, 13 de julio 2012