Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2012 (06/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de junio de 2012

micro y pequena empresa en la Direccion Regional de la Produccion; modificacion de funciones en materia de trabajo y promocion del empleo y la implementacion de algunas funciones solicitadas por algunas Unidades Organicas, tales como responsabilidad de elaboracion del PDT, transferencia contable de Obra. Que, en cuanto al Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), se destaca la modificacion del Cuadro Nominativo de Personal, considerando en la condicion de nombrados a los servidores contratados por servicios personales, que han sido nombrados en el Ejercicio 2009; la inclusion del cargo Nº 52, de Asistente Social IV, profesional categoria Remunerativa SPA, en calidad de prevista, en la Oficina de Recursos Humanos y dentro de otras modificaciones importantes, se encuentran las que han permitido la reposicion de dos servidoras en plazas de naturaleza permanente, como contratadas por servicios personales, en virtud a Sentencias Judiciales en autoridad de cosa juzgada. Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, ha sido reformulado, de conformidad a las normas vigentes, dentro de ellas al D.S. Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamentos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las Entidades de la Administracion Publica, asi como cumple con la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleado Publico, el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento, aprobado por D.S.Nº 005-90-PCM, y el D.Leg. Nº 1017 ­ Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado con D.S. Nº 1842008-EF, entre otras normas conexas; por lo que el pleno ha visto por conveniente su aprobacion. Que, el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, se encuentra enmarcado dentro de las normas vigentes, toda vez que cumple con los requisitos exigidos por el D.S. Nº 043-2004PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del CAP de las Entidades de la Administracion Publica, cuya actualizacion no ha significado mayores cambios cuantitativos en la poblacion laboral, pues solo se ha incrementado una plaza mas con relacion al CAP anterior vigente, siendo el numero total de cargos de 172, de los cuales: 123 estan en calidad de Ocupadas y 49 en calidad de Previstas; por lo que el pleno ha visto por conveniente su aprobacion. Que, la modificacion del Organigrama Estructural del Gobierno Regional Amazonas, responde a los cambios sustentados en el Reglamento de Organizacion y Funciones y el Cuadro para Asignacion de Personal, de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, por lo que es conveniente su aprobacion. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional N° 008, mediante Acuerdo N° 104-2012 de fecha 19 de MORDAZA del 2010, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° de la Ley N° 27867 y sus modificatorias N° 28968 y 29053 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) reformulado de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, que contiene cinco (05) Titulos, ciento doce (112) Articulos, cuatro (04) Disposiciones Complementarias y cuatro (04) Disposiciones Transitorias, en 64 folios y el Organigrama Estructural del Gobierno Regional Amazonas. Articulo Segundo.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) reformulado de la Unidad Ejecutora 01 - Sede del Gobierno Regional Amazonas, en 031 folios. Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 219-2008-GRA/CR, de fecha 11 de Agosto del 2008 y deroguese toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion.

En Chachapoyas, a los 23 dias del mes de MORDAZA del 2012. GORKY MORDAZA POQUIOMA Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 08 dias del mes de MORDAZA del 2012. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Amazonas. 796788-1

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Declaran al Saneamiento Ambiental Basico como eje estrategico de desarrollo para la region Huancavelica
ORDENANZA REGIONAL Nº 192-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 8 de febrero de 2012 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA AL SANEAMIENTO AMBIENTAL BASICO COMO EJE ESTRATEGICO DE DESARROLLO PARA LA REGION HUANCAVELICA Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Publico con autonomia politica, economica y administrativa teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa. Que, en el MORDAZA de lo establecido en la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, y considerando que hay necesidad de institucionalizar el sector saneamiento en la jurisdiccion del Gobierno Regional Huancavelica se debe precisar y considerar el articulado siguiente: - Articulo 8º: Las autonomias de gobierno; la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia. Se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el MORDAZA de la unidad de la Nacion. La autonomia se sujeta a la Constitucion y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas; - Articulo 9º: Dimensiones de las autonomias: 9.1. Autonomia politica: es la facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes.9.2. Autonomia administrativa: es la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad.9.3. Autonomia economica: es la facultad de crear, recaudar y administrar sus rentas e ingresos propios y aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Su ejercicio supone

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