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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2012 (28/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de julio de 2012 471619 generados por la EPS, el cual sólo podrá ser utilizado para tal fi n. Si se comprueba un uso distinto, la SUNASS comunicará este hecho al titular de las acciones representativas del capital social de la EPS y a la Contraloría General de la República. Para constituir el referido fondo, EMSAPA CALCA S.R.L. deberá destinar mensualmente en cada uno de los años del período quinquenal regulatorio, los porcentajes de los ingresos totales por los servicios de agua potable y alcantarillado señalados en el Anexo N° 2 de la presente resolución. Artículo 6°.- Aprobar los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales que EMSAPA CALCA S.R.L. presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 3 de la presente resolución. Artículo 7º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Los Anexos Nºs. 1, 2 y 3, el Estudio Tarifario Final y el informe de la evaluación de la Propuesta Final de los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales se publicarán en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe. Artículo 8º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Con la intervención de los señores consejeros, Fernando Momiy Hada; Jorge Luis Olivarez Vega; Marlene Amanda Inga Coronado; y Julio Baltazar Durand Carrión. Registrase, comuníquese y publíquese. FERNANDO MOMIY HADA Presidente Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS I. SUSTENTO TÉCNICO DE LA FÓRMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA Y METAS DE GESTIÓN, ASÍ COMO DE LOS COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA ESTABLECER LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES.- El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión que serán aplicadas por EMSAPA CALCA S.R.L. en el quinquenio regulatorio 2012-2017. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión efi cientes de la empresa, que fi guran en el citado Estudio Tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos considerados en el Anexo Nº 2 del Reglamento General de Tarifas2. La evaluación de la Propuesta Final de los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales, que serán aplicados por EMSAPA CALCA S.R.L. Dicha evaluación ha sido elaborada en base a la cantidad y rendimientos de los recursos identifi cados por la EPS, así como los precios unitarios recabados por la SUNASS en el mercado local y los costos de personal incurridos por la empresa. II. CONSIDERACIONES LEGALES.- De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 273323 y los artículos 24 y 26 del Reglamento General de la SUNASS4, la SUNASS es competente para establecer la Fórmula Tarifaria (FT), Estructura Tarifaria (ET) y Metas de Gestión (MG) que serán aplicadas por las EPS. Asimismo, el artículo 30 de la Ley Nº 263385 señala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las fórmulas para el cálculo de las tarifas. Por otro lado, el artículo 85 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 263386, establece que la SUNASS es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicación a las EPS. Según la Resolución de Consejo Directivo Nº 061- 2011-SUNASS-CD, las EPS podrán acceder a una tarifa básica y/o a una tarifa condicionada. III. IMPACTO ESPERADO: La aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión, así como los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los Precios de los Servicios Colaterales, aplicables por EMSAPA CALCA S.R.L. benefi cia, por un lado, a la empresa; y por el otro, a la población atendida. A la EPS, debido a que su aplicación coadyuvará a su sostenibilidad económica y viabilidad fi nanciera; y a la población, que se benefi ciará del compromiso de la empresa refl ejado en las Metas de Gestión, cuyo cumplimiento debe traer consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios; siendo también un benefi cio para la población la viabilidad y sostenibilidad de la EPS. 819935-1 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 033-2012-SUNASS-CD Lima, 12 de julio de 2012 VISTOS: Los Informes Nºs. 026-2012-SUNASS-110 y 035-2012- SUNASS-110 emitidos por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presentan: i) El Estudio Tarifario Final con la propuesta de Fórmula Tarifaria y Estructura Tarifaria, Metas de Gestión y Fondo de Inversiones que serán aplicados por la EPS MANTARO S.A. y ii) Los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los Precios de los Servicios Colaterales que serán de aplicación por la EPS MANTARO S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 005-2011-SUNASS-GRT, del 4 de octubre de 2011 se iniciaron los procedimientos de aprobación de: i) La Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión y ii) Los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los Precios de Servicios Colaterales de la EPS MANTARO S.A.; Que, según los informes de vistos, los cuales forman parte integrante de la presente resolución, de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas1 se ha cumplido con: i) Publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano” el proyecto de resolución que aprueba la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión, así como los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales; ii) Realizar la Audiencia Pública correspondiente el 10 de febrero de 2012; y iii) Elaborar el Estudio Tarifario Final y el informe de evaluación de la Propuesta Final de los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales (que contienen la evaluación de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasión de la Audiencia Pública); Que, sobre la base de los Informes Nºs. 026-2012- SUNASS-110 y 035-2012-SUNASS-110, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión, así como los Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales de la EPS MANTARO S.A. y disponer la constitución del fondo para fi nanciar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la EPS; El Consejo Directivo en su sesión del 24 de mayo de 2012; HA RESUELTO: Artículo 1°.- Aprobar la Fórmula Tarifaria de EPS MANTARO S.A. para el quinquenio regulatorio 2012- 2017, cuya aplicación se efectuará mediante incrementos tarifarios base y condicionados, de acuerdo con lo especifi cado a continuación: A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE La aplicación de los incrementos tarifarios base está sujeta al cumplimiento de las Metas de Gestión Base contenidas en el Anexo Nº 1 acápite A, correspondiente a la inversión con recursos internamente generados, según la siguiente fórmula tarifaria: 2 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 3 Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. 4 Aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. 5 Ley General de Servicios de Saneamiento. 6 Aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA. 1 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD.