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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de junio de 2012 469131 VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A., para que se le autorice la apertura de una Ofi cina Especial en la localidad de Juliaca, cuyo inmueble se encuentra ubicado en el Jirón Benigno Ballón Nº 1622, Urbanización San José I etapa de la ciudad de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la citada Ofi cina Especial; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de una Ofi cina Especial ubicada en el Jirón Benigno Ballón Nº 1622, Urbanización San José I etapa de la ciudad de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 806044-1 Opinan favorablemente para que el BBVA Continental realice emisiones de Senior Unsecured Notes bajo la Regulation S and Rule 144A de la US Securities Act of 1933 RESOLUCIÓN SBS N° 3654-2012 Lima, 19 de junio de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS (e) VISTA: La solicitud presentada por el BBVA Continental, para que se otorgue opinión favorable para la inscripción y emisión de la operación internacional de Senior Unsecured Notes bajo la Regulation S and Rule 144A de la US Securities Act of 1933, hasta por un monto de USD 800 000 000.00 (Ochocientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles, a un plazo de hasta 10 años Bullet; CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley N° 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234°, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, la emisión de instrumentos fi nancieros se rige por lo dispuesto en el artículo 232° de la Ley General, el que establece que la emisión en serie de instrumentos fi nancieros de captación del ahorro del público debe ser acordada por el órgano de dirección de la empresa, y requiere opinión previa favorable de esta Superintendencia, así como en lo señalado en la Circular N° B-2074-2000; Que, en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas del BBVA Continental del 29 de marzo de 2012, se aprobó por unanimidad la emisión de obligaciones no convertibles en acciones durante el periodo comprendido entre el 31 de marzo de 2012 y la realización de la próxima Junta Obligatoria Anual de Accionistas, hasta por un monto máximo de USD 1’ 800 000 000.00 (Mil Ochocientos millones y 00/100 dólares americanos) y/o su equivalente en moneda nacional u otras monedas. Asimismo, la mencionada Junta acordó por unanimidad delegar en el Directorio, la facultad de decidir la oportunidad y número de los programas de emisiones y/o emisiones singulares, el monto, el tipo y en general, las demás condiciones de cada emisión así como la clase de obligaciones que se emitirán; Que, en sesión de Directorio del BBVA Continental del 26 de abril de 2012, se aprobó la operación internacional de Senior Unsecured Notes bajo la Regulation S and Rule 144A de la US Securities Act of 1933, hasta por un monto de USD 800 000 000.00 (ochocientos millones y 00/100 de dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles), a un plazo de hasta 10 años Bullet. Asimismo, se acordó por unanimidad, facultar al Director Gerente General, Eduardo Torres Llosa Villacorta y a los señores apoderados del BBVA: Gustavo Delgado Aparicio Labarthe, Luis Ignacio de la Luz Dávalos, Enriqueta González de Sáenz o cualquier otro funcionario que tenga las facultades contempladas en los poderes nivel de intervención “B”, para que actuando en forma conjunta o individual cualquiera de ellos, pueda iniciar los trámites necesarios antes las autoridades nacionales o extranjeras correspondientes, a fi n de obtener todas las autorizaciones necesarias y, en general, para iniciar y llevar adelante todos los procedimientos y trámites y celebrar y suscribir todos los contratos y documentos públicos y privados que se requieran para el cumplimiento de dicho acuerdo, así como para la fi jación de las condiciones de la emisión y sus características, sin ninguna reserva ni limitación; Que, mediante comunicación de fecha 07 de mayo de 2012, BBVA Continental solicita opinión favorable de la Superintendencia para llevar a cabo las siguientes emisiones: (i) Senior Unsecured Notes bajo la Regulation S and Rule 144A de la US Securities Act of 1933, hasta por un monto de USD 300 000 000.00 (trescientos millones y 00/100 de dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles), a un plazo de hasta 04 años Bullet; y, (ii) Senior Unsecured Notes bajo la Regulation S and Rule 144A de la US Securities Act of 1933, hasta por un monto de USD 500 000 000.00 (quinientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles, a un plazo de hasta 10 años Bullet. Que, BBVA Continental ha cumplido con presentar la documentación requerida, según lo señalado en el Procedimiento N° 25 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 746-2010 y Resolución SBS N° 3377-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente para que el BBVA Continental realice la emisión de Senior Unsecured Notes bajo la Regulation S and Rule 144A de la US Securities Act of 1933, hasta por un monto de USD 300 000 000.00 (trescientos millones y 00/100 de dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles, a un plazo de hasta 04 años Bullet. Artículo Segundo.- Opinar favorablemente para que el BBVA Continental realice la emisión de Senior Unsecured Notes bajo la Regulation S and Rule 144A de la US Securities Act of 1933, hasta por un monto de USD 500 000 000.00 (quinientos millones y 00/100 de dólares