Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2012 (27/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2012

7.1.2 El recaudo es aquella unidad encargada y responsable de la venta, recarga, distribucion y validacion de los medios de acceso del sistema, asi como del manejo y custodia de los ingresos respectivos hasta su entrega al fiduciario. 7.1.3 El transporte de pasajeros es la unidad a cargo de los operadores del servicio de transporte, los cuales asumen responsabilidad por la adquisicion y operacion de los vehiculos del sistema. 7.1.4 El fideicomiso es aquel patrimonio conformado por los ingresos generados de la venta de los medios de acceso del sistema. 7.2 Las unidades de transporte de pasajeros y fideicomiso podran establecerse en funcion a las necesidades de cada corredor o servicio, segun el caso. Sin embargo, la unidad de recaudo y el centro de control del SIT son unicos. 7.3 De conformidad con el articulo 9º de la presente ordenanza, el ente gestor del SIT es la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante sus organos responsables del transporte publico. Articulo 8°.- Acceso a la Prestacion del Servicio y a las Unidades de Gestion 8.1 El acceso a la prestacion del servicio de transporte en cualquiera de los componentes del SIT se encuentra condicionado al otorgamiento de concesiones o autorizaciones, de acuerdo a lo senalado en los articulos 2° y 5º de la presente ordenanza. La permanencia en las unidades de gestion y en el servicio de transporte se encuentra sujeta al cumplimiento de lo dispuesto en los respectivos contratos de concesion o autorizaciones, asi como en lo que establezcan las normas aplicables a cada uno de los componentes del SIT. 8.2 El acceso a las unidades de recaudo y fideicomiso del SIT se realiza mediante concurso publico. Articulo 9°.- Autoridades Competentes El SIT es de caracter unico y sus componentes operan de manera integrada y sistemica. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA establece y mantiene un solo sistema de atencion e informacion al usuario, asi como un unico centro de control del SIT. Sin perjuicio de ello, las competencias referidas a la administracion y control del SIT, se encuentran distribuidas de la siguiente manera: a) PROTRANSPORTE se encuentra a cargo de la implementacion, administracion y control del Sistema de COSAC y del Sistema de Corredores Complementarios, ejerciendo las competencias senaladas en la presente ordenanza, asi como en la Ordenanza N° 873, disposiciones modificatorias y complementarias. Asimismo, se encuentra a cargo de la implementacion, administracion y control de los sistemas de transporte ferroviarios de la Municipalidad Metropolitana de Lima. b) La Gerencia de Transporte MORDAZA se encuentra a cargo de la implementacion, administracion y control de los demas componentes del SIT, asi como de los demas servicios de transporte regular de personas, ejerciendo las competencias senaladas en las normas que regulan el servicio de transporte publico. Articulo 10°.- Aprobacion de los Componentes del SIT La incorporacion de los componentes al SIT se realiza de la siguiente manera: a) Los Corredores Segregados de Alta Capacidad (COSAC) y los Corredores Complementarios, son aprobados mediante Acuerdo del Concejo Metropolitano, a propuesta de PROTRANSPORTE. b) Los Servicios de Transporte Ferroviario de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA son aprobados por Acuerdo del Concejo Metropolitano. c) Los componentes del servicio de transporte regular de personas establecidos en el literal "d" del articulo 5° de la presente ordenanza son aprobados por la Gerencia de Transporte Urbano. Articulo 11º.peatonalizacion Transporte no motorizado y

de transporte no motorizado. Por ello, los servicios en transporte no motorizado a cargo del Proyecto Especial de Transporte No Motorizado se relacionan y complementan con los servicios de transporte del SIT. El diseno e implementacion de los componentes del SIT considera estos servicios y su integracion progresiva al sistema. 11.2 La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, dentro del MORDAZA de implementacion de los componentes del SIT, considera y privilegia la peatonalizacion de las vias con el fin de recuperar los espacios publicos y mejorar la movilidad urbana. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Vigencia de las Autorizaciones para brindar el Servicio de Transporte Regular Con el fin de implementar gradualmente el SIT, la Gerencia de Transporte MORDAZA queda facultada para ampliar las autorizaciones para prestar el servicio de transporte regular de personas en MORDAZA Metropolitana. La vigencia de las autorizaciones se encuentra supeditada a la implementacion de los componentes del SIT, de acuerdo con lo establecido en el Plan Regulador de Rutas, pudiendo ser modificadas, dejadas sin efecto o canceladas conforme a la implementacion gradual de los servicios del sistema. La facultad de ampliacion de autorizaciones se encuentra supeditada a la implementacion de los componentes del SIT, segun corresponda. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Referencia al Sistema Integrado de Transporte En adelante, entiendase toda referencia al "Sistema Metropolitano de Transporte" al que alude la Ordenanza N° 954-MML, MORDAZA que establece los Lineamientos de Politica Municipal de Transporte Publico MORDAZA para el Area Metropolitana, sus normas modificatorias y complementarias, como el Sistema Integrado de Transporte Publico (SIT) creado por la presente ordenanza. Segunda.- Fomento de la Integracion de los Servicios de Transporte en MORDAZA Metropolitana La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA debera coordinar y fomentar la integracion de todos los servicios de transporte publico de personas que se desarrollen en su territorio, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente. Tercera.- Unidad de los Componentes y la Base de Datos de SIT La base de datos del SIT, sus componentes, vehiculos, operadores y trabajadores del sistema sera unica y es utilizada tanto por la Gerencia de Transporte MORDAZA como por PROTRANSPORTE. Cuarta.- Requisitos para la Modificacion de Ficha Tecnica De conformidad con lo prescrito en los articulos 43º y 45º de la Ordenanza No. 1599-MML, MORDAZA que regula la prestacion del servicio de transporte publico regular de personas en MORDAZA Metropolitana, establezcase los requisitos documentales para la modificacion de ficha tecnica, conforme a lo senalado en el Anexo II de la presente ordenanza. Quinta.- Servicios de Transporte en Areas Urbanas Continuas de Distintas Provincias El servicio de transporte de personas al que hace referencia el articulo 2° de la presente Ordenanza y que se presta de la Provincia de MORDAZA a otra provincia, o viceversa, se rige, en la forma y en el fondo, por las disposiciones establecidas por el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, para el caso del Regimen de Gestion Comun. Sexta.- Gradualidad en la Implementacion del SIT Dispongase que, con el fin de implementar la operacion de los componentes del SIT y garantizar la continuidad del servicio de transporte, la Gerencia de Transporte MORDAZA exija de manera gradual y establezca plazos

11.1 El SIT considera como uno de los ejes fundamentales de la movilidad MORDAZA a los sistemas

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