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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (24/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de junio de 2012 468983 Artículo Sétimo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Octavo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicación. Asimismo, se publicará en la página web del Ministerio la presente Resolución y el horario propuesto por la ESCUELA DE CONDUCTORES MI BREVET “ECOMIBRE SAC”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 804642-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Disponen exclusión del programa de emisión denominado “Primer Programa de Papeles Comerciales de Enersur S.A.” del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 047-2012-SMV/11.1 Lima, 28 de mayo de 2012 El Intendente General de Supervisión de Conductas VISTOS: El Expediente 2012016643, así como el Informe Interno N° 363-2012-SMV/11.1 de fecha 23 de mayo de 2012, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas; CONSIDERANDO: Que, con fecha 15 de mayo de 2012, ENERSUR S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores del programa de emisión denominado “Primer Programa de Papeles Comerciales de Enersur S.A.”, por haberse vencido el plazo de vigencia de dicho programa con fecha 04 de mayo de 2012, sin que haya sido renovado; Que, al respecto, es necesario señalar que mediante Resolución Directoral de Emisores Nº 034-2010-EF/94.06.3 de fecha 04 de mayo de 2010, se aprobó el trámite anticipado y se dispuso la inscripción del programa de emisión denominado “Primer Programa de Papeles Comerciales de Enersur S.A.”, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles y el registro del prospecto marco respectivo, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, se ha verifi cado que a la fecha no existen valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores en el marco del “Primer Programa de Papeles Comerciales de Enersur S.A.”; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 17º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modifi catorias, en el Registro Público del Mercado de Valores se inscriben obligatoriamente los valores de oferta pública y los programas de emisión de valores; Que, el artículo 2°, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobadas por Resolución N° 073-2004-EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusión de éstos del Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el artículo 1° del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 079-1997-EF/94.10 y sus normas modificatorias, y por el artículo 46°, numeral 4, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a resolver solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas públicas primarias. RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la exclusión del programa de emisión denominado “Primer Programa de Papeles Comerciales de Enersur S.A.” del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2°.- La presente Resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 3°.- Transcribir la presente Resolución a ENERSUR S.A. en su calidad de emisor, a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese, ALIX GODOS Intendente General Intendencia General de Supervisión de Conductas 794945-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario para participar en evento a realizarse en Brasil RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 041-2012-BCRP Lima, 13 de junio de 2012 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación de Reconnaissance International, Publishers and Consultants para participar en la Primera Conferencia Latinoamericana de Impresión de Alta Seguridad, a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, el 3 y 4 de julio; La Gerencia de Gestión del Circulante tiene entre sus propósitos asegurar el volumen de circulante necesario para cubrir el requerimiento de la actividad económica del país, poniendo en circulación o retirando los billetes o monedas metálicas que aprueba el Directorio;