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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (21/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de junio de 2012 468792 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Paraguay y encargan su Despacho al Ministro de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 185-2012-PCM Lima, 21 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Secretario General de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) ha convocado a una reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de los países miembros del citado organismo, a fi n de analizar la situación política que actualmente atraviesa la República de Paraguay, donde su Presidente Fernando Lugo será sometido a un juicio político de destitución, y de evaluar la posibilidad de aplicar un protocolo contra golpes de Estado en ese país; Que, la referida reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de los países miembros de UNASUR se llevará a cabo del 21 al 22 de junio de 2012, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay; Que, es necesaria la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso, en la referida reunión; Teniendo en cuenta el Memorándum (OPR) Nº OPR0340/ 2012, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del 21 al 22 de junio de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 21 al 22 de junio de 2012, para que participe en la reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR. Artículo 2º.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores viajará en el avión presidencial, por lo que los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios por concepto de viáticos serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 00386: Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso 200.00 1+1 400.00 Artículo 3º.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor Luis Miguel Castilla Rubio, Ministro de Economía y Finanzas, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL