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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2012 (28/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de julio de 2012 471610 la participación activa de la comunidad, realizar una permanente identifi cación de dichas manifestaciones tradicionales del país que deben ser declaradas como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 14º de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, señala que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones la de formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del Patrimonio Cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional; Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y modifi cada por Resolución Ministerial Nº 103-2011-MC, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de reconocimientos, correspondiendo a este Despacho, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación; Estando a lo visado por la Directora General de la Dirección General de Patrimonio Cultural, la Directora de la Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo, y el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2006-ED; la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011/MC, y modifi cada por Resolución Ministerial Nº 103-2011/MC, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la cerámica de Chazuta, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, en atención al origen milenario de las técnicas de elaboración y de la iconografía empleada en su decoración, por la transmisión generacional ininterrumpida de sus saberes, así como por sus valores estéticos y su signifi cado social e identitario para su población. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL VARÓN GABAI Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 819888-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 041-2012-VMPCIC-MC Mediante Ofi cio Nº 0693-2012-MC/SG, el Ministerio de Cultura solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Viceministerial Nº 041-2012-VMPCIC-MC, publicada en nuestra edición del día 16 de julio de 2012. En el artículo 1º.- DICE: “...Provincia del Callao, Departamento de Lima, ...” DEBE DECIR: “...Provincia Constitucional del Callao, declarado Monumento por ...” En el artículo 2º.- DICE: “...Provincia del Callao, Departamento de Lima, ...” DEBE DECIR: “...Provincia Constitucional del Callao, forma parte integrante de...” 820372-1 ENERGIA Y MINAS Designan Presidenta del Directorio de PERUPETRO S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 092-2012-EM Lima, 27 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, creó a la empresa PERUPETRO S.A., organizada como sociedad anónima de acuerdo con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Sociedades, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 311; Que, el artículo 12 de la Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A., Ley Nº 26225, dispone que el Directorio de PERUPETRO S.A. estará integrado por (5) miembros; cuyo Presidente será designado por Resolución Suprema; Que, habiendo presentado la señora abogada Isabel Mercedes Tafúr Marín renuncia al cargo de Presidenta del Directorio de PERUPETRO S.A., resulta necesario aceptar la renuncia y designar a su reemplazo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 26225, Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A.; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia de la señora abogada Isabel Mercedes Tafur Marín al cargo de Presidenta del Directorio de PERUPETRO S.A., dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la señora abogada Rosa María Soledad Ortiz Ríos, como Presidenta del Directorio de PERUPETRO S.A. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 820580-1 Reconocen servidumbre convencional de paso de tránsito a favor de concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la que es titular Panamericana Solar S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 362-2012-MEM/DM Lima, 23 de julio de 2012 VISTOS: El Expediente Nº 11222312 presentado por Panamericana Solar S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12450456 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional de paso y de tránsito para el camino de acceso a la Central Solar Panamericana Solar 20 TS; CONSIDERANDO: Que, Panamericana Solar S.A.C., titular de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Solar Panamericana Solar 20 TS, en mérito de la Resolución Ministerial Nº 272-2011-EM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 22 de junio de 2011, solicitó el reconocimiento de servidumbre convencional de paso y de tránsito para el camino de acceso a dicha central solar, ubicada en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento