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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2012 (31/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 31 de julio de 2012 471720 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, a favor de los Gobiernos Locales, en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal DECRETO SUPREMO Nº 134-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29332, se creó el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, con el objeto de incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales, la ejecución del gasto en inversión y la reducción de los índices de desnutrición crónica infantil a nivel nacional; Que, la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, incorporó en el artículo 1° numeral 1.1 de la Ley Nº 29332 y su modifi catoria, como parte de los objetivos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, la simplifi cación de trámites, la mejora en la provisión de servicios públicos y la prevención de riesgos; asimismo, estableció que el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal se denominará, en adelante, “Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal”, entre otra disposición; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, modifi cado por el Decreto Supremo N° 114-2012-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012, estableciéndose en los artículos 9º y 11º de los mencionados procedimientos que los recursos para el Plan de Incentivos en el año 2012 serán distribuidos en dos etapas, 50% en el mes de julio, por las metas fi jadas al 31 de diciembre de 2011; y, 50% en el mes de octubre, por las metas fi jadas al 31 de julio de 2012; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812 autoriza al Poder Ejecutivo a fi nanciar con cargo a la Reserva de Contingencia, la suma de S/. 782 000 000,00 (SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, disponiendo que la asignación de los recursos de dicho Plan a favor de los Gobiernos Locales se sujeta a lo establecido en el artículo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y se incorporan en los Gobiernos Locales en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 011- 2012-EF/50.01, cuyo anexo fue complementado por la Resolución Directoral Nº 018-2012-EF/50.01, la Dirección General de Presupuesto Público ha aprobado los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas anuales fi jadas al 31 de diciembre de 2011 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45º de la Ley Nº 28411, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812 y el artículo 2º de la Ley Nº 29332; REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL