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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de junio de 2012 469132 americanos) o su equivalente en nuevos soles, a un plazo de hasta 10 años Bullet. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas (e) 805944-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Autorizan Transferencia Financiera para Proyectos de Infraestructura Vial y de Infraestructura Deportiva y Recreativa del Gobierno Regional a los Gobiernos Locales ACUERDO REGIONAL Nº 047-2012-GRP-CRP Puno, 21 de junio del 2012. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE PUNO. VISTO: En sesión extraordinaria de Consejo Regional, llevada a cabo en fecha 21 de junio del año 2012, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión del Acuerdo Regional, siguiente; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta respectiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Administrativo Nº 554, OFICIO Nº 938-2012-GR-PUNO/PR, emitido en fecha veinte de junio del 2012, suscrito por el Vicepresidente Regional, por el cual, se solicita la aprobación de manera excepcional del Consejo Regional para realizar la transferencia fi nanciera del Gobierno Regional de Puno a favor de los Gobiernos Locales de la Región con el objeto de ejecutar proyectos de inversión pública, conforme lo siguiente: El Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno ha logrado en forma conjunta con los gobiernos locales, identifi car los siguientes proyectos de inversión que pueden benefi ciar de manera directa al desarrollo de nuestras fronteras: NOMBRE DEL PROYECTO CODIGO SNIP MEJORAMIENTO Y REHABILITACION DE LA CARRETERA SANTA LUCIA ALTO TOROYA (TRAMO: COMPUERTA - QUINSACHATA - TINCOPALCA - ALTO TOROYA) DEL DISTRITO DE JULIACA 64259 MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL ISIVILLA, CORANI, AYMAÑA, VILUYO, ABRA, CHIMBOYA, DISTRITO DE CORANI - CARABAYA - PUNO 94714 MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA TAYACCUCHO A DISTRITO DE ITUATA - CARABAYA – PUNO 84459 INSTALACION DEL PUENTE CARROZABLE OQEMALPASO EN EL TRAMO DE LA CARRETERA NUÑOA - CHILLIGUA DEL DISTRITO DE NUÑOA - MELGAR - PUNO 89302 REHABILITACION Y CONSTRUCCION DE LA CARRETERA MAÑAZO - C.C. TOLAPALCA, DISTRITO DE MAÑAZO, PROVINCIA DE PUNO - PUNO 83072 MEJORAMIENTO Y CULMINACION DEL COLISEO CERRADO YUNGUYO, PROVINCIA DE YUNGUYO - PUNO 44871 Así mismo el Gobierno Regional de Puno asume el fi nanciamiento de proyectos de inversión en el ámbito territorial de los conjuntos folklóricos ganadores del primer lugar del concurso de danzas autóctonas y traje de luces en el concurso 2012, estando en este momento con todas las condiciones para una transferencia el siguiente proyecto. NOMBRE DEL PROYECTO CODIGO SNIP INSTALACION CANCHA CON GRASS SINTETICO EN NICASIO, DISTRITO DE NICASIO - LAMPA – PUNO 19103 Que, en cooperación con la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina, se debe impulsar la ejecución de un proyecto que permitirá mejorar las condiciones de transitabilidad urbana, benefi ciando de manera directa a pobladores que radican en la mencionada provincia, reuniendo igualmente las condiciones para una transferencia del siguiente proyecto: NOMBRE DEL PROYECTO CODIGO SNIP CONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA VIAL EN AVENIDA 2 DE SETIEMBRE DE LA CIUDAD DE PUTINA, PROVINCIA DE SAN ANTONIO DE PUTINA - PUNO 26331 Que, a través del Acuerdo Regional Nº 066-2011-GRP- CRP, el Consejo Regional declaró de prioridad e interés regional la implementación del Desarrollo de Fronteras Vivas en las zonas de confl icto territorial de la región de Puno. Mediante Informe Nº 150-2012-GR PUNO/GRI el Gerente Regional de Infraestructura solicita autorización para transferencia presupuestaria a los gobiernos locales para el fi nanciamiento de proyectos de inversión declarados viables. Y acorde al Ofi cio Nº 627-2012-G.R.PUNO/GRPPAT el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realiza la certifi cación presupuestaria correspondiente a los proyectos declarados viables y referidos en el informe de la Gerencia Regional de Infraestructura. Así mismo con Informe Legal Nº 249-2012- GR PUNO/ORAJ, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la transferencia fi nanciera. Que, conforme lo estipulado por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, establece que: “Los Gobiernos regionales tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La estructura orgánica básica de los gobiernos regionales la conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fi scalizador”. Concordante con lo estipulado por el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867, donde señala: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica, y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal”. Que, conforme establece la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año 2012, establece en su Artículo 12, sobre: Transferencias fi nancieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2012,numeral 12.1, Autorizase en el presente año fi scal la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras entre entidades que a continuación se detallan: Literal b) Las que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones ofi ciales de crédito, celebrados en el marco de la normativa vigente. Literal c) “Las que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública, y el mantenimiento de carreteras, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2012”. Numeral 12.2, ”Las transferencias fi nancieras autorizadas en el párrafo 12.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de consejo regional o concejo municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la