Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2012 (28/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
Tarifa (S/./m3) Ano 1(3) 0,077 0,101 0,216 0,137 0,304 0,154 0,332 0,101 0,216 Ano 2 Ano 3(4) 0,077 0,079 0,101 0,104 0,216 0,221 0,137 0,304 0,154 0,332 0,101 0,216 0,140 0,312 0,158 0,340 0,104 0,221 Ano 4 Ano 5 0,079 0,079 0,104 0,104 0,221 0,221 0,140 0,312 0,158 0,340 0,104 0,221 0,140 0,312 0,158 0,340 0,104 0,221

471621

CLASE CATEGORIA

RANGOS

(m3/mes) 0a8 Domestico 8 a 20 20 a mas NO RESIDENCIAL 0 a 30 Comercial 30 a mas 0 a 30 Industrial 30 a mas 0 a 30 Estatal 30 a mas

(3) Estas tarifas incorporan el incremento previsto en la formula tarifaria de 6,5% correspondiente al ano 1. (4) Estas tarifas incorporan el incremento previsto en la formula tarifaria, de 2,5% correspondiente al ano 3. Los incrementos tarifarios condicionados se encuentran en el literal B de la presente resolucion. Sin embargo, tanto los incrementos tarifarios base como los incrementos tarifarios condicionados se realizaran de acuerdo a lo establecido en el literal C del Anexo Nº 1. d. Asignacion MORDAZA de Consumo
Social 15 VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Domestico Comercial Industrial 40 100 200 Estatal 100

(3) Estas tarifas incorporan el incremento previsto en la formula tarifaria de 6,5% correspondiente al ano 1. (4) Estas tarifas incorporan el incremento previsto en la formula tarifaria de 2,5% correspondiente al ano 3. Los incrementos tarifarios condicionados se encuentran en el literal B de la presente resolucion. Sin embargo, tanto los incrementos tarifarios base como los incrementos tarifarios condicionados se realizaran de acuerdo a lo establecido en el literal C del Anexo Nº 1. d. Asignacion MORDAZA de Consumo
Social 8 VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Domestico Comercial Industrial 20 50 30 Estatal 30

En el estudio tarifario se detallan las asignaciones de consumo establecidas anualmente por cada MORDAZA de categoria. Articulo 3°.- Aprobar las Metas de Gestion que debera cumplir EPS MANTARO S.A. en el quinquenio regulatorio 2012-2017, asi como los mecanismos de evaluacion del cumplimiento de las Metas de Gestion e incrementos tarifarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 1. Articulo 4°.- El inicio del ano regulatorio y la aplicacion de la Estructura Tarifaria aprobada se considerara a partir del ciclo de facturacion siguiente a la entrada en vigencia de la presente resolucion. Articulo 5°.- Disponer la creacion de un fondo para financiar las inversiones a ejecutarse con recursos internamente generados por la EPS, el cual solo podra ser utilizado para tal fin. Si se comprueba un uso distinto, la SUNASS comunicara este hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloria General de la Republica. Para constituir el referido fondo, EPS MANTARO S.A. debera destinar mensualmente en cada uno de los anos del periodo quinquenal, los porcentajes de los ingresos totales por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado senalados en el Anexo N° 2 de la presente resolucion. Articulo 6°.- Aprobar los Costos Maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales que EPS MANTARO S.A. presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 3 de la presente resolucion. Articulo 7°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Los Anexos Nº 1, 2, 3, el Estudio Tarifario Final y el informe de la evaluacion de la Propuesta Final de los Costos Maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales se publicaran en la pagina web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe. Articulo 8º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Con la intervencion de los senores consejeros MORDAZA Momiy MORDAZA, MORDAZA Olivarez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Carrion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOMIY MORDAZA Presidente Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS I. SUSTENTO TECNICO DE LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA Y METAS DE GESTION ASI COMO DE LOS COSTOS MAXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA ESTABLECER LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES. El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria contiene el analisis tecnico con la propuesta de la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion que seran aplicadas por la EPS MANTARO S.A. para el quinquenio regulatorio 2012-2017. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotacion e inversion eficientes de la empresa, que figuran en el citado Estudio Tarifario, el cual comprende basicamente los aspectos contemplados en el Anexo Nº 2 del Reglamento General de Tarifas2. La evaluacion de la Propuesta Final de los Costos Maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales, que seran aplicados por EPS MANTARO S.A. Dicha evaluacion

En el Estudio Tarifario se detallan las asignaciones de consumo establecidas anualmente por cada MORDAZA de categoria. C. LOCALIDAD DE MORDAZA a. Cargo fijo (S/. /Mes): 1,376. Se reajusta por efecto de la inflacion, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. b. Cargo por Volumen de Agua Potable
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a 30 30 a mas 0 a mas 0 a 30 30 a mas 0,678 0,722 1,086 0,678 0,722 0,678 0,722 1,086 0,678 0,722 0,694 0,739 1,111 0,694 0,739 0,694 0,739 1,111 0,694 0,739 0,694 0,739 1,111 0,694 0,739 0 a mas 0a8 8 a mas 0,165 0,258 0,432 0,165 0,258 0,432 0,169 0,264 0,442 0,169 0,264 0,442 0,169 0,264 0,442 RANGOS (m3/mes) Ano 1(1) Tarifa (S/./m3) Ano 2 Ano 3(2) Ano 4 Ano 5

(1) Estas tarifas incorporan el incremento previsto en la formula tarifaria de 6,5% correspondiente al ano 1. (2) Estas tarifas incorporan el incremento previsto en la formula tarifaria de 2,3% correspondiente al ano 3. Los incrementos tarifarios condicionados se encuentran en el literal B de la presente resolucion. Sin embargo, tanto los incrementos tarifarios base como los incrementos tarifarios condicionados se realizaran de acuerdo a lo establecido en el literal C del Anexo Nº 1. c. Cargo por Volumen de Alcantarillado
CLASE RESIDENCIAL 0 a mas 0a8 Domestico 8 a mas NO RESIDENCIAL 0 a 30 Comercial 30 a mas Industrial 0 a mas 0 a 30 Estatal 30 a mas Social 0,047 0,074 0,123 0,194 0,206 0,310 0,194 0,206 0,047 0,074 0,123 0,194 0,206 0,310 0,194 0,206 0,048 0,076 0,126 0,199 0,211 0,318 0,199 0,211 0,048 0,076 0,126 0,199 0,211 0,318 0,199 0,211 0,048 0,076 0,126 0,199 0,211 0,318 0,199 0,211 RANGOS Ano 1(3) Tarifa (S/./m3) Ano 2 Ano 3(4) Ano 4 Ano 5

CATEGORIA (m3/mes)

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