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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de junio de 2012 468996 exigidos por la entidad y en aplicación del Principio de Presunción de Veracidad, plasmado en el Artículo 42º de la Ley acotada, suponer que estos proceden con verdad en sus atribuciones, sin perjuicio de las probanzas que pueda ejercer la administración para el logro del objetivo del servicio pretendido, debiendo causar convicción a la autoridad administrativa para su procedencia; Que, obra copia de la Ficha Nº 1695514 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, la misma que en su asiento señala al Sr. Cesar Raúl Chamochumbi Mori y su esposa la Sra. Aurora Chamochumbi, como propietarios del terreno materia de trámite, acreditándose de esta manera la legitimidad para obrar en el presente procedimiento; Que, de acuerdo a lo expuesto en el informe Nº 131A- 2010-MDSJL-GDU/AL de fecha 22 de noviembre del 2010, de la Asesoría Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano y; Estando a los fundamentos expuestos precedentemente, en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones y su modifi catoria Ley Nº 29476, el Decreto Supremo Nº 024 - Decreto que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación y su modifi catoria D.S. Nº 003-2010-Vivienda, el Reglamento Nacional de Edifi caciones, las Ordenanzas Nºs. 341, 836 y 1081-MML, Ordenanza Nº 230-MDSJL, y la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización como Lote Único para uso de Vivienda Taller VT, del terreno de 2,537.00 m2 ubicado en el Jirón Las Palmeras Nº 649, Mz. S Lote Nº 07 de la Urbanización Unidad Quince – Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. De conformidad con el Plano de Ubicación y Localización y el Plano de Trazado y Lotización, signados para efectos de Registros como Plano Nº 016-2012-HU- SGHU-GDU/MDSJL y Nº 017-2012-HU-SGHU-GDU/ MDSJL, respectivamente; solicitada por el Sr. Cesar Raúl Chamochumbi Mori y su esposa la Sra. Aurora Chamochumbi, debidamente representado por la Sra. Guillermina Matilde Chamochumbi Mori. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a Cesar Raúl Chamochumbi Mori y su esposa la Sra. Aurora Chamochumbi, debidamente representado por la Sra. Guillermina Matilde Chamochumbi Mori, a culminar en el plazo de treinta y seis (36) meses las Obras de Habilitación Urbana de conformidad con los planos signados con el Nº 016-2012-HU-SGHU-GDU/MDSJL y Nº 017-2012- HU-SGHU-GDU/MDSJL, debiendo sujetarse los trabajos a los planos fi rmados y sellados por los entes ofi ciales, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- El Cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente: ÁREA BRUTA DEL TERRENO 2,537.00 m2 ÁREA ÚTIL DE LOTE 2,537.00 m2 ÁREA CEDIDA PARA VÍA 0.00 m2 ACERA.- Serán de concreto de calidad de fc= 175 kg/cm2 de 0.15 m. de espesor, construidas sobre un terraplén compactado, conformado por material de buena calidad. El acabado con mezcla de cemento – arena fi na en proporción de 1:2 de un (1) centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. con juntas de ¾’’ cada 5.00 ml, debidamente nivelado y frotachado, conformando una losa monolítica con dicha acera. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. SARDINELES.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas de dimensiones de 0.15 m. x 0.30 m. BERMA.- Estas serán al mismo nivel de la calzada, esta área paralela y continua a la calzada estará rodeada por el sardinel dejando solo acceso de la calzada hacia la vereda en la puerta de ingreso, la cual se comunicara mediante una rampa, lo restante de la berma será colocada tierra de chacra y luego se colocara césped. Artículo Tercero.- DISPONER que el Sr. Cesar Raúl Chamochumbi Mori y su esposa la Sra. Aurora Chamochumbi, debidamente representado por la Sra. Guillermina Matilde Chamochumbi Mori, deberá efectuar la inscripción del lote único en el Registro de Predios de acuerdo al Plano de Trazado y Lotización signado con el Nº 017-2012-HU-SGHU-GDU/MDSJL y a la siguiente descripción: MANZANA S Nº Lote Único AREA (m2) Frente Lado Derecho Lado Izquierdo Fondo 07 2,537.00 43.00 ml. 58.50 ml. 59.50 ml. 43.00 ml. Artículo Cuarto.- ACEPTAR el pago de la redención en dinero del déficit de aportes reglamentarios, hasta antes de la expedición de la Resolución que apruebe la Recepción de Obras, por tratarse la presente de una Habilitación Urbana Ejecutada en Vías de Regularización y al haberse verificado que el área resultante del Aporte es menor al lote normativo, dichos déficit deberán ser valorizados y cancelados en cada una de las entidades correspondientes, según el siguiente cuadro: Cuadro General de Aportes, según Ordenanza Nº 836-MML. ZONIFICACIÓN : Vivienda Taller – VT. ÁREA AFECTA A LOS APORTES : 2,537.00 m2 APORTE % ORD. 836-MML PROYECTO DEFICIT RECREACIÓN PÚBLICA 7.00 177.59 m2 - 177.59 m2 PARQUES ZONALES (SERPAR) 2.00 50.74 m2 - 50.74 m2 RENOVACIÓN URBANA (FOMUR) 1.00 25.37 m2 - 25.37 m2 Servicios Públicos Complementarios (MINISTERIO DE EDUCACIÓN) 2.00 50.74 m2 - 50.74 m2 Servicios Públicos C o m p l e m e n t a r i o s (MUNICIPALIDAD DISTRITAL) 2.00 50.74 m2 - 50.74 m2 TOTAL 14.00 355.18 m2 - 355.18 m2 NOTA.- • El Défi cit de aportes reglamentarios por Recreación Pública y Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) han sido redimidos en dinero. • El Défi cit de aportes reglamentarios por Parques Zonales (SERPAR), Renovación Urbana (FOMUR) y Ministerio de Educación serán redimidos en dinero. Artículo Quinto.- DÉJESE, como carga inscrita en el Registro de Predios, el pago pendiente por el défi cit de Aportes Reglamentarios correspondientes a Parques Zonales (SERPAR) de 50.74 m2, Renovación Urbana (FOMUR) de 25.37 m2 y Servicios Públicos Complementarios (Ministerio de Educación) de 50.74 m2,