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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2012 (31/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 31 de julio de 2012 471706 Que, resulta conveniente brindar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales y sustanciales, por lo que se hace necesario prorrogar el plazo de vencimiento de la Ordenanza 226, toda vez que se advierte gran interés en los contribuyentes del distrito en acogerse al presente benefi cio; Estando a los fundamentos expuestos y contando con la conformidad de la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria mediante Informe Nº 532-2012- MDLM-GAT-SGRFT, de la Gerencia de Administración Tributaria mediante Informe Nº 146-2012-MDLM-GAT y de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 294-2012-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades conferidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de setiembre de 2012, la vigencia de la Ordenanza Nº 226 que aprueba “Benefi cios Tributarios para la regularización y/o actualización de la información del predio, como resultado de un procedimiento de fi scalización tributaria y/o actualización catastral”. Artículo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Recaudación y Control, Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria, Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación, la publicación en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob. pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 820026-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 307 mediante la cual se estableció amnistía para el pago de deudas tributarias y no tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2012-A-MDR Rímac, 25 de julio del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTOS: El Informe Nº 127-2012-GR-MDR, emitido por la Gerencia de Rentas, mediante el cual se propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza que establece amnistía para el pago de deudas tributarias y no tributarias, Ordenanza Nº 307. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú dispone en su artículo 194º que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; Que, el artículo 41º del mismo cuerpo legal, señala que los Decretos de Alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, con fecha 4 de julio de 2012 se publicó la Ordenanza Nº 307, mediante la cual se aprobó una amnistía para el pago de deudas tributarias y no tributarias, con vigencia hasta el 31 de julio de 2012; Que, la Tercera Disposición Final de la citada Ordenanza, faculta al Alcalde para que pueda prorrogar la vigencia de dicha ordenanza, mediante decreto de alcaldía; Que, en atención al breve plazo de su vigencia y a la respuesta favorable que viene teniendo este benefi cio, resulta pertinente prorrogar la vigencia de dicha norma, a fi n de permitir que un mayor número de vecinos pueda acogerse a la misma; Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades: DECRETA Artículo Primero.- OBJETO Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 307, que establece amnistía para el pago de deudas tributarias y no tributarias, hasta el 15 de agosto de 2012. Entiéndase que por efectos de la prórroga, los benefi cios tributarios de descuento, aplicables a partir de la vigencia del presente Decreto de Alcaldía, serán los establecidos en los artículos cuarto, literales a) y c); y, quinto de la Ordenanza Nº 307. Artículo Segundo.- CUMPLIMIENTO Encargar a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, así como a la Secretaría General y Comunicaciones, la divulgación y difusión de sus alcances. POR TANTO Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 819860-1 Aprueban Programa Segregación en la Fuente como parte del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito del Rímac DECRETO DE ALCALDIA N° 006-2012-A-MDR Rímac, 26 de julio del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTOS: La Ordenanza Nº 268-MDR, que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito del Rímac y el Informe Nº 087-2012-GSCYMA-MDR emitido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, respecto al Programa Segregación en la Fuente del año 2012.