Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2012 (06/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de junio de 2012

NORMAS LEGALES
CUOTA Cuarta PERIODO Tercera Julio-Agosto-Setiembre 2012

467897
VENCIMIENTO Hasta el 28 de Setiembre 2012

Unico de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que "Los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica establece para las municipalidades, radica la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico". Que, el Articulo 15º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF, dispone que el Pago al Contado del Impuesto Predial o la Primera Cuota fraccionada de este tributo, vence el ultimo dia habil del mes de febrero. Que, el ultimo parrafo del Articulo 29º del TUO del Codigo Tributario aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF y modificatorias, establece que el plazo para el Pago de la Deuda Tributaria podra ser prorrogada, con caracter general por la Administracion Tributaria. Que, la Municipalidad Provincial de Huaral, mediante la Ordenanza Municipal Nº 023-2011-MPH, establecio el MORDAZA legal de la MORDAZA Predial y Vehicular 2012 y fija el monto a pagar por la Emision Mecanizada de Tributos, Publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 31 de Diciembre del 2011. Que, la citada Ordenanza Municipal en el parrafo precedente, faculta en su primera disposicion transitoria y final, al MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral, para que mediante Decreto, prorrogue los plazos establecidos. Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 001-2012-MPH de fecha 28 de Febrero del 2012 se Decreta Prorrogar el plazo establecido en el Articulo 11º de la Ordenanza Municipal Nº 023-2011-MPH. Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 003-2012-MPH de fecha 02 de MORDAZA, se Decreta Prorrogar el Plazo de Vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial del presente Periodo Fiscal, asimismo se prorrogo los plazos de la MORDAZA, Tercera y Cuarta Cuota del Impuesto Predial. Que, mediante Informe Tecnico Nº 012-2012-MPHGR de fecha 28 de MORDAZA del 2012 la Gerencia de Rentas solicita promulgar mediante Decreto de Alcaldia, que establezca la Prorroga de los Plazos senalados en el Decreto de Alcaldia Nº 003-2012-MPH. Que, mediante Informe Legal Nº 500-2012-MPH/OAJ de fecha 31 de MORDAZA del 2012, la Gerencia de la Oficina de Asesoria Juridica, opina que en merito a las atribuciones del MORDAZA previstas en el Articulo 20º numeral 6 de la Ley Nº 27972 y mediante Decreto de Alcaldia, se establezcan las normas reglamentarias y/o complementarias, para la aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 023-2011-MPH y las modificaciones de los Decretos de Alcaldia Nº 0012012 y 003-2012-MPH, los que contemplan las prorrogas a la ampliacion de los plazos establecidos inicialmente en la referida ordenanza Nº 023-2011-MPH, ya que dicha prorroga beneficiara a la poblacion de Huaral. ESTANDO A LO EXPUESTO, A LAS NORMAS VIGENTES SENALADAS Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL INCISO 6) DEL ARTICULO 20º DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES ­ LEY Nº 27972; DECRETA: Articulo Unico.- MODIFICAR el Decreto de Alcaldia Nº 003-2012-MPH de fecha 02 de MORDAZA del 2012, ampliando la prorroga del plazo establecido en el Articulo 11º de la Ordenanza Municipal Nº 023-2011-MPH, bajo el siguiente criterio: a) Pago de la Primera Cuota al Contado por parte de los Administrados hasta el 20 de Junio del 2012. b) Pago efectivo en cuotas, hasta cuatro (4) cuotas trimestrales. A ser pagadas de acuerdo al siguiente cronograma:
CUOTA PERIODO VENCIMIENTO Hasta el 20 de Junio del 2012 Hasta el 25 de MORDAZA 2012

Octubre-Noviembre-Diciembre 2012 Hasta el 30 de Noviembre 2012

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 797235-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN
Establecen denominado 2012" beneficio "Amnistia tributario Tributaria

ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2012-MDS Sayan, 23 de MORDAZA de 2012. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYAN VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Tecnico Nº 001-2012-GAT/MDS de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Tecnico del exordio la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, sustenta la necesidad de establecer la MORDAZA de "Amnistia Tributaria 2012" en el Distrito de Sayan, senalando que dicho beneficio tributario, contribuira a reducir el monto de caracter no exigible, contando con Dictamen favorable Nº 001-2012-MDS-CRyA Y CEPyP-CM realizado en forma conjunta por las Comisiones de Rentas y Administracion, y de Economia, Planificacion y Presupuesto del Concejo, con las modificaciones incluidas en los Articulos 3º y 5º del Proyecto de Ordenanza que DISPONE EL BENEFICIO DE LA CAMPANA: "AMNISTIA TRIBUTARIA 2012" Que, con las deliberaciones correspondientes, de conformidad a lo dispuesto en los incisos 8) del Articulo 9º y 5) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972, y con el MORDAZA unanime del Concejo Municipal, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE EL BENEFICIO DE LA CAMPANA: "AMNISTIA TRIBUTARIA 2012" Articulo Primero.- OBJETIVO La presente ordenanza tiene por objeto otorgar beneficios para la regulacion de deudas tributarias y administrativas generadas MORDAZA de la vigencia de la presente ordenanza, cualquiera fuera el estado en que se encuentren. Articulo Segundo.- ALCANCE En materia tributaria, podran acogerse al presente beneficio los contribuyentes propietarios y/o posesionarios de los predios ubicados en todo el distrito de Sayan. a) Obligaciones tributarias vencidas MORDAZA de la vigencia de la presente ordenanza. b) Convenios de fraccionamiento suscritos con anterioridad aun cuando hubiera recaido sobre ellos Resolucion de Perdida de Beneficio. En cuanto a las multas administrativas, podran acogerse los administrados respecto de las multas administrativas referidas a predios ubicados en todo el

Primera Enero-Febrero-Marzo 2012 MORDAZA Abril-Mayo-Junio 2012

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