Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2012 (21/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de junio de 2012

22. Tener en uso o conduccion mas de un modulo dentro del distrito o fuera del mismo. 23. Adquirir o comercializar mercaderia robada, adulterada, falsificada, contaminada o que atente contra la industria nacional o internacional, la salud, la moral y las buenas costumbres. 24. Adquirir o comercializar mercaderia de dudosa procedencia y que atente contra la propiedad intelectual (libros, revistas, cassetts, discos compactos, software y similares, etc.). 25. Practicar al interior del modulo juegos de azar. 26. Sustraer fluido electrico de las redes publicas de energia sin contar con la autorizacion de la empresa de servicios de distribucion de energia electrica para el distrito (Luz del Sur). 27. Arrojar aguas servidas a la via publica. 28. Pernoctar o dejar bultos o cajones fuera del horario habitual de trabajo. 29. Permitir la instalacion de relojes de las empresas de transporte publico en sus modulos. 30. La condicion de empleador de otros conductores autorizados. 31. Exhibir publicidad no autorizada. 32. Realizar el alquiler de celulares, vender tarjetas de telefonia celular o brindar el servicio de recarga virtual. 33. No portar el uniforme de trabajo autorizado. 34. Presentar el uniforme de trabajo en condiciones antihigienicas. 35. Mantener una relacion laboral con el proveedor de los insumos que utilice para el desarrollo de su actividad (sea vendedor o empleado de otra persona natural o juridica). Articulo Vigesimo Octavo.- El control y fiscalizacion para el cumplimiento de la presente Ordenanza estara a cargo de la Gerencia de Fiscalizacion Administrativa de conformidad a sus competencias. TITULO XI DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo Vigesimo Noveno.- Se considera infraccion administrativa, las acciones u omisiones por parte de los conductores autorizados, en las que transgredan las prohibiciones establecidas en el Articulo Vigesimo Octavo de la presente Ordenanza, las que daran merito a la imposicion de las sanciones administrativas pecuniarias y no pecuniarias de conformidad al procedimiento administrativo sancionador previsto en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas. En el caso de que se incurra en las prohibiciones previstas en los numerales 23 y 24 del articulo Vigesimo MORDAZA, se pondra en conocimiento a INDECOPI, a efectos de que MORDAZA las acciones administrativas de su ambito Articulo Trigesimo.- Los Fiscalizadores o Policias Municipales se encuentran facultados para efectuar el Decomiso, Retencion y/o Retiro de aquellos bienes, materiales u objetos que se encuentren en zonas no autorizadas para el comercio en la via publica o de aquellos cuyos conductores o titulares que no cuenten con la respectiva autorizacion para el comercio en la via publica, debiendo redactar un acta donde se detalle las caracteristicas de los bienes afectados con una de las medidas complementarias citadas. Dicha accion se ejecuta sin perjuicio de la sancion pecuniaria que corresponda. TITULO XII DISPOSICIONES FINALES Primera.- Las sanciones aplicables para la supervision del adecuado funcionamiento de los modulos dedicados al expendio de Periodicos, Diarios, Revistas, seran las aplicables para el uso comercial de la via publica en el distrito de La MORDAZA, segun el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas vigentes. Segunda.- Facultese al Senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Tercera.- La presente Ordenanza entrara a regir a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- En todo lo que no esta contemplado en la presente Ordenanza, sera de aplicacion las disposiciones contenidas en la Ley Organica de Municipalidades y en la Ordenanza que regula el uso comercial de la via publica para las otras actividades comerciales reconocidas en el distrito de La Molina. Quinta.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologia de Informacion y Comunicacion, la publicacion en la Pagina Web de la municipalidad: www.munimolina.gob. pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 803276-3

Aprueban el "Plan Integral de Uso Comercial de la Via Publica para el periodo 2012 - 2017"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 063-2012 La MORDAZA, 11 de junio de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 11 de Junio del 2012, el Dictamen Nº 05-2012 de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Promocion Comercial y el Dictamen Nº 09 -2012 de la Comision de Asuntos Juridicos, sobre el Plan Integral del Uso Comercial de la Via Publica para el Periodo 2012-2017; CONSIDERANDO: Que, es proposito de la Corporacion Municipal ordenar el desarrollo de las actividades comerciales que se realizan en la via publica a cargo de las personas dedicadas a la venta de golosinas, venta de periodicos, venta de MORDAZA, venta de emolientes, venta de helados, servicio de cerrajeria, servicio de lustrado de calzado y servicio de cambio de moneda extranjera, en modulos y zonas debidamente acondicionadas para tal fin; Que, es indispensable regularizar la situacion de los conductores que desarrollan estas actividades, a fin de fortalecer las acciones de control y de fiscalizacion necesarias para el uso comercial en la via publica; Que, la autorizacion municipal otorgada implicara un mayor compromiso de parte de los conductores en el cumplimiento de las normas sanitarias aplicables y de las disposiciones municipales dirigidas a garantizar el orden y ornato en el distrito; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 038-97, de fecha 12 de junio de 1997, se aprobo el Plan Integral de Uso Comercial de la Via Publica para el quinquenio 19972002, el mismo que vencio el 31 de diciembre de 2002; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 030-2003, de fecha 16 de MORDAZA de 2003, se aprobo el Plan Integral de Uso Comercial de la Via Publica para el quinquenio 20032008, el mismo que vencio el 31 de diciembre de 2008; Que, es necesario aprobar un MORDAZA "Plan Integral de Uso Comercial de la Via Publica" para los proximos 05 anos, del 2012 al 2017; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades establecidas en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar el "Plan Integral de Uso Comercial de la Via Publica para el periodo 2012 -2017" en el distrito de La MORDAZA, mediante el cual se establece

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