Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2012 (20/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 018-2007-MDJM de fecha 13 de junio del 2007 se aprobo el Reglamento de la referida Ordenanza; Que, el articulo 14 del precitado Reglamento establece la autorizacion y el ejercicio de la venta de helados, el mismo que debe ser adecuado a las modificaciones funcionales, estructurales y programaticas de la actual administracion orientadas al beneficio de la comunidad; Que, mediante Expediente N° 3655-2012 de fecha 27 de marzo del 2012, las Asociaciones de Heladeros Independientes "Pedro D'onofrio" y de Heladeros "San Jose" proponen la aprobacion del pago unico por Derecho de tramite de autorizacion y/o renovacion por el uso de la via publica de la actividad comercial itinerante; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil, mediante Informe N° 724-2012-MDJM-GAJyRC de fecha 08 de junio del 2012 opina por la procedencia de la presente norma; Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42 y el numeral 6 del articulo 20 de la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- MODIFICASE el Articulo 14 del Reglamento de la Actividad Comercial en Via Publica en la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA, aprobado por el Decreto de Alcaldia N° 018-2007-MDJM, el mismo que tendra el siguiente texto: "Articulo 14°.- La autorizacion municipal para la venta de helados, por ser una actividad comercial de estacion y/o temporada, tiene una vigencia de 12 meses, contados a partir del mes de MORDAZA hasta MORDAZA del ano siguiente, pudiendo comercializar, de junio a octubre, adicionalmente golosinas, y cafe. La actividad es ejercida solamente en triciclos, de manera itinerante y su incumplimiento conlleva la perdida automatica de la autorizacion municipal. Articulo Segundo.- ESTABLEZCASE el pago unico anual por Derecho de tramite para la autorizacion del uso de la via publica en el giro de helados. Articulo Tercero.- DEJASE sin efecto toda disposicion que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 803057-1

de Administracion, Economia y Finanzas e Informe Nº 314-2012-SP-MPC de la Subgerencia de Personal que da cuenta de la conclusion del MORDAZA CAS Nº 079-2012MPC, para la contratacion de Un Ejecutor Coactivo; CONSIDERANDO; Que, de conformidad con lo previsto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los gobiernos locales bajo el MORDAZA de Estado Unitario, estan sujetos a las disposiciones legales que de manera general y de conformidad a la Constitucion y las Leyes, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico Nacional; Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 7.1 de la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva Nº 26797, se establece que la designacion de Ejecutor Coactivo se efectuara mediante Concurso Publico de merito. Y el articulo 4º de la mencionada MORDAZA senala expresamente los requisitos para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo y en concordancia con la Ley Nº 27204 se precisa que el cargo de Ejecutor Coactivo no es cargo de confianza; Que, segun Informe Nº 335-2011 y 142-2012-SP-MPC de la Subgerencia de Personal comunica que al haberse declarado desierto la Tercera convocatoria para Ejecutor Coactivo, se tomen las medidas en cuanto a la mejora economica por ser el principal factor que no permitio la afluencia de Postulantes; Que, mediante Memorandum Nº 008-2012-SGPPMPC, de la Sugerencia de Planeamiento y Presupuesto, sugiere realizar la Convocatoria y MORDAZA de contratacion dentro del regimen CAS, toda vez que mediante Informe Nº 023-2012-SGPP-MPC, se dio cobertura para su atencion, siendo autorizado mediante proveido de fecha 09 de MORDAZA del 2012, por la Gerencia de Administracion, Economia y Finanzas; Que, Informe Nº 314-2012-SP-MPC de la Subgerencia de Personal donde comunica la conclusion del MORDAZA CAS Nº 079-2012-MPC, habiendo sido declarado ganador el Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA WILMER como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Canete; Estando a lo expuesto y, en uso de las facultades conferidas por el Articulo 20º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y; contando con las visaciones de la Gerencia Municipal y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los resultados finales del Concurso Publico mediante MORDAZA CAS Nº 0792012-MPC para la Contratacion de un Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Canete; de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente resolucion. Articulo 2º.- Designar al Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA WILMER, como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Canete, del 05 de Junio del 2012 al 04 de Diciembre del 2012, segun Contrato Administrativo de Servicios Nº 098. Articulo 3º.- Encarguese a la Gerencia de Secretaria General hacer la respectiva publicacion. Articulo 4º.- Encarguese a la Gerencia de Administracion, Economia y Finanzas y a la Subgerencia de Personal el cumplimiento de la presente resolucion, implementando y disponiendo las acciones que resulten necesarias. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 803330-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Designan Ejecutor Municipalidad Coactivo de la

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 254-2012-AL-MPC Canete, 5 de junio del 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE VISTO; Memorandum Nº 008-2012-SGPP-MPC, de la Sugerencia de Planeamiento y Presupuesto y proveido de fecha 09 de MORDAZA del 2012, de la Gerencia

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