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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (06/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de junio de 2012 467894 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Autorizan viaje del Alcalde a Paraguay para asistir al II Congreso Internacional de la Federación Latinoamericana de Ciudades Turísticas ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-2012-MDC Cieneguilla, 10 de mayo de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la Carta s/n de fecha 19 de abril de 2012 de la Presidencia de la Federación Latinoamericana de Ciudades Turísticas, el Informe N° 054-2012-GAFC/MDC de fecha 09 de mayo de 2012, el Memorando N° 088-2012-GPP/MDC de fecha 09 de Mayo de 2012 de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe N° 146-2012-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 09 de Mayo de 2012 y el Proveído N° 107-2012-GM-MDC de la Gerencia Municipal de fecha 09 de mayo de 2012. CONSIDERANDO: Que, el inciso 11) del artículo 9° de la Ley N° 27972 establece que son atribuciones del Concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”, por lo que la autorización de viaje deberá ser aprobada por el Concejo Municipal; Que, mediante la Carta s/n de fecha 19 de abril de 2012 la Presidencia de la Federación Latinoamericana de Ciudades Turísticas, invita al Sr. Alcalde Emilio Alberto Chávez Huaringa, al II Congreso Internacional del día 06 al 09 de Junio de 2012 a realizarse en la ciudad de San Bernardino, departamento de Cordillera, República del Paraguay; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 033-2012-MDC de 10 de mayo de 2012 se acordó aprobar la participación de la Municipalidad de Cieneguilla, en calidad de miembro fundador, de la Asociación de Municipalidades Turísticas del Perú, conforme con las normas del Código Civil y el artículo 125° de la Ley Orgánica de Municipalidades, sujetándose a los estatutos que rigen dicha persona jurídica; Que, el Artículo 10.1 de la Ley N° 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2012 dispone que: “Prohíbanse los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad: (...) c) Los títulares de los organismos constitucionalmente autónomos, los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212, Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios, Autoridades del Estado y Dicta Otras Medidas y modifi catoria. (…) En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad y en los gobiernos regionales y gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo de consejo regional o concejo municipal, respectivamente. En todos los casos, la resolución o acuerdo de excepción es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Los viajes que se autoricen en el marco de la presente disposición deben realizarse en categoría económica” (Resaltado nuestro); Que, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto mediante Memorando N° 088-2012 PP/MDC indica que los gastos para la participación del Señor Alcalde en el II Congreso Internacional de la Federación Latinoamericana de Ciudades Turísticas podrá ser atendido con cobertura presupuestaria con la específi ca del gasto: 2.3.2.1.1.1 Pasajes y Gastos de Transporte y con la específi ca del gasto: 2.3.2.1.1.2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio haciendo un total de S/. 5,809.50 (CINCO MIL OCHOCIENTOS NUEVE CON 50/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe N° 146-2012-GAJ-MDC la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que es conveniente se apruebe la autorización de viaje al exterior del Sr. Alcalde a efectos que participe en el II Congreso Internacional de la Federación Latinoamericana de Ciudades Turísticas a realizarse en la ciudad de San Bernardino, departamento de Cordillera, República del Paraguay, previa aprobación por el Concejo Municipal, conforme se encuentra señalado en el artículo 9°, numeral 11) de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo estipulado en el inciso 1) del artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades, en ausencia o vacancia del Alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de ausencia o vacancia de este último lo reemplaza el regidor hábil que sigue en la lista; Estando a los fundamentos antes expuestos y sometido a debate y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972 y contando con el voto UNANIME de los Señores Regidores miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de aprobación y lectura del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Señor Alcalde Emilio Alberto Chávez Huaringa, los días del 06 al 09 de Junio de 2012 para que asista al II Congreso Internacional de la Federación Latinoamericana de Ciudades Turísticas, a realizarse en la Ciudad de San Bernardino, Departamento de Cordillera, República del Paraguay. Artículo Segundo.- DISPONER que los gastos que irrogue el cumplimiento del presente acuerdo se efectúa con cargo al presupuesto institucional de acuerdo al siguiente detalle: CLASIFICACIÓN ESPECÍFICA DEL GASTO 2.3.2.1.1.1 PASAJES Y GASTOS DE TRANSPORTE 2.3.2.1.1.2 VIATICOS Y ASIGNACIONES POR COMISION DE SERVICIO MONTO S/. 5,809.50 Nuevos Soles Artículo Tercero.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía a la Teniente Alcaldesa, Señora Dora Solís Mendoza, desde el miércoles 06 al sábado 09 de Junio de 2012. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento el presente Acuerdo a la Gerencia Municipal y demás órganos competentes para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 797677-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) ORDENANZA Nº 236 -MDSM San Miguel, 28 de mayo del 2012