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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 31 de julio de 2012 471710 asuntos de su competencia, tiene por fi nalidad representar al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible armónicos de su circunscripción, promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo, así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones; promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental; Que, la Ley General de Residuos Sólidos Nº 27314 y sus modifi caciones, establecen que las municipalidades distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción. Los residuos sólidos en su totalidad deberán ser conducidos directamente a la planta de tratamiento, transferencia o al lugar de disposición fi nal autorizado por la Municipalidad Provincial, estando obligados los municipios distritales al pago de los derechos correspondientes. Las municipalidades distritales son competentes para suscribir contratos de prestación de servicios de residuos sólidos con las empresas indicadas en el inciso 9) del artículo 9º de la citada ley; Que, el artículo 27º de la misma ley señala que la prestación de servicios de residuos sólidos por pequeñas empresas o microempresas estará restringida a los residuos del ámbito de la gestión municipal, conforme a las disposiciones reglamentarias que al efecto se dicten para promover su participación; Que, de acuerdo al artículo 43º de la citada Ley, las autoridades sectoriales y municipales establecerán condiciones favorables que directa o indirectamente generen un benefi cio económico, en favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimización, segregación de materiales en la fuente para su reaprovechamiento, o de inversión en tecnología y utilización de prácticas, métodos o procesos que coadyuven a mejorar el manejo de los residuos sólidos en los sectores económicos y actividades vinculadas con su generación; Que, la implementación del Programa de Segregación en la Fuente de Residuos Sólidos Selectivos (plásticos y vidrios) de la Municipalidad distrital de Surquillo, tiene como objetivos estratégicos:1)Implementar el Programa de Segregación en la Fuente en el distrito de Surquillo, como parte importante, de la recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios. 2) Reducir el volumen de los residuos sólidos incrementando la vida útil del relleno sanitario. 3) Colaborar con la disminución del consumo de energía y recursos naturales. 4) Contribuir con la generación de nuevos empleos relacionados al reciclaje. 5) Lograr el compromiso activo de los ciudadanos del distrito de Surquillo, a través de la segregación en la fuente.6)Lograr el compromiso institucional de la Municipalidad del distrito de Surquillo, desde las principales autoridades Alcalde, Regidores, Gerente Municipal, Gerentes de Línea, principalmente la Gerencia de Protección del Medio Ambiente, y demás funcionarios. 7) Cumplir con los requerimientos técnicos exigidos por el Ministerio del Ambiente, para el cumplimiento del programa de implementación de segregación en la fuente del distrito; Que, en el distrito de Surquillo se genera una gran cantidad de residuos sólidos domiciliarios, siendo el plástico el de mayor porcentaje con 11.64%, seguido del vidrio con 11.269%, los cuales tiene una rentabilidad social y económica en su proceso de reciclaje y reaprovechamiento. Este reaprovechamiento lo realizan actualmente algunas personas de manera informal y en condiciones precarias, por tanto incrementan los riesgos de salud y deterioro del medio ambiente del distrito, necesitándose un ordenamiento normativo y la promoción de prácticas saludables de reducción, reutilización y reciclaje de residuos sólidos, para este programa de segregación en la fuente, que en un inicio sensibiliza y recolecta plásticos y vidrios en el distrito; Que, es política de la gestión municipal contar con un sistema distrital de gestión de residuos sólidos de calidad efi caz, efi ciente, sostenible, sustentable, inclusivo y equitativo que comprenda un programa de recolección selectiva de residuos sólidos en todo el Distrito que incentive la segregación en la fuente (hogares y establecimientos comerciales); Que, en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, el artículo 39º y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR la implementación del PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE Y RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS EN UN 7% DE LAS VIVIENDAS URBANAS DEL DISTRITO DE SURQUILLO. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento. Presupuesto y Cooperación Internacional y Gerencia de Protección del Medio Ambiente. Mando, regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 820650-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Aprueban Programa de Formalización de Recicladores, Recolección y Segregación de Residuos Sólidos en el distrito de Bellavista ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2012-CDB Bellavista, 25 de julio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Bellavista, en Sesión Ordinaria celebrada el 25 de julio de 201, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicios de sus facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y el Reglamento de Organización Interior del Consejo y con dispensa del trámite de Lectura y aprobación del Acta; ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE FORMALIZACIÓN DE RECICLADORES, RECOLECCIÓN Y SEGREGACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL DISTRITO DE BELLAVISTA Artículo 1º.- Apruébase la Ordenanza Municipal que Aprueba el Programa de Formalización de Recicladores, Recolección y Segregación de Residuos Sólidos en el Distrito de Bellavista cuyo texto, como anexo es parte de constitutiva de la presente ordenanza. Artículo 2°.- Encárguese a la Unidad de Informática su publicación en el Portal del Estado peruano http://www.peru. gob.pe y el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista http://www.munibellavista.gob.pe