Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2012 (29/07/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

471650

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2012

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, la Ley Nº 27619, la Ley Nº 29812, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar los viajes de la senora MORDAZA Delpino Aspiazu y el senor MORDAZA MORDAZA Defilippi Brigneti, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran del 02 al 03 de agosto de 2012, a la MORDAZA de Ezeiza, Buenos Aires, Republica MORDAZA, y del 02 al 05 de agosto de 2012, a la MORDAZA de Amsterdam, Holanda, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 303-2012-MTC/12.04 y Nº 189-2012MTC/12.04. Articulo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido integramente cubiertos por las empresas Lan Peru S.A. y Aero Transporte S.A., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la

presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuados los viajes, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

Codigo: F-DSA-P&C-002

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Revision: Original Cuadro Resumen de Viajes

Fecha: 30.08.10

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 02 AL 05 DE AGOSTO DE 2012 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 189-2012-MTC/12.04 Y Nº 303-2012-MTC/12.04
ORDEN INSPECCION INICIO FIN Nº 1882-2012-MTC/12.04 02-Ago 03-Ago VIATICOS SOLICITANTE INSPECTOR (US$) US$ 400.00 LAN PERU S.A. Delpino Aspiazu, MORDAZA US$ 780.00 ATSA MORDAZA Ezeiza, Buenos Aires MORDAZA MORDAZA DETALLE Chequeo tecnico en ruta MORDAZA - Ezeiza, Buenos Aires - MORDAZA en el equipo B-767 a su personal aeronautico Chequeo tecnico de proficiencia en simulador de vuelo del equipo F-50, a su personal aeronautico RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 39995-1613

1883-2012-MTC/12.04 02-Ago 05-Ago

Defilippi Amsterdam Brigneti, MORDAZA MORDAZA

Holanda

22892-40071

820013-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 386-2012 MTC/02 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2012 VISTOS: El Informe Nº 315-2012-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 2062012-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, las empresas Lan Peru S.A., LC BUSRE S.A.C. y Servicios Aereos de los Andes S.A.C. han presentado ante la autoridad aeronautica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de agosto de 2012, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Lan Peru S.A., LC BUSRE S.A.C. y Servicios Aereos de los Andes S.A.C., han cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de las respectivas Ordenes de Inspeccion y referidas en el Informe Nº 315-2012-MTC/12.04 y Nº 206-2012-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29812, Decreto Supremo Nº 047-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.