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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de junio de 2012 468992 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Declaran habilitación urbana de oficio de terreno ubicado en el distrito GERENCIA DE DESARROLLO URBANO RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 037-2012-MDSJL-GDU San Juan de Lurigancho, 25 de mayo de 2012 LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO.- El Registro Nº 08455-A1-2011 presentado por la Asociación Pro Vivienda “Garagay”, en calidad de propietario y representante de los co propietarios del predio ubicado en la Unidad 4 de la Urbanización Canto Grande, así como el Informe Nº 213-2012- GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 075-2012-SGHU-GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas, el Informe Nº 217-2012-SGPUC-GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Memorándum Nº 273-2012-SGHU-GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas, y el Informe Nº 214- 2012-SGPUC-GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; entendiéndose que ésta autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el Artículo 79º Numeral 3.6.1 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, menciona como función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, el de normar, regular y otorgar autorizaciones así como realizar la fi scalización, entre otros, respecto a las Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a los planes de desarrollo urbano de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, el urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, la Décimo Sétima Disposición Transitoria del Decreto Supremo Nº 035-2006-VIVIENDA - Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 27157, señala que las Municipalidades identifi carán los predios ubicados en zonas urbanas consolidadas, que se encuentren como urbanos en la Municipalidad e inscritos como rústicos en el Registro de Predios, declarándolos habilitados de ofi cio mediante Resolución de Alcaldía, disponiendo la inscripción registral del cambio de uso de rústico a urbano, acto que será gestionado por el propietario. REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL