Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2012 (28/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

471605

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el Anexo de Astobamba, distrito de Cajatambo, provincia de Cajatambo, en el departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 078-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2012-PCM, publicado el 29 de MORDAZA de 2012, se declaro el Estado de Emergencia en el Anexo de Astobamba, distrito de Cajatambo, provincia de Cajatambo, en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, por peligro inminente de deslizamiento de tierras, en razon a que dicha MORDAZA esta siendo afectada por un fenomeno geologico llamado "Reptacion del Suelo", que data desde hace aproximadamente 10 anos, siendo su principal manifestacion el agrietamiento de viviendas, existiendo dos zonas criticas comprendidas entre las cuadras 1 y 2 de la MORDAZA MORDAZA Unanue y las cuadras 4 y 5 del Jr. Belaunde, llegando algunas a estar seriamente afectadas y en peligro alto de colapso; siendo la principal causa de este fenomeno el mal uso de las aguas de regadio en los terrenos agricolas de las partes altas; agrietamientos que se han manifestado con mayor incidencia despues del sismo de MORDAZA del 15 de agosto del 2007; Que, mediante Oficio N° 747-2012-GRL/PRES. de fecha 16 de MORDAZA de 2012, el Gobierno Regional de MORDAZA, adjuntando como sustento el Informe Nº 652-2012-GRL/GRRNGMA/ ORDC, asi como el Informe denominado "Estimacion de Riesgo en el Anexo de Astobamba ­ Cajatambo ­ Junio 2012", MORDAZA con el Oficio Nº 057-2012-GRL/GRRNGMA/ORDC, y con el cual adjunta el Informe Nº 004-2012-GRL/GRRNGMA/ ORDC, solicita la prorroga del Estado de Emergencia aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2012-PCM, cuya vigencia esta proxima a vencer, senalando que a la fecha se vienen ejecutando trabajos de rehabilitacion y atendiendo las multiples necesidades surgidas como consecuencia del peligro inminente existente en la MORDAZA afectada; Que, con el Informe Nº 020-2012-INDECI/10.2 de fecha 23 de MORDAZA de 2012, la Direccion Nacional de Prevencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, se pronuncia teniendo en consideracion lo informado por el Gobierno Regional de MORDAZA, citando ademas el Informe Nº 018-2012-DRICC-16.0.4 de la Direccion Regional INDECI Costa Centro, senalando que persisten las condiciones de Peligro Inminente, por el fenomeno de deslizamiento de tierras, encontrandose por tanto en muy alto riesgo el Anexo de Astobamba, distrito de Cajatambo, provincia de Cajatambo, en el departamento de Lima; por lo que se requiere la continuacion de medidas inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en la MORDAZA afectada, asi como, la atencion de la emergencia y rehabilitacion correspondiente, en tanto la situacion se agrava ante las temporadas de lluvias, como ante la ocurrencia de un eventual movimiento sismico; recomendando se gestione la prorroga del Estado de Emergencia; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia declarado mediante Decreto Supremo Nº 0582012-PCM, y subsistiendo las condiciones de emergencia en la MORDAZA afectada, es necesario prorrogar el Estado de Emergencia, con el fin de continuar las acciones destinadas a la reduccion y minimizacion del alto riesgo existente, asi como, la atencion y rehabilitacion, en cuanto corresponda; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere de MORDAZA decreto, asi como con el articulo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que establece que el Gobierno Regional

presenta al INDECI la solicitud de prorroga del Estado de Emergencia, con el sustento correspondiente; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 29 de MORDAZA de 2012, el Estado de Emergencia en el Anexo de Astobamba, distrito de Cajatambo, provincia de Cajatambo, en el departamento de Lima. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, en coordinacion con los Gobiernos Locales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y demas entidades publicas competentes, asi como las instituciones privadas involucradas; ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en cuanto corresponda, asi como de reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en las zonas afectadas. Estas acciones, de acuerdo al sustento tecnico, comprenden entre otras, drenar los manantiales y realizar el mantenimiento y/o cambio - si lo requiere - de la red de tuberia de agua y desague, revestir el MORDAZA de agua de Astobamba; asi como de un tramo de la carretera carrozable Astobamba ­ Huayto, detener el regadio por inundacion en los terrenos de cultivo paralelos al Jr. Belaunde, realizar drenajes a lo largo de los terrenos de cultivo para asi controlar el flujo de las aguas de regadio, acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Agricultura, por la Ministra de Salud, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 820579-1

AGRICULTURA
Autorizan viaje de funcionario del SENASA para participar en evento a realizarse en Ecuador
RESOLUCION SUPREMA Nº 013-2012-AG MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2012 VISTO: La Carta SG-X/D.1.10/424/2012 de fecha 18 de junio de 2012 del Coordinador del Programa Calidad y Sanidad de la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA y el Oficio Nº 0425-2012-AG-SENASA de fecha 16 de MORDAZA de 2012 del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y,

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