Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2012 (27/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2012

NORMAS LEGALES
Articulo 5°.- Componentes del SIT 5.1 Son componentes del SIT:

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Articulo 2°.- Ambito de Aplicacion La presente Ordenanza es aplicable en todo el territorio de MORDAZA Metropolitana, debiendo ser cumplida por todos los operadores que prestan el servicio de transporte publico de personas en sus distintas modalidades y que utilicen la infraestructura vial de uso publico. Se entiende por operadores a los consorcios o personas juridicas que cuenten con los titulos habilitantes correspondientes para prestar el servicio de transporte publico en los componentes del SIT. Articulo 3°.- Principios que Rigen el SIT 3.1. Constituyen principios que rigen el SIT y que se aplican como criterio orientador e interpretativo de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, los siguientes: a) Movilidad sostenible, en virtud del cual el SIT, para la satisfaccion de las necesidades o la demanda por el servicio de transporte, se rige por los criterios de movilidad sostenible, buscando la eficiencia ambiental y social, minimizando sus impactos negativos y reduciendo sus costos. b) Intersectorialidad, en virtud de la cual las politicas de movilidad que rigen el SIT deben interrelacionarse y complementarse con las politicas de salud y ambientales, de planificacion y desarrollo MORDAZA, de ordenamiento territorial, de seguridad ciudadana, de accesibilidad, de inversion publica y de otras que resulten aplicables emprendidas por la MML. c) Seguridad vial, en virtud del cual el SIT debe orientarse a la reduccion de accidentes de MORDAZA, asi como de sus consecuencias. 3.2 Los principios desarrollados en el numeral precedente son de caracter enunciativo, siendo aplicable al SIT los lineamientos y principios de Politica Municipal de Transporte Publico MORDAZA, aprobados mediante Ordenanza N° 954, y aquellos preceptuados en las leyes de la materia. Articulo 4º.- Del Sistema Integrado de Transporte Publico 4.1 El SIT es el sistema de transporte publico de personas de la MORDAZA de MORDAZA compuesto por las distintas modalidades del servicio de transporte publico de personas de ambito provincial, reconocidas en la normatividad legal vigente, que cuenta con integracion fisica y operacional, de medios de pago y tarifaria. 4.2 La integracion fisica es el desarrollo de infraestructura especializada para que los transbordos entre todo el sistema se realicen de manera MORDAZA, coordinada, rapida, informada y dentro de un mismo sistema de validacion de pasajes que permitan el seguimiento del pasajero; e integracion operacional es la interconexion de los componentes del SIT, que permite a los usuarios hacer uso de todos los componentes del sistema, de manera intermodal, en un mismo entorno fisico. Este nivel de integracion se MORDAZA en la existencia de servicios de transporte troncales, alimentadores, complementarios, de integracion, entre otros. 4.3 La integracion de medios de pago es la utilizacion de un solo soporte o medio para el pago de la tarifa o pasaje por parte de los usuarios (medios de validacion de pago, medios magneticos, dinero en efectivo o el medio que se establezca en los titulos habilitantes), con la finalidad de facilitar la reduccion de los tiempos de viaje, asi como el funcionamiento correcto de los otros niveles de integracion. 4.4 La integracion tarifaria consiste en la adopcion de un esquema de coordinacion de pagos de los servicios, conforme a la normativa legal vigente, aplicable a todo el SIT, con base en formulas tecnicas que MORDAZA aprobadas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y que forman parte de las concesiones o autorizaciones. Las formulas tecnicas tomaran en cuenta los criterios de equidad, proporcionalidad y racionalidad. 4.5 La integracion fisica y operacional, de medios de pago y tarifaria podra realizarse de manera simultanea, sucesiva o independiente. La autoridad competente podra establecer plazos y condiciones para el cumplimiento de la integracion.

a) El Sistema de Corredores Segregados de Alta Capacidad (COSAC), regulado por la Ordenanza N° 873-Reglamento de Operacion del Sistema de Corredores Segregados de Alta Capacidad, disposiciones complementarias y modificatorias; b) Los Sistemas Ferroviarios de Transporte de personas implantados por la Municipalidad Metropolitana de Lima; c) El Sistema de Corredores Complementarios, que consiste en la prestacion del servicio de transporte publico en corredores exclusivos o mixtos, con operacion y recaudo centralizado, rigiendose por las normas que regulan el sistema COSAC en lo que resulte aplicable; d) Los servicios de transporte regular de personas autorizados por la Municipalidad Metropolitana, en las rutas que senale la Gerencia de Transporte MORDAZA, y que comprenden: d.1) Servicios en los Corredores de Integracion: son aquellos que unen o interconectan los Sistemas Masivos, con los Corredores Complementarios y en donde prestan servicio los operadores que cuenten con autorizacion o, en su defecto, concesion. d.2) Servicios en los Corredores de Interconexion: son aquellos servicios de transporte que tienen por funcion la interconexion entre MORDAZA Metropolitana y areas urbanas continuas de otras provincias. Los servicios de interconexion deben procurar que los usuarios de otras provincias puedan acceder al sistema troncalizado e integrado de MORDAZA Metropolitana, de una manera logica y racional. Las condiciones de acceso y permanencia se regiran por los Acuerdos de Regimen de Gestion Comun celebrados conforme a ley. d.3) Servicios en las rutas de Aproximacion: son aquellos servicios de transporte que tienen como objetivo acercar a la poblacion hacia los sistemas de transporte de mediana y alta capacidad, asi como, brindar el servicio hacia puntos cercanos. Los servicios de aproximacion pueden operar de manera independiente o integrada a los sistemas de transporte masivos teniendo demanda suficiente para justificar su operacion. Los servicios en zonas no atendidas estan comprendidos dentro de los servicios de aproximacion. e) Otros servicios de transporte que se creen para satisfacer las necesidades de movilizacion de las personas. Articulo 6°.- Infraestructura Vial del SIT 6.1 El SIT se desarrolla en todas las vias de MORDAZA Metropolitana, asi como en la infraestructura vial definida conforme a lo senalado en el articulo 9° de la presente ordenanza. Los corredores y vias por donde se establezca o desarrolle el SIT tienen caracter de intangibles; en consecuencia, se encuentran sujetos a procesos de racionalizacion de servicios y rutas dispuestos por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con el fin de implementar alguno de los componentes del sistema integrado. 6.2 La intangibilidad descrita en el numeral precedente es aplicable o comprende solo a los servicios definidos en el articulo 5º de la presente Ordenanza. 6.3 En los corredores o vias del SIT unicamente se prestara servicio de transporte al que hace referencia el articulo 2° de la presente ordenanza, contando con alguno de los titulos habilitantes a que hace referencia el articulo 8°. Articulo 7°.- Unidades de Gestion 7.1 El SIT cuenta, a nivel de sus distintos componentes, con las siguientes unidades de gestion: transporte de pasajeros, recaudo, fideicomiso y centro de control. 7.1.1 El centro de control es la unidad encargada del planeamiento, control y supervision del funcionamiento del sistema.

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