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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (24/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de junio de 2012 468997 dicha carga será levantada cuando se cumpla con los pagos de los défi cit de aportes. Artículo Sexto.- DISPONER que el Sr. Cesar Raúl Chamochumbi Morí y su esposa la Sra. Aurora Chamochumbi, debidamente representado por la Sra. Guillermina Matilde Chamochumbi Morí, al concluir con las obras del proyecto de habilitación urbana deberá solicitar la recepción de obras, de acuerdo a lo indicado en el Numeral c. Artículo 13º de la Ley Nº 29090. Artículo Setimo.- ESTABLECER que la presente licencia de Habilitación Urbana tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses, cuyo cómputo comprende desde el ingreso del presente expediente a la Corporación Municipal, conforme a lo previsto por el Articulo 11º de la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones. Artículo Octavo.- REMITIR, un original del FUHU, copias de la presente resolución, un juego del Plano de Lotización, Plano de Ubicación y Localización y la Memoria Descriptiva, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, asimismo, al Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, a la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A. – EMILIMA S.A. y al Ministerio de Educación, para su conocimiento, según lo establecido en el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 024 Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, y su modifi catoria D.S. Nº 003-2010-Vivienda. Artículo Noveno.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro incorporar la presente Habilitación Urbana en el Plan Urbano del distrito de San Juan de Lurigancho, siendo esta su competencia según lo establece el ROF vigente. Artículo Décimo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de (30) días calendario contados a partir de la notifi cación de la presente. Artículo Décimo Primero.- DISPONER el cumplimiento y notifi cación pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENZO GARCIA VERGARA Subgerente de Habilitaciones Urbanas 805204-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA Aprueban el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad ORDENANZA DISTRITAL Nº 0003-2012-MDH Huaura, 7 de marzo del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 7 de marzo del 2012, el informe Técnico - Legal de la Subgerencia de Rentas y Desarrollo Económico y Asesoría Jurídica, los informes técnicos presentados por las diferentes unidades orgánicas inmersas en el Reglamento de Aplicación y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Huaura, así como el correspondiente Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, así como el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los Gobiernos Locales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las ordenanzas de las municipalidades, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, en concordancia con la autonomía política que gozan las municipalidades, el mismo precepto constitucional ha otorgado expresamente al Concejo Municipal la función normativa en los asuntos de su competencia; la misma que de acuerdo al artículo 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 pueden establecer, mediante ordenanzas, sanciones de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar conforme a ley; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 en su artículo 230º numeral 3, consigna el Principio de Razonabilidad señalando que las autoridades deben prever que la comisión de la conducta sancionable no resulte más ventajosa para el infractor que cumplir las normas infringidas o asumir la sanción; así como que la determinación de la sanción considere criterios como la existencia o no de intencionalidad, el perjuicio causado, la circunstancia de la comisión de la infracción y la repetición de la comisión de la infracción; Que, asimismo el artículo 47º de la ley antes mencionada indica que, el concejo municipal aprueba y modifi ca la escala de multas respectivas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, numeral 8, y artículo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA Artículo Primero.- Aprobar el REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS de la Municipalidad Distrital de Huaura, que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza el mismo que consta de un Título Preliminar, cinco (05) Títulos, seis (06) Capítulos, dos (02) secciones, Setentinueve (79) Artículos, Seis (06) Disposiciones Complementarias (04) Finales, y sus anexos: Formato de Notificación de Infracción, Formato de Multa Administrativa; Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUISA) de la Municipalidad Distrital de Huaura. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y sus anexos en la página web de la entidad www.munihuaura.com. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cúmplase. JACINTO ROMERO TRUJILLO Alcalde Distrital 805239-1