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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (20/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de junio de 2012 468705 Registro de Bienes, debiendo en este caso el Registrador disponer la tacha del título. Artículo 57º.- Cancelación de la anotación de correlación por existencia de testamento en los Registros de Bienes La correlación en el Registro de Bienes se extingue de pleno derecho cuando no se anote en el Registro de Sucesiones Intestadas la medida cautelar cuya prioridad fue reservada por la anotación preventiva por existencia de testamento, prevista en el artículo 37 del presente Reglamento. Artículo 58º.- Participaciones sociales en el Registro de Personas Jurídicas Para el caso de participaciones sociales inscritas en el Registro de Personas Jurídicas, se sujetan a las disposiciones contenidas en el Título VI del presente Reglamento, en cuanto le fuere aplicable. Disposiciones Complementarias y Finales Primera.- Implementación del Índice Nacional de Sucesiones Créase el Índice Nacional de Sucesiones que estará conformado por el Índice del Registro de Testamentos y el Índice del Registro de Sucesiones Intestadas de todas las Ofi cinas Registrales del país. Dicho índice concentrará una base de datos centralizada, cuyo criterio de búsqueda es el nombre completo del causante de la sucesión y la Gerencia de Informática de la SUNARP lo implementará en un plazo máximo de cuarenta (40) días hábiles contados desde el día hábil siguiente a la fecha de la resolución que aprueba el presente Reglamento. Segunda.- Forma de los Certifi cados Compendiosos El certifi cado compendioso positivo o negativo relacionado a cada Registro, así como el Certifi cado Registral de Sucesiones (CRES), se expedirá de acuerdo al formato que aprobará la SUNARP. La Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Públicas de la SUNARP, la Gerencia Registral de la SUNARP, la Gerencia de Informática de la SUNARP, y Gerencia de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, elaborarán los formatos para su aprobación. Tercera.- Disposición derogatoria Derógase, a partir de la vigencia del presente Reglamento, el Reglamento del Registro de Testamentos aprobado por Acuerdo de la Corte Suprema de fecha 22 de enero de 1970, así como todas las disposiciones de igual o inferior jerarquía que se opongan al mismo. Cuarta.- Vigencia del Reglamento El Reglamento entrará en vigencia a los cuarenta (40) días hábiles contados desde el día hábil siguiente a su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. 803487-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juezas Supernumerarias del Tercer y Segundo Juzgados de Familia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 421-2012-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 18 de junio del 2012 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante ingreso Nº 42645-2012 y la comunicación que antecede, la doctora Carmen Alicia Sánchez Tapia, Juez del Segundo Juzgado de Familia de Lima, solicita licencia a partir del 19 al 22 de junio del presente año, debido al delicado estado de salud de su señor Padre. Que, en atención a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente con el fi n de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Segundo Juzgado de Familia de Lima, designar al Magistrado que reemplace a la doctora Sánchez Tapia. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR a la doctora ROXANA ISABEL PALACIOS YACTAYO, como Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado de Familia de Lima, a partir del 19 al 22 de junio del presente año, por la licencia de la doctora Sánchez Tapia. Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 803713-1 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 422-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 19 de junio del 2012 VISTOS; la razón que antecede; y, CONSIDERANDOS: Que, mediante la comunicación que se da cuenta en la fecha, se informa a esta Presidencia que la doctora Elizabeth Minaya Huayaney, Juez Titular del Tercer Juzgado de Familia de Lima, no ha asistido a laborar por motivos de salud. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente con el fi n de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Tercer Juzgado de Familia de Lima designar al Magistrado que reemplazará a la doctora Minaya Huayaney. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,