Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2012 (06/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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BELTHIER PAZ MORDAZA, y en consecuencia, no ratificarlo en el cargo de Fiscal Provincial Titular de la Fiscalia Provincial en lo Penal de Chiclayo, Distrito Judicial de MORDAZA Que, por Resolucion N° 209-2012-PCNM, de fecha 10 de MORDAZA del 2012; el Consejo Nacional de la Magistratura, resolvio declarar infundado el recurso extraordinario interpuesto por el referido magistrado contra la Resolucion N° 064-2012-PCNM, por lo que se hace necesario dar por concluida su designacion en el Despacho que venia ocupando; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA BELTHIER PAZ MORDAZA, Fiscal Provincial Titular Penal de Chiclayo, Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, materia de la Resolucion N° 413-2009-MP-FN, de fecha 27 de marzo del 2009. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y al Fiscal mencionado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 797692-3 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1375-2012-MP-FN MORDAZA, 05 de junio del 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 1722-2011-MP-PJFSAMAZONAS, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, se elevo la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MERA, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designado en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA de MORDAZA, por motivos de indole personal, con efectividad a partir del 03 de MORDAZA del 2012; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades concedidas por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MERA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas y su designacion en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 1106-2010-MP-FN, de fecha 02 de MORDAZA del 2010, con efectividad a partir del 03 de MORDAZA del 2012. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y al Fiscal mencionado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 797692-4

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Sede del Gobierno Regional Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 307 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de la Region Amazonas, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru del 1993 modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley 27867 y sus modificatorias: en Sesion Ordinaria de fecha 18 de MORDAZA del 2012, ha aprobado por unanimidad la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales, de conformidad con el Art. 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; en tal contexto, de conformidad con el Inc. a) del Art. 9º del acotado cuerpo normativo, tiene como una de sus competencias constitucionales: "Aprobar su organizacion interna y su presupuesto". Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar la organizacion del Gobierno Regional, de conformidad con lo previsto en el Art. 15°, Inc. "a" de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, que senala: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; precepto que le confiere facultad de aprobar los documentos de gestion, entre otros, de la Sede y Dependencias Publicas del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 38° del mencionado cuerpo normativo que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general en la organizacion y la administracion del Gobierno Regional. Que, el Presidente Regional ha presentado ante el Consejo Regional para su aprobacion, los documentos de gestion de la Sede del Gobierno Regional Amazonas: Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF); Organigrama Estructural y Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), reformulados considerando algunos aspectos sustanciales de las recomendaciones establecidas en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 1802011-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR-SO, de fecha 26 de Octubre del 2011; los mismos que luego de evaluados por la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, se ha determinado que el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), actualizado comprende la modificacion de funciones de la Oficina de Abastecimientos y Patrimonio Fiscal, por fusion de la Oficina de Contrataciones y Adquisiciones, en virtud a las disposiciones normativas del Decreto Ley Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado con D.S. Nº 184-2008-EF; la inclusion de funciones de la Oficina de Estadistica; la inclusion de funciones en materia de micro y pequena empresa en la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, en virtud a la Ley Nº 29271; incorporacion de funciones en materia de promocion de

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